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                                                                                                                                Impuestos en Bogotá: fechas de pago y descuentos a los que podrá aplicar

                                                                                                                                Entérese de cuáles son los impuestos que deberá apagar en el 2022 y cómo está el calendario tributario para este año.

                                                                                                                                Entérese de cuáles son los impuestos que deberá apagar en el 2022.

                                                                                                                                En este segundo trimestre del año empiezan los plazos para que las personas naturales hagan cumplimiento de sus responsabilidades en materia de impuestos, según lo indicado en el calendario tributario de la DIAN y el cual está establecido en el Decreto 1778 del 20 de diciembre de 2021.

                                                                                                                                Entre las obligaciones de los contribuyentes están el pago del impuesto predial, de vehículos, la declaración de renta y la declaración de activos en el exterior. A continuación le contamos cuáles son las fechas claves para que no quede en deuda y cuáles son los beneficios a los que podrá aplicar.

                                                                                                                                Le puede interesar: Las estrategias de Bogotá para garantizar la interrupción voluntaria del embarazo.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                -Información exógena o en medios magnéticos: este aplicará para aquellos ciudadanos que en el 2020 o 2021 hayan recibido ingresos brutos de al menos 500 millones de pesos y que, además, recibieron en 2021 ingresos de al menos 100 millones de pesos por concepto de ingresos de capital o no laborales. El plazo para que las personas presenten ante la DIAN la información en medios magnéticos o información exógena, inició el 10 de mayo.

                                                                                                                                -Impuesto al patrimonio: uno de los cambios significativos para el calendario tributario de 2022 está en el hecho de que no se tendrá que pagar el impuesto al patrimonio. La Ley 2155 del 14 de septiembre de 2021, decretó que este impuesto solo tuvo vigencia hasta el 2021.

                                                                                                                                -Declaración de renta: el plazo para declarar renta, comienza el próximo martes 9 de agosto para aquellos contribuyentes cuya cédula o el Número de Identificación Tributaria (NIT) termine con los números 01 y 02 e irá hasta el miércoles 19 de octubre para aquellos cuyo NIT termine en 99 y 00. Tenga en cuenta que uno de los siguientes requisitos lo obligará a declarar renta, sin embargo, no todos deberán pagar.

                                                                                                                                • Personas que en el 2021 hayan tenido ingresos superiores a los 50.831.000 millones de pesos.
                                                                                                                                • Personas con un patrimonio superior a 163.386.000 millones de pesos, a 31 de diciembre de 2021
                                                                                                                                • Las personas que hayan realizado compras y consumos superiores a 50.831.000 millones de pesos. Esto incluye compras de vehículos y bienes raíces, hechas tanto en Colombia como en el exterior.
                                                                                                                                • Compras con tarjeta de crédito superiores a los 50.831.000 millones de pesos durante el 2021.
                                                                                                                                • Personas que hayan efectuado movimientos financieros (consignaciones, transferencias o depósitos a productos bancarios), por un valor superior a los 50.831.000 millones de pesos.

                                                                                                                                Lea también: Claudia López rechaza la suspensión del alcalde de Medellín, Daniel Quintero.

                                                                                                                                -Declaración anual de activos en el exterior: este aplicará para las personas residentes en Colombia que tengan uno o varios bienes ubicados en el exterior, cuyo valor supere los 76 mil millones de pesos. Esta declaración debe presentarse en las mismas fechas de la declaración de renta y no genera obligación de pago. Tenga en cuenta que el no declarar estos bienes, puede acarrear sanciones.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                -Impuesto sobre vehículos: en el nuevo calendario tributario el descuento por pronto pago va hasta el 15 de julio y el pago sin descuento hasta el 12 de agosto. Para este impuesto no se tendrá en cuenta el último número de la placa.

                                                                                                                                Para conocer más noticias de la capital y Cundinamarca, visite la sección Bogotá, de El Espectador.

                                                                                                                                Entérese de cuáles son los impuestos que deberá apagar en el 2022.

                                                                                                                                En este segundo trimestre del año empiezan los plazos para que las personas naturales hagan cumplimiento de sus responsabilidades en materia de impuestos, según lo indicado en el calendario tributario de la DIAN y el cual está establecido en el Decreto 1778 del 20 de diciembre de 2021.

                                                                                                                                Entre las obligaciones de los contribuyentes están el pago del impuesto predial, de vehículos, la declaración de renta y la declaración de activos en el exterior. A continuación le contamos cuáles son las fechas claves para que no quede en deuda y cuáles son los beneficios a los que podrá aplicar.

                                                                                                                                Le puede interesar: Las estrategias de Bogotá para garantizar la interrupción voluntaria del embarazo.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                -Información exógena o en medios magnéticos: este aplicará para aquellos ciudadanos que en el 2020 o 2021 hayan recibido ingresos brutos de al menos 500 millones de pesos y que, además, recibieron en 2021 ingresos de al menos 100 millones de pesos por concepto de ingresos de capital o no laborales. El plazo para que las personas presenten ante la DIAN la información en medios magnéticos o información exógena, inició el 10 de mayo.

                                                                                                                                -Impuesto al patrimonio: uno de los cambios significativos para el calendario tributario de 2022 está en el hecho de que no se tendrá que pagar el impuesto al patrimonio. La Ley 2155 del 14 de septiembre de 2021, decretó que este impuesto solo tuvo vigencia hasta el 2021.

                                                                                                                                -Declaración de renta: el plazo para declarar renta, comienza el próximo martes 9 de agosto para aquellos contribuyentes cuya cédula o el Número de Identificación Tributaria (NIT) termine con los números 01 y 02 e irá hasta el miércoles 19 de octubre para aquellos cuyo NIT termine en 99 y 00. Tenga en cuenta que uno de los siguientes requisitos lo obligará a declarar renta, sin embargo, no todos deberán pagar.

                                                                                                                                • Personas que en el 2021 hayan tenido ingresos superiores a los 50.831.000 millones de pesos.
                                                                                                                                • Personas con un patrimonio superior a 163.386.000 millones de pesos, a 31 de diciembre de 2021
                                                                                                                                • Las personas que hayan realizado compras y consumos superiores a 50.831.000 millones de pesos. Esto incluye compras de vehículos y bienes raíces, hechas tanto en Colombia como en el exterior.
                                                                                                                                • Compras con tarjeta de crédito superiores a los 50.831.000 millones de pesos durante el 2021.
                                                                                                                                • Personas que hayan efectuado movimientos financieros (consignaciones, transferencias o depósitos a productos bancarios), por un valor superior a los 50.831.000 millones de pesos.

                                                                                                                                Lea también: Claudia López rechaza la suspensión del alcalde de Medellín, Daniel Quintero.

                                                                                                                                -Declaración anual de activos en el exterior: este aplicará para las personas residentes en Colombia que tengan uno o varios bienes ubicados en el exterior, cuyo valor supere los 76 mil millones de pesos. Esta declaración debe presentarse en las mismas fechas de la declaración de renta y no genera obligación de pago. Tenga en cuenta que el no declarar estos bienes, puede acarrear sanciones.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Para conocer más noticias de la capital y Cundinamarca, visite la sección Bogotá, de El Espectador.

                                                                                                                                Por Redacción Bogotá

                                                                                                                                Todas las noticias de Bogotá están aquí. El Espectador, el valor de la información.@bogotaEEbogota@elespectador.com
                                                                                                                                Ver todas las noticias
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