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Los fallos de la magistrada que ordenó frenar el paro nacional

La magistrada Nelly Villamizar, de la sección Cuarta del Tribunal de Cundinamarca, tiene una lista de decisiones y autos que han generado polémica.

Redacción Bogotá
28 de abril de 2021 - 04:09 a. m.
Bogota(Colombia) 31/07/2014. - Nelly Villamizar, magistrada colombiana. Foto Oscar Perez
Bogota(Colombia) 31/07/2014. - Nelly Villamizar, magistrada colombiana. Foto Oscar Perez
Foto: Oscar Perez
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No es la primera vez que, haciendo uso de las facultades que le da su dignidad, la magistrada Nelly Villamizar, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, plasma su firma en una decisión que levanta ampolla. La de este martes, con la que ordenó aplazar el paro nacional, es apenas una de varias que le han valido críticas, por una posible extralimitación de funciones. Sin embargo, ella defiende cada uno de sus fallos.

Villamizar se dio a conocer en 2001 cuando emitió un fallo importante y que se mantiene vigente: la sentencia que ordena la recuperación del río Bogotá. En su decisión involucró a todas las entidades territoriales, que operan en la cuenca del afluente, a descontaminarlo. Aunque el fallo fue apelado, luego fue ratificado en instancias superiores y desde entonces es la encargada de velar por el cumplimiento de su fallo, al punto de ganarse el apodo de la “madrina del río Bogotá”.

Sin embargo, otros de sus pronunciamientos no han sido tan aplaudidos. Es más, le han valido señalamientos por una posible extralimitación de funciones. Uno de ellos, y quizás uno de los más polémicos, fue el que tomó frente a un álgido proceso como el de la reserva Van der Hammen, luego de que la alcaldía de Enrique Peñalosa radicara ante la CAR una solicitud para recategorizar, realinderar y sustraer parte de la zona de protección, para poder construir varias vías y sacar adelante un proyecto ambiental, que incluía suelo urbanizable.

En octubre de 2018, ante la supuesta demora de la autoridad ambiental para responder a la solicitud, Villamizar emitió un fallo en el que ordenaba “aprobar y acoger completamente” el plan de la alcaldía. Aunque dos semanas después se tuvo que retractar, le dio un plazo de 120 días a la CAR para responder a la petición del Distrito. En principio, este dictamen fue calificado por los ambientalistas como una medida arbitraria, a lo que ella respondió que era “más ambientalista que cualquiera” y que no tenía relación alguna con Peñalosa ni con urbanizadores.

En noviembre de 2019 emitió un auto en el que vinculó a los 45 concejales de Bogotá en un proceso por posible desacato, por haber tumbado el proyecto del Plan de Ordenamiento Territorial que había radicado el exalcalde Enrique Peñalosa. Para hacerlo se basó en una decisión que, a partir de abril de 2019, le daba al cabildo un año para incluir en el POT las variables ambientales de cambio climático y la gestión de riesgos asociados al río. La polémica en su momento radicó en que, el plazo no se había vencido.

Recientemente, estuvo detrás del fallo que ordenó frenar la autorización de nuevos planes parciales hasta que se ajusten los planes de ordenamiento territorial (POT), tanto en Bogotá como en los 46 municipios sobre la cuenca del río Bogotá. Esto, nuevamente, en el marco de la sentencia que ordena recuperar el río Bogotá.

Los argumentos de la magistrada se centraron en que las obras en la región no se estaría planeando con una visión regional, sino solo a partir de una necesidad de construcción, que estaría dejando de lado aspectos importantes, como acueductos y alcantarillados, vías, hospitales y nuevos colegios, pero sus detractores señalan la decisión no solo afectaría el empleo, sino que extralimitó sus capacidades judiciales.

Ahora, con la orden de aplazar el paro nacional vuelve a ser noticia. Ella asegura que el fin de auto es proteger la vida del personal de la salud y la de las familias, “los médicos están pidiendo que se guarden todas las medidas de seguridad, no hay camas y las UCI están colapsadas y la pretensión es proteger derechos fundamentales y que hay más esencial que a la vida y la salud pública”.

Las críticas han recaído sobre una serie de errores, como por ejemplo la fecha de las movilizaciones (señala que las marchas son el 21 y no el 28 de abril) a las que se refiere la primera versión del fallo y una mención al exministro de Defensa Carlos Holmes Trujillo, que en verdad hace parte de uno de los documentos incluídos en los antecedentes.

Por otro lado, se cuestiona que la medida cautelar de urgencia se haya decretado dentro de un proceso de tutela que ya fue fallado, como si fuera parte de un seguimiento al cumplimiento de la sentencia, así como se ha indicado que la decisión vulnera la protección de el derecho a la protesta.

Villamizar dice que “en este caso no se está haciendo una limitación o una restricción absoluta, sino lo que se está pidiendo es que quienes vayan a marchar se sometan a los protocolos de seguridad y que ojalá puedan estar vacunados para que no se expanda más la pandemia”. Pese a ello la polémica sigue y los promotores del paro insisten en que saldrán a las calles como se tiene previsto, por lo que la decisión final está en manos de las administraciones locales que se deberán definir de qué forma le harán cara a la protesta.

Así como en todos sus fallos, ahora la pregunta es ¿Qué vendrá para los que incumplan su orden? Tal vez nada, como ha ocurrido con los otros, pero al menos, su decisión, una vez más, puso en jaque a más de uno.

Redacción Bogotá

Por Redacción Bogotá

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Rubén(30136)30 de abril de 2021 - 12:20 p. m.
Ella es parte de la corrupción, a ellos el gobierno le ha dado muchas prebendas que se le quita a la clase trabajadora, ellos cuentan con altos salarios, primas y prestaciones que son impropias de un país subdesarrollado, para mantener a esta clase se empleados del estado, muchos otros se deben sacrificar. Por otro lado son quienes no hacen nada para que no se venza los términos a los corruptos.
CEHJ(93960)29 de abril de 2021 - 04:53 p. m.
Incluyó además llegar a la inmunidad de rebaño para realizar el paro.....así, no le toca a este gobierno. Porqué no sacó ese falló en los distintos días sin IVA, donde la gente se aglomeró en sitios cerrados?, porqué no canceló la Semana Santa, la Navidad, el día de amor y amistad, los festejos de fútbol, y todo lo que implique la reunión de más de dos personas
Celyceron(11609)28 de abril de 2021 - 09:07 p. m.
Y hoy que la gente está en las calles, haciendo caso omiso al fallo, ¿Qué hará esta jueza venal?
jorge(266)28 de abril de 2021 - 01:47 p. m.
No dizque el cartel de las toga lo extinguieron? La justicia prostituida por estos personajillos.
Julio(69508)28 de abril de 2021 - 01:05 p. m.
Fallos de tutela como el proferido por esta polémica magistrada tornan a esa institución, una de las grandes conquistas de la Constitución del 91, en inane e inocua. Primó en ese cuestionado fallo, su desbordado afán de protagonismo que el Ad-quem destruirá.
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