Justicia ordinaria vs militar en el caso de Kooby Duarte, víctima de violencia policial
El caso pasó a la Justicia Penal Militar a sus espaldas, dice la defensa y por orden del despacho de la entonces vicefiscal Martha Mancera. La defensa no percibe garantías y volverá a revisar el expediente que corroboraría que el caso pasó por tres versiones.
Juan Camilo Parra
Un conflicto de jurisdicciones rodea el caso de la muerte del joven Kooby Bray Duarte desde que el pasado 24 de noviembre, la defensa se enteró de que el caso ya no hacía parte de la justicia ordinaria sino de la justicia penal militar. Esto llevó a revisar los expedientes de las pruebas para analizar cuál jurisdicción debe seguir con el caso que se estancó antes de la audiencia de acusación contra la patrullera Carolayhn Tatiana Badillo y el patrullero Jorge Castro Tocanchón -por el delito de homicidio-, y transcurridos un año y siete meses de que al joven lo atravesara una bala por la espalda la noche del 19 de julio de 2022.
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Un conflicto de jurisdicciones rodea el caso de la muerte del joven Kooby Bray Duarte desde que el pasado 24 de noviembre, la defensa se enteró de que el caso ya no hacía parte de la justicia ordinaria sino de la justicia penal militar. Esto llevó a revisar los expedientes de las pruebas para analizar cuál jurisdicción debe seguir con el caso que se estancó antes de la audiencia de acusación contra la patrullera Carolayhn Tatiana Badillo y el patrullero Jorge Castro Tocanchón -por el delito de homicidio-, y transcurridos un año y siete meses de que al joven lo atravesara una bala por la espalda la noche del 19 de julio de 2022.
No solo se enteraron de que la Justicia Penal Militar ahora tomaría las riendas del proceso, sino, además, que la solicitud de pasarlo de un lado a otro vino desde un oficio en febrero de 2023 -ocho meses después de iniciado el proceso- y salió directamente del despacho de la entonces vicefiscal Martha Mancera, sin oportunidad para que las víctimas argumentaran por qué, según ellos, el caso debía seguir en la justicia ordinaria.
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Justicia penal militar vs justicia ordinaria
El conflicto entre ambas justicias no es nuevo. La Justicia Penal Militar, explica el oficio de la fiscal encargada del caso, se aplica a partir de cortes marciales o tribunales militares. “Tales cortes o tribunales estarán integrados por miembros de la Fuerza Pública en servicio activo o en retiro”, indica el escrito.
Rubén Darío Avellaneda, después de enterarse en plena audiencia de acusación de que su caso estaba en otra jurisdicción, decidió enviarle una carta directa al exfiscal Francisco Barbosa. Nunca fue contestada. El jurista dice que la movida de la fiscal que pidió a Mancera trasladar el caso a la justicia penal militar, habría desconocido los derechos básicos de las víctimas.
“Observamos como la señora fiscal el día 24 de noviembre del 2023 en la audiencia de acusación, ante el Juzgado Cincuenta y Cinco, expuso las solicitudes hechas por parte de la Justicia penal militar, en la cual desde el mes de mayo del 2023 habían solicitado el proceso (…), situación que se le ocultó a la representación de víctimas para poder pronunciarse frente a esta petición, que considero está desconociendo los hechos jurídicamente relevantes y la línea jurisprudencial”, indica la carta enviada al exfiscal.
Para la Fiscalía los hechos deben estar en la JPM debido a que todo ocurrió en un procedimiento policial: “la central de radio de la Policía reporta un caso de hurto a motocicleta en el sector de la calle 45 con caracas de la ciudad de Bogotá, la Patrulla de vigilancia del cuadrante (…) acuden al llamado, al llegar escuchan dos detonaciones y posteriormente la uniformada acciona su arma de dotación, luego es cuando una persona que se transportaba en motocicleta cae herida, siendo trasladada a la clínica Palermo”, describe los hechos el oficio con el que se trasladó el caso.
Esto último, dice, la defensa, es un arreglo que no reconoce que Kooby no hacía parte del robo que estaba buscando la Policía, y que los disparos de la patrullera fueron desproporcionados de acuerdo con el accionar del muchacho, a quien, en los videos se le ve manejando y desarmado todo el tiempo.
