Fiscalía presentó escrito de acusación contra moteros por la muerte de dos mujeres
Karen Martínez, de 20 años, y Laura Daniela Gómez, madre de dos menores de 13 y 6 años, murieron en la vía a Sibaté, al ser desestabilizadas y arrolladas por moteros irresponsables. El escrito de acusación ya está listo.
La Fiscalía General de la Nación presentó el escrito de acusación en contra de Leonardo Marín Rubiano, Diego Andrés Cuéllar Durán y James Esteban Satoba Ávila, por su presunta responsabilidad en la muerte de Karen Martínez y Laura Daniela Gómez, quienes murieron arrolladas luego de una imprudencia de tres motociclistas que desestabilizaron la moto manejada por Karen. El ente investigador imputó cargos por el delito de homicidio con dolo eventual, por los hechos ocurridos el pasado 28 de junio, entre Sibaté y Soacha (Cundinamarca).
Contexto: Caso Karen Martínez y Laura Gómez: lo que estudiará la Fiscalía en proceso con moteros
El pasado 20 de agosto, la fiscal a cargo del caso, Ligia Quintero, les imputó a los tres motociclistas el delito de homicidio doloso con dolo eventual, que si bien, aclaró el ente acusador, no manejaban con la intención de cometer este doble asesinato, sus actuaciones sí desencadenaron en la trágica muerte de las jóvenes.
“La motocicleta que ellas conducían, no cometieron ninguna acción imprudente. Las velocidades que todos ustedes alcanzan en las vías nacionales llegaron hasta 140 kilómetros por hora, en un sector donde existe una señal donde marca 30 km/h”, detalló Quintero, quien también mencionó que huyeron del lugar y fue por presión de los medios y redes sociales, que terminaron presentándose ante las autoridades.
A pesar de los testimonios y videos recolectados, presentados en medio de la audiencia, los motociclistas no aceptaron los cargos imputados y el ente acusador pidió medida preventiva intramural, mientras avanza el proceso penal.
Escrito de acusación
La evidencia técnica y los elementos de prueba recopilados por una fiscal de la Unidad de Vida de la Seccional Cundinamarca indican que los tres hombres se movilizaban en motocicletas, a altas velocidades y realizando maniobras peligrosas de adelantamiento con un grupo numeroso de personas. Durante el recorrido, al parecer, provocaron la caída de las víctimas, que también se trasladaban en motocicleta, y las embistieron, dejándolas abandonadas.
Una de las mujeres falleció en el sitio, la otra fue trasladada a un centro asistencial donde murió días después. En criterio de la Fiscalía, los motociclistas no tenían la intención de ocasionarles daño a las víctimas; sin embargo, asumieron comportamientos irresponsables y riesgosos en la vía que desencadenaron su muerte. Actualmente, los tres motociclistas permanecen privados de la libertad en sus lugares de residencia.
Javier Castiblanco, investigador de accidentes de tránsito, y físico forense del Centro de Especialistas Forenses Aníbal Navarro, parte el análisis señalando que en este caso existen dos responsabilidades: “la civil y la penal”. “La responsabilidad civil la tiene todo el grupo de moteros involucrados en las imágenes de los videos, desde el que planeó la salida por esa carretera sin tener en cuenta los límites de velocidad, hasta los que aparecen en las imágenes. Sobre las responsabilidades penales, la persona que hace que pierdan el equilibrio, sería el que tuviese que responder penalmente”, dijo a este diario.
Según Rafael Quintero, abogado penalista, el delito de homicidio en carácter culposo podría aplicársele a la persona que provocó el accidente. “El resultado ocasionado ha sido alcanzado por la realización de un riesgo o peligro creado por el autor del comportamiento, es decir, por parte del motociclista, quien de forma no precavida causo el accidente, se debe individualizar si el conductor creó un riesgo no permitido. Él no tuvo la intensión, es decir, el dolo, pero se ocasionó un perjuicio al bien jurídico tutelado que es la vida de estas dos mujeres”, analizó el experto para este medio.
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El pasado 20 de agosto, la fiscal a cargo del caso, Ligia Quintero, les imputó a los tres motociclistas el delito de homicidio doloso con dolo eventual, que si bien, aclaró el ente acusador, no manejaban con la intención de cometer este doble asesinato, sus actuaciones sí desencadenaron en la trágica muerte de las jóvenes.
“La motocicleta que ellas conducían, no cometieron ninguna acción imprudente. Las velocidades que todos ustedes alcanzan en las vías nacionales llegaron hasta 140 kilómetros por hora, en un sector donde existe una señal donde marca 30 km/h”, detalló Quintero, quien también mencionó que huyeron del lugar y fue por presión de los medios y redes sociales, que terminaron presentándose ante las autoridades.
A pesar de los testimonios y videos recolectados, presentados en medio de la audiencia, los motociclistas no aceptaron los cargos imputados y el ente acusador pidió medida preventiva intramural, mientras avanza el proceso penal.
Escrito de acusación
La evidencia técnica y los elementos de prueba recopilados por una fiscal de la Unidad de Vida de la Seccional Cundinamarca indican que los tres hombres se movilizaban en motocicletas, a altas velocidades y realizando maniobras peligrosas de adelantamiento con un grupo numeroso de personas. Durante el recorrido, al parecer, provocaron la caída de las víctimas, que también se trasladaban en motocicleta, y las embistieron, dejándolas abandonadas.
Una de las mujeres falleció en el sitio, la otra fue trasladada a un centro asistencial donde murió días después. En criterio de la Fiscalía, los motociclistas no tenían la intención de ocasionarles daño a las víctimas; sin embargo, asumieron comportamientos irresponsables y riesgosos en la vía que desencadenaron su muerte. Actualmente, los tres motociclistas permanecen privados de la libertad en sus lugares de residencia.
Javier Castiblanco, investigador de accidentes de tránsito, y físico forense del Centro de Especialistas Forenses Aníbal Navarro, parte el análisis señalando que en este caso existen dos responsabilidades: “la civil y la penal”. “La responsabilidad civil la tiene todo el grupo de moteros involucrados en las imágenes de los videos, desde el que planeó la salida por esa carretera sin tener en cuenta los límites de velocidad, hasta los que aparecen en las imágenes. Sobre las responsabilidades penales, la persona que hace que pierdan el equilibrio, sería el que tuviese que responder penalmente”, dijo a este diario.
Según Rafael Quintero, abogado penalista, el delito de homicidio en carácter culposo podría aplicársele a la persona que provocó el accidente. “El resultado ocasionado ha sido alcanzado por la realización de un riesgo o peligro creado por el autor del comportamiento, es decir, por parte del motociclista, quien de forma no precavida causo el accidente, se debe individualizar si el conductor creó un riesgo no permitido. Él no tuvo la intensión, es decir, el dolo, pero se ocasionó un perjuicio al bien jurídico tutelado que es la vida de estas dos mujeres”, analizó el experto para este medio.
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