Juez administrativo declaró nula la creación del operador público de transporte
En mayo de 2021, un juez había frenado, provisionalmente, el artículo del Plan de Desarrollo Distrital que le daba luz verde a una nueva empresa de transporte en Bogotá, que había sido aprobado por el Concejo de Bogotá.
El juez sexto administrativo de Bogotá declaró nula la creación de una nueva empresa de transporte para complementar el servicio del Sistema Integrado en la ciudad, la cual había sido aprobada mediante un artículo del Plan de Desarrollo Distrital que fue avalado por el Concejo de Bogotá en abril de 2021.
Tras esa decisión, el Distrito puso en marcha la creación de la “Operadora del Sistema de Transporte Público de Bogotá” para tener una sociedad con capacidad de adquirir nuevos articulados de forma directa y de sumarse con los demás operadores privados en la prestación del servicio que gestiona Transmilenio.
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Esta determinación, sin embargo, no cayó bien en los operadores privados, quienes presentaron una demanda de nulidad contra la iniciativa argumentando que para crear entidades descentralizadas no solo basta con la autorización del cabildo para crearlas, sino que debe existir un estudio para justificar la iniciativa.
“El argumento fue que el articulo se expidió sin contar con un estudio demostrativo que justificara la iniciativa, requisito que está previsto en el artículo 69 de la Ley 489 de 1998. El juez 6 administrativo de Bogotá, en su análisis jurídico del artículo consideró que en efecto ese estudio se necesitaba, así que anuló el artículo en primera instancia” aseguró Felipe Bastidas, el abogado que interpuso la demanda.
Por ello, el 31 de mayo de 2021, como medida cautelar, se había frenado la creación del operador público argumentando que la Alcaldía de Bogotá “actuó por fuera de los estándares de transparencia, publicidad, eficacia y economía, principios de estirpe constitucional inobservados por las autoridades responsables de expedir el acto demandado”.
Ahora, el juzgado administrativo falló en primera instancia ante esa demanda y declaró nula la creación del operador público.
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El juez sexto administrativo de Bogotá declaró nula la creación de una nueva empresa de transporte para complementar el servicio del Sistema Integrado en la ciudad, la cual había sido aprobada mediante un artículo del Plan de Desarrollo Distrital que fue avalado por el Concejo de Bogotá en abril de 2021.
Tras esa decisión, el Distrito puso en marcha la creación de la “Operadora del Sistema de Transporte Público de Bogotá” para tener una sociedad con capacidad de adquirir nuevos articulados de forma directa y de sumarse con los demás operadores privados en la prestación del servicio que gestiona Transmilenio.
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Esta determinación, sin embargo, no cayó bien en los operadores privados, quienes presentaron una demanda de nulidad contra la iniciativa argumentando que para crear entidades descentralizadas no solo basta con la autorización del cabildo para crearlas, sino que debe existir un estudio para justificar la iniciativa.
“El argumento fue que el articulo se expidió sin contar con un estudio demostrativo que justificara la iniciativa, requisito que está previsto en el artículo 69 de la Ley 489 de 1998. El juez 6 administrativo de Bogotá, en su análisis jurídico del artículo consideró que en efecto ese estudio se necesitaba, así que anuló el artículo en primera instancia” aseguró Felipe Bastidas, el abogado que interpuso la demanda.
Por ello, el 31 de mayo de 2021, como medida cautelar, se había frenado la creación del operador público argumentando que la Alcaldía de Bogotá “actuó por fuera de los estándares de transparencia, publicidad, eficacia y economía, principios de estirpe constitucional inobservados por las autoridades responsables de expedir el acto demandado”.
Ahora, el juzgado administrativo falló en primera instancia ante esa demanda y declaró nula la creación del operador público.
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