Listo el decreto para promover el ahorro de agua en Bogotá, ¿Qué viene de nuevo?
La Alcaldía de Bogotá socializó el decreto con el que pretenden aumentar el ahorro del recurso en la ciudad. Las multas a los infractores irán desde los cuatro a los 32 salarios mínimos diarios legales vigentes.
Después de un proceso de participación ciudadana y de ajustar algunos detalles de forma, la Alcaldía emitió el decreto 334 de 2024, con el cual se busca promover el ahorro de agua en la ciudad.
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Las medidas, que entraron a regir desde el 28 de octubre, contemplan prohibiciones, campañas pedagógicas, así como de otras directrices adicionales para fomentar el uso eficiente del líquido vital, tanto en inmuebles privados, como del Distrito.
Las nuevas restricciones para el uso de agua son:
- Prohibir el empleo de agua potable para lavado de fachadas, parqueaderos y vehículos; el riego de jardines, zonas verdes o infraestructura recreacional o deportiva y el llenado de estanques ornamentales. Estas actividades solo podrán realizarse con agua reciclada, agua lluvia previamente recolectada o agua cruda.
- Prohibir la captación de agua de las fuentes hídricas sin la autorización de la autoridad ambiental.
- Prohibir, deteriorar, dañar o alterar los cuerpos de agua, zona.
Medidas adicionales para el régimen público
- Las entidades distritales propenderán por el uso de equipos, sistemas e implementos de bajo consumo de agua, y el aprovechamiento de recolección de aguas para la limpieza de las instalaciones y de los vehículos a su cargo.
- La Secretaría Distrital de Movilidad promoverá la implementación de prácticas de limpieza en seco y/o el aprovechamiento de sistemas de recolección de aguas lluvias o recirculadas para el lavado y limpieza de las señales de tránsito y semaforización de la ciudad.
- La Secretaría Distrital de Movilidad y Transmilenio, promoverán las prácticas de limpieza en seco y/o aprovechamiento de sistemas de recolección de aguas lluvias o recirculadas para la limpieza de vehículos de transporte público y estaciones de transporte público.
Medidas pedagógicas
- El Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal trabajará para identificar aquellas propiedades horizontales que llevan a cabo prácticas contrarias al buen uso de recursos hídricos y deberá generar campañas educativas para el adecuado uso del agua.
- Las Alcaldías Locales y las Juntas Administradoras Locales (JAL) podrán desarrollar campañas de concientización sobre el ahorro del agua, enfocadas en las necesidades, características y dificultades identificadas en cada territorio local.
- Las entidades distritales del sector central, descentralizado, adscritas y vinculadas, pondrán en marcha campañas masivas de concientización sobre la importancia del ahorro de agua, las cuales incluirán talleres en los que se enseñen técnicas de ahorro de agua y formas de reutilización en actividades domésticas y comerciales.
Finalmente, esta norma dispone que las autoridades distritales generen incentivos no pecuniarios a usuarios residenciales que durante dos periodos de facturación consecutivos disminuyan el uso del agua potable.
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- Prohibir el empleo de agua potable para lavado de fachadas, parqueaderos y vehículos; el riego de jardines, zonas verdes o infraestructura recreacional o deportiva y el llenado de estanques ornamentales. Estas actividades solo podrán realizarse con agua reciclada, agua lluvia previamente recolectada o agua cruda.
- Prohibir la captación de agua de las fuentes hídricas sin la autorización de la autoridad ambiental.
- Prohibir, deteriorar, dañar o alterar los cuerpos de agua, zona.
Medidas adicionales para el régimen público
- Las entidades distritales propenderán por el uso de equipos, sistemas e implementos de bajo consumo de agua, y el aprovechamiento de recolección de aguas para la limpieza de las instalaciones y de los vehículos a su cargo.
- La Secretaría Distrital de Movilidad promoverá la implementación de prácticas de limpieza en seco y/o el aprovechamiento de sistemas de recolección de aguas lluvias o recirculadas para el lavado y limpieza de las señales de tránsito y semaforización de la ciudad.
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Medidas pedagógicas
- El Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal trabajará para identificar aquellas propiedades horizontales que llevan a cabo prácticas contrarias al buen uso de recursos hídricos y deberá generar campañas educativas para el adecuado uso del agua.
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Finalmente, esta norma dispone que las autoridades distritales generen incentivos no pecuniarios a usuarios residenciales que durante dos periodos de facturación consecutivos disminuyan el uso del agua potable.
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