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                                                                                                                                Juez frena la creación del operador público de transporte de Bogotá

                                                                                                                                Un juzgado administrativo suspendió el artículo del Plan de Desarrollo, que daba luz verde a la iniciativa. Los operadores privados del SITP demandaron el artículo, al señalar que el Distrito no presentó estudios que justificaran la necesidad de un operador público.

                                                                                                                                Un juez administrativo suspendió el artículo del Plan Distrital de Desarrollo, que autorizaba a la Alcaldía de Bogotá a crear un nuevo operador público de transporte en la ciudad.
                                                                                                                                Foto: Mauricio Alvarado
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                LEA: ¿Qué implica la creación de un operador público de transporte en Bogotá? Le explicamos

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                En la discusión sobre la medida cautelar, el Distrito pidió rechazarla por improcedente, pues fuera de que la suspensión del decreto es el objeto central de la demanda de nulidad, se requiere de un pronunciamiento a través de una sentencia. Por lo tanto, acceder en esta instancia vulneraría los derechos de defensa y contradicción, así “como también se induciría al juzgador a incurrir en un auténtico acto de prejuzgamiento, desnaturalizando la figura de la suspensión provisional”.

                                                                                                                                Explicó que, si bien la norma es clara en cuanto a la necesidad de estudios para crear una entidad descentralizada, el Plan de Desarrollo no está creando una operadora distrital de transporte, sino que solo autoriza a la Alcaldesa a participar en la creación de una sociedad por acciones (…) “y ese estudio no podía anteceder al acto mediante el cual se imparte autorización, pues es a partir de ese aval que se empieza a elaborar. Además, la participación del Distrito en la creación de la sociedad está supeditada a los resultados de estudios, que buscan satisfacer la exigencia de la ley”.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                A pesar de que el abogado del Distrito agregó una serie de consideraciones sobre la importancia del nuevo operador público de transporte, para el juez fueron más sólidos los argumentos de los demandantes y por esta razón accedió a decretar la medida cautelar. Tras revisar la información allegada a su despacho, indicó que “para el Despacho surge la vulneración del artículo 69 de la Ley 489 de 1998, toda vez que con el proyecto de Acuerdo de Plan de Desarrollo, la señora Alcaldesa Mayor de Bogotá no presentó ni allegó el estudio demostrativo que justificara la concesión de la autorización para crear o constituir la sociedad por acciones de naturaleza pública, que se encargará de la operación del transporte masivo en el Distrito Capital, requisito exigido por la norma”.

                                                                                                                                Y agregó: “En efecto, es indudable que el Concejo goza de atribuciones para autorizar la creación de las entidades descentralizadas; empero, el proyecto de acuerdo debe estar acompañado del estudio que justifique, soporte o contenga las motivaciones para solicitar la autorización. (…) Este requisito que no puede ser omitido tal como lo aduce la entidad demandada, para ser incorporado en una fase subsiguiente a su constitución, porque la norma no permite tal hipótesis”.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Con la decisión, por ahora, la idea de tener un operador público de transporte queda en veremos. Falta esperar el próximo paso del Distrito para conocer si seguirá adelante con su proyecto o, como lo esperan los operadores privados de transporte en Bogotá, la iniciativa quede aplazada para ser discutida por próximas administraciones.

                                                                                                                                Un juez administrativo suspendió el artículo del Plan Distrital de Desarrollo, que autorizaba a la Alcaldía de Bogotá a crear un nuevo operador público de transporte en la ciudad.
                                                                                                                                Foto: Mauricio Alvarado
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                LEA: ¿Qué implica la creación de un operador público de transporte en Bogotá? Le explicamos

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                En la discusión sobre la medida cautelar, el Distrito pidió rechazarla por improcedente, pues fuera de que la suspensión del decreto es el objeto central de la demanda de nulidad, se requiere de un pronunciamiento a través de una sentencia. Por lo tanto, acceder en esta instancia vulneraría los derechos de defensa y contradicción, así “como también se induciría al juzgador a incurrir en un auténtico acto de prejuzgamiento, desnaturalizando la figura de la suspensión provisional”.

                                                                                                                                Explicó que, si bien la norma es clara en cuanto a la necesidad de estudios para crear una entidad descentralizada, el Plan de Desarrollo no está creando una operadora distrital de transporte, sino que solo autoriza a la Alcaldesa a participar en la creación de una sociedad por acciones (…) “y ese estudio no podía anteceder al acto mediante el cual se imparte autorización, pues es a partir de ese aval que se empieza a elaborar. Además, la participación del Distrito en la creación de la sociedad está supeditada a los resultados de estudios, que buscan satisfacer la exigencia de la ley”.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                A pesar de que el abogado del Distrito agregó una serie de consideraciones sobre la importancia del nuevo operador público de transporte, para el juez fueron más sólidos los argumentos de los demandantes y por esta razón accedió a decretar la medida cautelar. Tras revisar la información allegada a su despacho, indicó que “para el Despacho surge la vulneración del artículo 69 de la Ley 489 de 1998, toda vez que con el proyecto de Acuerdo de Plan de Desarrollo, la señora Alcaldesa Mayor de Bogotá no presentó ni allegó el estudio demostrativo que justificara la concesión de la autorización para crear o constituir la sociedad por acciones de naturaleza pública, que se encargará de la operación del transporte masivo en el Distrito Capital, requisito exigido por la norma”.

                                                                                                                                Y agregó: “En efecto, es indudable que el Concejo goza de atribuciones para autorizar la creación de las entidades descentralizadas; empero, el proyecto de acuerdo debe estar acompañado del estudio que justifique, soporte o contenga las motivaciones para solicitar la autorización. (…) Este requisito que no puede ser omitido tal como lo aduce la entidad demandada, para ser incorporado en una fase subsiguiente a su constitución, porque la norma no permite tal hipótesis”.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Con la decisión, por ahora, la idea de tener un operador público de transporte queda en veremos. Falta esperar el próximo paso del Distrito para conocer si seguirá adelante con su proyecto o, como lo esperan los operadores privados de transporte en Bogotá, la iniciativa quede aplazada para ser discutida por próximas administraciones.

                                                                                                                                Por Redacción Bogotá

                                                                                                                                Todas las noticias de Bogotá están aquí. El Espectador, el valor de la información.@bogotaEEbogota@elespectador.com
                                                                                                                                Ver todas las noticias
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