¿Es excarcelable el hombre que mató a perrita en vía pública en Bogotá?
Un terrible caso de maltrato animal sucedió en los últimos días en Bogotá, donde un hombre le quitó la vida a una perrita con un cuchillo. Ahora, a pesar de las leyes que protegen los derechos de los animales, el agresor podría no ir a la cárcel. Esto analizan los abogados.
Kiara era una perra que había sido adoptada por los habitantes del barrio Villa Emma en la localidad de Bosa. Ellos la cuidaban y alimentaban a diario: se había convertido en una integrante más del vecindario, al punto que avisaba con su ladrido cuando un extraño se acercaba. La vida de Kiara fue apagada por un hombre que, al no aguantarse verla ladrar, optó por apuñalarla en presencia de los vecinos que tanto la querían.
Contexto: Capturan a sujeto que apuñaló y acabó con la vida de una perrita en Bosa
El sujeto dejó incrustado un cuchillo en la espalda de la perrita ante la vista de los residentes. Entonces, unidades de la Policía de Bogotá capturaron en flagrancia al hombre señalado de cometer la atrocidad. Kiara falleció en la veterinaria a donde la llevaron los uniformados.
El debate comienza tras la captura de este sujeto. De acuerdo con la Mebog, “el hombre apuñaló en tres ocasiones al canino y fue capturado por el delito de maltrato animal agravado y entregado a las autoridades competentes”. Sin embargo, de acuerdo con algunos abogados, este delito no tendría la agravante suficiente para que el sujeto enfrente una pena en prisión, ¿por qué?
La pena por delitos contra la vida e integridad física y emocional de los animales, es de 12 a 36 meses, es decir, menos de tres años, cuando en Colombia un delito es excarcelable si la pena es menor a los cuatro años. “Al ser una pena inferior a los cuatro años, es, en efecto, excarcelable. Si bien la agravante es haber cometido el hecho en vía pública, tampoco da para que la pena sea superior a los cuatro años y pueda cumplirse en la cárcel”, explicó a este diario Luis Domingo Gómez, abogado y docente universitario.
El abogado resalta las cinco agravantes que se contemplan en el Artículo 339B del Código Penal, en casos de maltrato animal: “Si es un hecho consumado con sevicia; cuando una o varias de las conductas mencionadas se perpetren en vía o sitio público; valiéndose de inimputables o de menores de edad o en presencia de aquellos; cuando se cometan actos sexuales con los animales; cuando alguno de los delitos previstos en los artículos anteriores se cometiere por servidor público o quien ejerza funciones públicas”, señaló.
De acuerdo con este análisis, el hombre que provocó la muerte de la perrita, debería únicamente pagar la multa que oscila entre los cinco y 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes, a no ser que las autoridades establezcan que el sujeto cometió el hecho con sevicia, y en ese caso, “podría llegar la pena a más de 6 años, y ahí sí podría pagar cárcel”, añadió el jurista.
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Kiara era una perra que había sido adoptada por los habitantes del barrio Villa Emma en la localidad de Bosa. Ellos la cuidaban y alimentaban a diario: se había convertido en una integrante más del vecindario, al punto que avisaba con su ladrido cuando un extraño se acercaba. La vida de Kiara fue apagada por un hombre que, al no aguantarse verla ladrar, optó por apuñalarla en presencia de los vecinos que tanto la querían.
Contexto: Capturan a sujeto que apuñaló y acabó con la vida de una perrita en Bosa
El sujeto dejó incrustado un cuchillo en la espalda de la perrita ante la vista de los residentes. Entonces, unidades de la Policía de Bogotá capturaron en flagrancia al hombre señalado de cometer la atrocidad. Kiara falleció en la veterinaria a donde la llevaron los uniformados.
El debate comienza tras la captura de este sujeto. De acuerdo con la Mebog, “el hombre apuñaló en tres ocasiones al canino y fue capturado por el delito de maltrato animal agravado y entregado a las autoridades competentes”. Sin embargo, de acuerdo con algunos abogados, este delito no tendría la agravante suficiente para que el sujeto enfrente una pena en prisión, ¿por qué?
La pena por delitos contra la vida e integridad física y emocional de los animales, es de 12 a 36 meses, es decir, menos de tres años, cuando en Colombia un delito es excarcelable si la pena es menor a los cuatro años. “Al ser una pena inferior a los cuatro años, es, en efecto, excarcelable. Si bien la agravante es haber cometido el hecho en vía pública, tampoco da para que la pena sea superior a los cuatro años y pueda cumplirse en la cárcel”, explicó a este diario Luis Domingo Gómez, abogado y docente universitario.
El abogado resalta las cinco agravantes que se contemplan en el Artículo 339B del Código Penal, en casos de maltrato animal: “Si es un hecho consumado con sevicia; cuando una o varias de las conductas mencionadas se perpetren en vía o sitio público; valiéndose de inimputables o de menores de edad o en presencia de aquellos; cuando se cometan actos sexuales con los animales; cuando alguno de los delitos previstos en los artículos anteriores se cometiere por servidor público o quien ejerza funciones públicas”, señaló.
De acuerdo con este análisis, el hombre que provocó la muerte de la perrita, debería únicamente pagar la multa que oscila entre los cinco y 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes, a no ser que las autoridades establezcan que el sujeto cometió el hecho con sevicia, y en ese caso, “podría llegar la pena a más de 6 años, y ahí sí podría pagar cárcel”, añadió el jurista.
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