Bogotá se ajusta el cinturón: gastos salariales, principal objetivo de los recortes
Carlos Fernando Galán emitió el decreto con el que definió su ruta de austeridad para la vigencia 2024. El gasto en contratación, en todas las entidades dependientes del presupuesto distrital, deberá reducirse en un 10 %.
Miguel Ángel Vivas Tróchez
Sin necesariamente atravesar una situación económica crítica, y con unas finanzas y situación fiscal más bien organizadas, Bogotá optará por un ajuste presupuestal considerable para la vigencia 2024. Si bien, la alcaldía tiene la obligación de efectuar un lineamiento de austeridad, conforme al marco reglamentario presente en el proyecto de Acuerdo 719 de 2018, y el decreto 492 de 2019, el recorte en el gasto público fue, durante la campaña del nuevo alcalde, una de las consignas clave para lo que será su administración.
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Sin necesariamente atravesar una situación económica crítica, y con unas finanzas y situación fiscal más bien organizadas, Bogotá optará por un ajuste presupuestal considerable para la vigencia 2024. Si bien, la alcaldía tiene la obligación de efectuar un lineamiento de austeridad, conforme al marco reglamentario presente en el proyecto de Acuerdo 719 de 2018, y el decreto 492 de 2019, el recorte en el gasto público fue, durante la campaña del nuevo alcalde, una de las consignas clave para lo que será su administración.
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De ahí, que con el recién expedido Decreto 062, la Alcaldía definiría un indicador de austeridad que intentará ahorrarle al erario un 10 % de gastos a nivel de contratación de nómina y otras erogaciones adicionales por este mismo concepto. La meta de la Secretaría de Hacienda, en cabeza de Ana María Cadena, es alejarse de los $2 billones de pesos por concepto de prestación de servicios de personas naturales que se destinaron en 2023.
Vale la pena resaltar, la representante Carolina Arbeláez, quien está en la comisión de salud en el Congreso de la República, reveló que en el periodo de Claudia López se aumentaron en un 122% los contratos de prestación de servicio. Grosso modo, ese aumento representó al creación de 2.700 cargos.
En consecuencia, al igual que los demás decretos con los que se estipula el indicador de austeridad, las entidades como empresas Sociales del Estado, los Fondos de Desarrollo Local, las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, las Sociedades de Economía Mixta del orden distrital en las que el Distrito Capital posea el noventa por ciento (90%) o más de su capital social, los entes autónomos universitarios y a la Veeduría Distrital tengan que ajustar el gasto de sus respectivas nóminas. Dicho de otro modo, el Concejo de Bogotá, la Personería y la Controlaría no dependen de los ajustes de austeridad indicados en el decreto.
Y el primer coto que pone el Decreto, nada más al comenzar su contenido, es que ninguna entidad podrá tramitar cambios a la estructura de su nómina que excedan el costo cero o en, su defecto, propendan un ahorro respecto a la erogación actual. Por consiguiente, ninguna entidad podrá llevar a cabo procesos de contratación adicionales a los ya firmados con anterioridad a la expedición del decreto. Estos cambios, además, deberán acreditar el requisito de ahorro con un concepto favorable de la Secretaría de Hacienda.
No obstante, teniendo en cuenta que la administración entrante se encuentra aportas de elaborar y promulgar su Plan Distrital de Desarrollo (PDD), el Decreto deja un espacio de excepcionalidad en cuanto a las modificaciones en la plantilla de funcionarios. Siempre y cuando sea directamente proporcional a los objetivos del PDD y, por ende, tengan el aval de la Secretaría de Planeación.
Bajo la misma línea de reducir en un 10 % el gasto en contratos de prestación de servicios profesionales, los parámetros de autoridad de la nueva administración estipulan que ningún funcionario podrá ser vinculado a las entidades Distritales, con un contrato que tenga un objetivo similar al de una persona natural ya contratada. Cabe resaltar, que dentro la documentación exigida por Colombia Compra Eficiente, los contratos que vinculen personas naturales a una entidad pública, deben estar acotados por un objetivo específico a cumplir, por parte del empleado.
