ICBF deberá tomar medidas para garantizar derechos de niños indígenas embera
Un juez falló a favor y obligó al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, amparar el derecho fundamental a la vida, salud y dignidad humana de los niños asentados en el Parque Nacional
Tras una visita de la Comisión de Derechos Humanos al asentamiento de los indígenas embera en el Parque Nacional, el concejal Julián Uscátegui, del partido Centro Democrático, interpuso una acción de tutela objetando el amparo de los derechos de los menores. “Los niños de la comunidad Emberá, asentados en el Parque Nacional, se encuentran en condiciones críticas. Testigos del sector nos denuncian casos de maltrato, violencia, abuso, abandono y mendicidad. Las autoridades deben actuar inmediatamente”, aseguró el cabildante.
Fue así como un juez falló a favor y obligó al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF- amparar el derecho fundamental a la vida, salud y dignidad humana de los niños.
Asimismo, ordenó al Instituto para que en un término de 30 días, proceda a realizar un riguroso seguimiento a los menores de edad indígenas, en aras de verificar los casos de inobservancia de sus derechos, con apoyo de las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bienestar Familiar y emita las órdenes necesarias en procura de garantizar sus derechos fundamentales de conformidad con lo dispuesto en el páragrafo 2 del artículo 99 del Código de Infancia y Adolescencia.
“Igualmente, y en el caso de que las mencionadas falencias no sean subsanables y de ser procedente, de inicio a los procesos de restablecimiento de los derechos administrativos a que haya lugar, siguiendo el procedimiento especial, dispuesto en el lineamiento técnico administrativo (...) allegándose informe del mismo”, detalla la decisión del juez.
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Según las autoridades, estos niños, niñas y adolescentes indígenas embera no tienen cubiertas sus necesidades básicas como alimentación, higiene personal, suministros y atención médica; igualmente, hay indicios de violencia, explotación comercial y sexual, así como de su instrumentalización para el expendio de estupefacientes.
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Fue así como un juez falló a favor y obligó al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF- amparar el derecho fundamental a la vida, salud y dignidad humana de los niños.
Asimismo, ordenó al Instituto para que en un término de 30 días, proceda a realizar un riguroso seguimiento a los menores de edad indígenas, en aras de verificar los casos de inobservancia de sus derechos, con apoyo de las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bienestar Familiar y emita las órdenes necesarias en procura de garantizar sus derechos fundamentales de conformidad con lo dispuesto en el páragrafo 2 del artículo 99 del Código de Infancia y Adolescencia.
“Igualmente, y en el caso de que las mencionadas falencias no sean subsanables y de ser procedente, de inicio a los procesos de restablecimiento de los derechos administrativos a que haya lugar, siguiendo el procedimiento especial, dispuesto en el lineamiento técnico administrativo (...) allegándose informe del mismo”, detalla la decisión del juez.
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