¿Existen mafias detrás de la mendicidad infantil en Bogotá? Concejal plantea hipótesis
Desde este medio denunciamos en mayo del año pasado lo que al parecer sería una red de renta de menores en la localidad de Santa Fe.
En plenaria del Concejo de Bogotá el pasado martes, 11 de abril, se abordó la política de atención y reparación integral a víctimas en la capital, en el marco de la asistencia y atención que se brinda desde la administración distrital. No obstante, dentro del debate la concejal, del partido Alianza Verde, María Clara Name Ramírez planteó la hipótesis de que pueden existir mafias detrás de la mendicidad de niños víctimas de la violencia.
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En plenaria del Concejo de Bogotá el pasado martes, 11 de abril, se abordó la política de atención y reparación integral a víctimas en la capital, en el marco de la asistencia y atención que se brinda desde la administración distrital. No obstante, dentro del debate la concejal, del partido Alianza Verde, María Clara Name Ramírez planteó la hipótesis de que pueden existir mafias detrás de la mendicidad de niños víctimas de la violencia.
Lea también: Menores de edad, blanco de explotación y trata de personas.
“¿Por qué no están escolarizados? ¿Quién hace el control de estos niños?, ¿se ha verificado si realmente son víctimas o son instrumentalizados por personas inescrupulosas para hacer negocio? Pido investigar de manera minuciosa, profunda y responsable a quienes pueden estar detrás del flagelo de la mendicidad para tomar las medidas a las que haya lugar”, indicó la cabildante.
Sin embargo, frente a este tema desde la sección Bogotá de El Espectador hemos realizado todo un despliegue para denotar las dinámicas que podrían estar llevando a la utilización de menores para el enriquecimiento de terceros.
Desde este medio denunciamos en mayo del año pasado lo que al parecer sería una red de renta de menores, a partir de la indagación que hizo uno de nuestros columnistas, Alberto López de Mesa, en su publicación ‘Así se alquilan y se compran niños en Bogotá’.
Según le narró una conocida, existe toda una red en la localidad de Santa Fe, en la cual se alquilan menores para que sean acompañantes de quienes piden dinero en los buses y las calles, en lo que es conocido como “el retaque”.
“Mire usted. En la casa donde entregué a Juanita, ella les alquila habitaciones a parejas o a mujeres con hijos, de máximo cinco años y que tengan empleo. El trato es que ella alimenta y cuida los niños, mientras ellos trabajan, pero es como si los empeñara, porque los alquila a quienes trabajamos en el retaque. Usted sabe que cargando un chiquitín la gente se conmueve y dan mejores limosnas. Nos cobra $30.000 por la jornada de cinco horas. Hagamos lo que hagamos, esa tarifa es fija”, se lee en la cita compartida en la columna.
Según la Policía de Infancia y Adolescencia, desde 2020 y hasta mayo de 2022, se registraron 17 denuncias por explotación infantil en Bogotá, 15 capturas y 534 menores de edad quedaron bajo la protección de las autoridades por haber sido hallados en mendicidad.
Según la Secretaría de Integración Social, hasta abril del 2022, un total de 322 menores fueron identificados en la ciudad en contextos de mendicidad, acompañamiento en trabajo infantil y encierro parametrizado.
De dicho número, el 60 % fue identificado por estar sometido a mendicidad propia, siendo la localidad de Engativá la que más casos reportó con 31, le sigue Usaquén con 27, Chapinero con 25, Kennedy con 22, Mártires 21, Fontibón 14, Suba 10 y Antonio Nariño 8.
En el listado continúan Tunjuelito, Bosa y Puente Aranda con 6 casos, Teusaquillo con 5, Barrios Unidos y La Candelaria con 3, Santa Fe con 2 y Ciudad Bolívar, Rafael Uribe y Usme con 1 caso respectivamente.
Del total de situaciones identificadas desde la secretaría, el 48 % correspondió a la explotación de niñas y el 79 % de los casos vinculan a niños, niñas y adolescentes de origen extranjero, estando el 57 % de los menores en primera infancia.
Aspecto en el que es clave señalar que, de acuerdo con el Código Penal, el uso de menores para mendigar se puede tipificar como explotación de menores de edad o trata de personas, esto teniendo en cuenta el contexto en el que se dé el caso.
La Sentencia C-464 de 2014 de la Corte Constitucional establece que la explotación de menores, regulada en el artículo 93 de la Ley 1453 de 2011, es diferente del delito de trata de personas contenido en los artículos 188-A y B del Código Penal:
“En el delito de explotación de menores el sujeto pasivo es calificado, exclusivamente protege a los menores de edad, mientras que en el delito de trata de personas el sujeto pasivo es indeterminado (puede ser cualquier persona, incluyendo menores de edad)”.
“En la conducta punible de explotación infantil se emplean los verbos: utilizar, instrumentalizar, comercializar y mendigar, los cuales son completamente disímiles a los verbos rectores consagrados en el delito de trata de personas: captar, trasladar, acoger o recibir”, se lee en la sentencia.
Con este panorama este tema deberá seguir en la lupa de las autoridades y del Distrito para garantizar que no se repita la vulneración de derechos de los infantes y se avance en el restablecimiento de su dignidad.
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