Para este ítem en concreto, solo podrá figurar un funcionario, con un objetivo único e irrepetible. No obstante, al igual que en varios apartes del decreto, existe una salvedad: “la autorización expresa del jefe de la respectiva entidad u organismo contratante”. La remuneración de este contrato, en cualquier caso, no podrá superar a la del jefe directo Dicho de otro modo, la veeduría, en estos casos, deberá estar orientada a los funcionarios de orden jerárquico superior que autoricen dichas vinculaciones.
De todas formas, cualquier excedente al 10 % que estipulo el alcalde, solo podrá ser vulnerado en casos de excepcionalidad, bajo petición expresa al CONFIS, por parte de los secretarios al mando de cada una de las carteras distritales.
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Otras disposiciones del orden salarial
Los funcionarios del Distrito verán algunas restricciones respecto a los pagos de horas extras, vacaciones y bonos navideños. Respecto al primer aspecto, el decreto es explícito en que la labor adicional solo podrá ser asignada, de manera esencial, a los funcionarios que deban comprar funciones imprescindibles. Los que no, deberán ceñirse al horario laboral ordinario y no recibirán compensación por este concepto.
Las vacaciones no disfrutadas solo podrán ser liquidadas cuando el funcionario se retire totalmente de sus funciones. Pero, de todos modos, la igual que en los demás apartes del decreto hay otra salvedad: “excepcionalmente y de manera motivada, cuando el jefe de la respectiva entidad y organismo distrital, así lo estime necesario por estrictas necesidades del servicio, podrá autorizar la compensación en dinero de las vacaciones correspondientes a un (1) año previa disponibilidad presupuestal”.
Respecto los bonos navideños que reciben, y los cuales van dirigidos a los hijos de los funcionarios, solo podrán ser reclamados por aquellos que tengan hijos menores de 13 años, a corte del 31 de diciembre del presente año.
Recortes de otro orden
Ya ahondado el asunto más grueso, referente al abultado engrase burocrático del Distrito, el Decreto de austeridad se ocupa de otras minucias administrativas. Por ejemplo, en el aspecto de selección de talento humano, el Distrito echará mano de Comisión Nacional del Servicio Civil -CNSC- para llevar a cabo todo el proceso.
De igual forma, en cuanto a las capacitaciones a sus funcionarios, se optará por unificar los cursos y demás actividades de ese orden, a todos los empleados del Distrito a los que competa. De ahí, que se evite, por ejemplo, contratar un proceso de capacitación para una sola secretaría o entidad. La idea es que todos los funcionarios puedan asistir a un único componente de aprendizaje, siempre y cuando, las competencias adquiridas, tengan una semejanza con las funciones a ejecutar por parte de los funcionarios.
Luego vienen el tema de las fotocopias y viáticos de viaje. En tal sentido, se priorizará la virtualidad y la digitalización de los documentos para ahorrar lo que más se pueda en gastos de papelería y traslado. Las camionetas, uno de los factores que siempre entran en discusión cuando de apretar el gasto público se habla, se destinará exclusivamente a los funcionarios de alto nivel administrativo.
Una buena senda
John Torres, economista con énfasis en gestión pública, refiere que el indicado de austeridad implementado por Galán es un “buen avance para frenar una de las goteras que más drenan el gasto público. La anterior administración incrementó la contratación por prestaciones de servicio y eso, a largo plazo, es un problema para las finanzas públicas”, sentenció.
Torres, recuerda como hubo un recorte similar entre la administración de Gustavo Petro y Enrique Peñaloza. “En aquella ocasión, el índice de gasto público en materia de contratación era exagerado. De hecho, ni se compara con el que le dejó Claudia López a Galán”. Respecto a las excepciones, por las que este diario le preguntó al experto, dado el margen de maniobra que tienen para saltar los topes estipulados, Torres respondió: “las autorizaciones vienen de los secretarios, y, en su gran mayoría, de la Secretaría General, que es la cartera competente para estos casos. Eso limita el orden de implicados en las autorizaciones y reduce el margen de corrupción u omisión de lo estipulado”.
Finalmente, el experto señala que en lo que respecta a los otros chorros de gasto, no hay ninguna novedad. “Son de todos modos gastos que siempre se tienden a limitar, y que, por lo general, cumplen con los índices de austeridad de las alcaldías”. Empero, el componente de publicidad, en el que se limita cualquier tipo de gasto para este rubro, que no posea un carácter meramente institucional, llama la atención del experto dado el socavón que le ha representado a algunos mandatarios para “favorecer su imagen a costa del erario”.
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