Interés general: clave legal de Petro para cambiar el contrato del metro de Bogotá
En medio de un mar de “no se puede”, la presidencia pagó $120 millones, por un concepto que dice que el contrato del metro elevado sí se puede modificar, apelando a la necesidad de una mejor obra para los bogotanos. Será centro de discusión en las mesas de estudio.
Alexánder Marín Correa
En medio de un unísono “no se puede” modificar el contrato para la construcción del metro elevado, el presidente Gustavo Petro encontró una interpretación jurídica que va en contravía del análisis general, pero se aferra a ella para mantener su idea de transformar el tramo de la avenida Caracas en subterráneo. La clave, en la que basará su insistencia, es sencilla: el interés general, concepto que parece ser la llave maestra para abrir cualquier puerta en el camino.
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En medio de un unísono “no se puede” modificar el contrato para la construcción del metro elevado, el presidente Gustavo Petro encontró una interpretación jurídica que va en contravía del análisis general, pero se aferra a ella para mantener su idea de transformar el tramo de la avenida Caracas en subterráneo. La clave, en la que basará su insistencia, es sencilla: el interés general, concepto que parece ser la llave maestra para abrir cualquier puerta en el camino.
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Y esa llave se la entregó un análisis legal que contrató el Departamento Administrativo de la Presidencia con la firma del exmagistrado del Consejo de Estado y exministro de Justicia, Enrique Gil Botero, el cual no solo dice sí se puede modificar el contrato, sino que a la luz de la ley y citando jurisprudencia de las altas cortes, prácticamente es una obligación del Gobierno. Por este concepto, la Presidencia pagó $120 millones, y en él se apuntalará Petro para intentar resucitar el proyecto que sepultó la administración de Enrique Peñalosa.
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El panorama es el siguiente: a pesar de que la pasada administración adjudicó el contrato para un metro elevado y comenzaron obras (como la adecuación del patio taller y en la calle 72), desde que Petro hizo campaña a la Presidencia fijó como uno de sus objetivos el recuperar su metro subterráneo. Con su elección reafirmó su propósito, y el año pasado le solicitó al consorcio constructor analizar la posibilidad de, al menos, que el tramo de la Caracas fuera subterráneo.
La semana pasada, en la reunión que sostuvieron el consorcio constructor, la alcaldesa Claudia López y el primer mandatario, se escuchó casi al unísono que modificar el objeto de contrato y el monto implicaba una serie de riesgos jurídicos. No obstante, él indicó que tenía un concepto que decía lo contrario y solicitó instalar dos mesas: una legal, para analizar los caminos jurídicos, y otra financiera, para estudiar los costos.
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Finalmente, el concepto se conoció esta semana, y sobre ese documento trabajarán para ver la viabilidad de revivir el subterráneo. En el documento, de 71 páginas, analizan la naturaleza jurídica del contrato de concesión, los deberes de la entidad estatal contratante y el ejercicio de potestades exorbitantes, los límites legales y la viabilidad jurídica de modificar el trazado del metro de Bogotá.
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El equipo legal del exministro se apoyó en leyes, artículos y fallos de las altas cortes para llegar a una conclusión: a pesar de existir un contrato firmado, con un objeto específico como el construir una línea de metro elevada, pesa más el impacto en la movilidad, lo urbanístico y predial, por lo que modificarlo es un asunto de interés general. “Desde un punto de vista jurídico, es menester indicar que, de conformidad con la norma, aplicable al contrato, la jurisprudencia y la doctrina especializada en contratación estatal, sí es del todo viable modificar unilateralmente el contrato, en lo que respecta a uno de sus elementos como la definición del trazado y la modalidad de construcción, de elevado a subterráneo”, dice el concepto, donde se resalta que se justifica si es por satisfacer el interés general.
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Resalta que siendo el interés general la finalidad única de la contratación estatal, tras revisar las condiciones de la contratación para el diseño y la construcción del metro de Bogotá, es necesaria la modificación, al menos parcial, ya que un subterráneo significaría la reducción de problemas en la movilidad de la ciudad y, además, la evidente reducción de costos derivados de la gestión predial y social”.
Se destaca que ante la falta de estudios del de la modalidad de metro subterráneo y las falencias de las consultorías del metro elevado, “es fácil advertir que el metro subterráneo se ajusta en mayor medida a las actuales necesidades del interés común en Bogotá, al implicar menos traumatismos a la movilidad; reducción de costos, que la realización de estas obras no se afectan del clima ni situaciones sociales o políticas propias de la ciudad”
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Según los abogados, cuando el interés público está por encima de los intereses individuales del adjudicatario, en caso de no llegar a un mutuo acuerdo, esto legitima que la administración imponga con carácter forzoso la modificación de los derechos y las obligaciones de las partes de un contrato administrativo, “aspecto que para el caso concreto se explica en la estructuración y construcción pronta del metro de Bogotá, pero acorde o ajustado a la realidad social, económica y cultural de la ciudad”. Y agrega: “Cuando la satisfacción del interés general exige ese cambio, la administración no tiene un derecho, sino un deber que le fuerza a alterar los pactos alcanzados. Es más, la administración no puede renunciar a la prerrogativa que le habilita para modificar el contrato”.
A los cuestionamientos frente a si la modificación implicaría la anulación o alteración del objeto del contrato para el metro elevado, explican que al ser el mismo proyecto, en cuanto a su contenido y alcance, variando solo una obligación referente a la técnica constructiva, “no significa un reemplazo del contrato y tampoco una sustitución del particular contratista, ya que sería solo la adecuación de un parámetro constructivo.
“Jurídicamente, todo está dado para que el Estado, en ejercicio de sus poderes excepcionales o, si se quiere, en cumplimiento del deber que le impone la variación de las condiciones inherentes al bien común, adopte las decisiones que en derecho correspondan con el objetivo de adecuar a las exigencias actuales del interés general la manera en que habrá de construirse el metro de Bogotá”, concluye.
Por ahora, mientras la obra del metro elevado avanza, este argumento jurídico será el arma del gobierno Petro para insistir en la modificación, el cual tendrá que compararse con otros conceptos que van en contravía. Las mesas para analizar el futuro del metro y la controversia ya están servidas.