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Lo que ha pasado en el proceso de destitución de Petro de la alcaldía de Bogotá

La Corte Interamericana de Derechos Humanos indicó que se violó el principio de jurisdiccionalidad, imparcialidad, presunta inocencia y derecho a la defensa. En el país, el Consejo de Estado tumbó el fallo en 2017.

Redacción Bogotá
19 de agosto de 2020 - 01:29 a. m.
Lo que ha pasado en el proceso de destitución de Petro de la alcaldía de Bogotá

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió una sentencia a favor de Gustavo Petro, en el proceso que adelantaba por la destitución a la Alcaldía de Bogotá y la inhabilidad por 15 años a cargos públicos, que ordenó la Procuraduría el 9 de diciembre de 2013.

La Corte IDH determinó que se violaron diversos derechos del exmandatario capitalino, entre los que se encuentran el principio de jurisdiccionalidad, la garantía de imparcialidad, el principio de presunta inocencia y el derecho a la defensa

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Todo surgió por la crisis de las basuras que se presentó en Bogotá, entre el 18 y el 20 diciembre de 2012, cuando el entonces alcalde Gustavo Petro puso en marcha la reestructuración del esquema de aseo, que implementaba el programa Basura Cero, en el que se incluía a los recicladores, y dejaba la recolección de basuras en manos de la empresa pública Aguas de Bogotá.

El nuevo esquema no pudo satisfacer la demanda de desechos en la ciudad, por lo que el 19 de diciembre el mandatario tuvo que firmar contratos con las empresas privadas Aseo Capital, Lime, Ciudad Limpia y Atesa, para que se encargaran del 48% del esquema de aseo y así superar la crisis de la capital.

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Ante esto, la Procuraduría inhabilitó a Gustavo Petro un año después de la crisis, argumentando que el mandatario había cometido “tres faltas gravísimas”: asignar la prestación del servicio de aseo al Acueducto de Bogotá y a Aguas de Bogotá, que no tenían ninguna experiencia en el tema; vulnerar los derechos de la libre empresa y competencia, al expedir un decreto que establecía que el servicio de aseo no podría ser prestado por operadores distintos al Distrito, y usar volquetas que no tenían las condiciones mínimas, lo que puso en riesgo el medio ambiente y la salud pública.

Lo primero que hizo Petro fue apelar la decisión, pero en enero de 2014, la Procuraduría se pronunció y dejó la sanción en firme, así que acudió ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), alegando que se trataba de una persecución política, por lo que el 18 de marzo de ese mismo año el organismo ordenó medidas cautelares para evitar que lo destituyeran.

En contexto: El esquema de aseo por el que destituyeron a Petro

A la par, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, ante una tutela que interpuso un grupo de ciudadanos, ordenó frenar la destitución. En segunda instancia, el Consejo de Estado revocó la decisión del Tribunal, pero el presidente Juan Manuel Santos ordenó su salida de la alcaldía de Bogotá, por lo que Petro presentó una demanda de nulidad ante el Consejo de Estado.

El 13 de mayo de 2014, el magistrado del Consejo de Estado Gerardo Arenas encontró válidos los argumentos y le dio el blindaje a Petro para regresar al Palacio de Liévano. La Procuraduría presentó un recurso de súplica, pero los magistrados negaron la solicitud al dejar que no había intención del mandatario de causar un daño a la ciudad con el cambio de esquema.

Los siguientes tres años no ocurrieron muchas cosas alrededor del proceso, solo hasta noviembre de 2017 que la Sala plena del Consejo de Estado tumbó el fallo que sacó a Petro de la alcaldía, al evidenciar que el entonces procurador Alejandro Ordóñez no pudo comprobar el dolo o la mala intención en el cambio del esquema de basuras de Bogotá. Con esta decisión, Petro tuvo al vía libre para lanzarse a las elecciones presidenciales de 2018.

Redacción Bogotá

Por Redacción Bogotá

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