Los tres argumentos de la defensa son: “(1) la hoy víctima no portaba ningún arma de fuego al momento del procedimiento; los funcionarios de la policía le disparan en estado de indefensión por la espalda, como se logra evidenciar en el protocolo de necropsia (la bala entra por la zona escapular izquierda. Lo atraviesa lo por el pulmón precordial y sale por el costado de la axila); (2) se evidencia como los funcionarios de la policía en el informe que presentaron a las autoridades no coincide con la descripción que se observan en los videos”, describe el alegato de la defensa.
El conflicto de jurisdicciones tiene otro antecedente que detalla la defensa del joven: la sentencia SU 190 o conocida como sentencia Dylan Cruz, muerto en las protestas de 2019 por el impacto de una lacrimógena disparada por el oficial Cubillos del entonces Esmad, y que ordenó que el caso pasara a la justicia ordinaria a causa de que el joven no representaba un peligro en el momento del disparo.
La preocupación de la defensa de Kooby es que el ente ni siquiera evaluó las diversas aristas que influyeron en la consecución del caso, las diferentes versiones que circularon y el material probatorio que fue analizado en un primer momento y que será revisado nuevamente para corroborar que hubo al menos tres versiones y, al parecer, alteración de la escena.
Al evaluar estos casos, la Fiscalía tiene en cuenta el contexto en el que ocurrió el suceso e intenta determinar si fue una acción de “oficio” o no. Alejandro Rodríguez, de GRITA (plataforma que documenta y estudia casos de violencia policial), explica que analizar la categoría de la conducta del policía tiene peso al evaluar si entra o no a la Justicia Penal Militar, o a la Ordinaria.
“En estos casos los involucrados suelen acudir al marco de la legitimidad; en la Justicia Penal Militar no hay garantías porque es una relación en la que el investigador es investigado por la misma institución de la que hace parte; también al tildar a una víctima de delincuente se busca legitimar una acción”, indicó a El Espectador.
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¿Qué dicen las pruebas?
Todo caso de homicidio tiene ventanas con luz y espacios de total oscuridad. El caso de Kooby no es diferente: los confusos hechos y la implicancia de una uniformada de la Policía hicieron que la verdad de lo que pasó se difuminara aquella noche del 19 de julio. Bibiana Forero siempre ha dicho que su hijo no era ladrón, que salía de la Universidad ECCI, que lo vio un profesor y se despidió de él esa noche, que no llevaba ningún arma, que le dispararon por la espalda y llegó sin documentos a la clínica a donde llegó ya muerto.
Descubrir qué pasó en esos vacíos es el trabajo de los tres fiscales que se han encargado del caso. Pero la verdad, si bien está oculta en un centenar de pruebas y registros en video y fotográficos, tuvo al menos tres versiones.
El primer reporte del CTI realizado la noche de su muerte detalló que dos armas habían sido detonadas, incluso se describieron las posiciones de las armas, además de la descripción de los casquillos encontrados. Nunca se mencionó que se haya encontrado una segunda arma en la escena donde murió Kooby.
“La segunda versión hablaba de dos motocicletas en la escena. Y una persona en muletas que supuestamente Kooby trataba de proteger. Esas versiones fueron desmentidas por los registros de video que fueron mostrados por la Fiscalía. En uno de ellos se observa cuando Kooby pasa al frente de la moto donde iban los patrulleros y sigue derecho, sus manos se ven claramente fijas en el manubrio, no representaba ningún peligro”, narró el jurista.
El conflicto de jurisdicciones tiene otro antecedente que se detalla en los argumentos que usarán en la tutela contra el oficio: la sentencia SU 190 o conocida como sentencia Dylan Cruz, muerto en las protestas de 2019 por el impacto de una lacrimógena disparada por el oficial Cubillos del entonces Esmad. La sentencia ordenó que el caso pasara a la justicia ordinaria a causa de que el joven no representaba un peligro en el momento de los disparos.
Tanto el abogado de la defensa como las víctimas, en este caso la familia de Kooby, desean las garantías correspondientes y una evaluación de las decisiones de la Fiscalía. Aunque la patrullera implicada no fue suspendida y el panorama augura más retrasos en el proceso y un desgaste más del aparato de justicia mientras se resuelve el conflicto de jurisdicciones, se espera celeridad en este proceso. Bibiana Forero, por su parte, solo espera una cosa: “reparación cualitativa, que reconozcan que se equivocaron”.
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