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¿Endeudado con el pago de impuestos? Así puede aplicar al descuento del 80 %

Con corte al 20 de noviembre, el Distrito ha recuperado $190.384 millones, correspondientes a 145.445 pagos de ciudadanos

Redacción Bogotá
30 de noviembre de 2024 - 09:16 p. m.
Hasta el 13 de diciembre, los ciudadanos morosos podrán ponerse al día gracias a los alivios tributarios
Hasta el 13 de diciembre, los ciudadanos morosos podrán ponerse al día gracias a los alivios tributarios
Foto: Cortesía ADS
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El alcalde Carlos Fernando Galán recordó la recta final de los alivios tributarios para este año y que aplicarán hasta el próximo viernes 13 de diciembre.

De esta manera, aquellas personas que tienen deudas en impuestos de 2020, 2021 y 2022 y vayan a cancelar el 100 % del capital, pueden acceder al descuento del 80 % en intereses y sanciones. “Aplica para impuestos como el predial, vehicular y el ICA. Hay casos en los que los contribuyentes se pusieron al día y ahorraron más de 100 millones de pesos”, sentenció el primer mandatario de Bogotá.

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Con corte al 20 de noviembre, el Distrito ha recuperado $190.384 millones, correspondientes a 145.445 pagos de ciudadanos.

¿Cómo consultar si es beneficiario?

Los interesados pueden ingresar a la página web https://aliviostributarios.shd.gov.co/beneficios/consulta donde con su tipo y número de documento, podrá consultar si es beneficiario del alivio tributario. Asimismo, acercarse a los puntos de atención de la Secretaría de Hacienda.

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¿Para qué tipo de obligaciones aplica?

1. Obligaciones en etapa de cobro:

  • Predial o vehículos de las vigencias 2020, 2021 y 2022.
  • ICA y otros impuestos entre marzo 12 de 2020 y 30 de junio de 2022.

Para solicitar una facilidad de pago debe cumplir con los siguientes requisitos:

2. Obligaciones en mora al 12 de junio de 2024 y la Secretaría de Hacienda:

  • No ha emitido una liquidación oficial.
  • Emitió una liquidación oficial, pero no está en firme.

3. Obligaciones no tributarias:

Son aquellas deudas con las secretarías del Distrito y/o Alcaldías Locales, que hayan entrado en mora hasta el 30 de junio de 2022 por uso de bienes y servicios o por sanciones y multas.

Para las multas de tránsito y las obligaciones con el fondo de salud, el alivio se debe solicitar en las secretarías de Movilidad y Salud, respectivamente.

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Redacción Bogotá

Por Redacción Bogotá

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