Nuevas reglas para obras de valorización en Bogotá: director del IDU las explica
En entrevista con El Espectador, el director del IDU explica el proyecto con el que el Distrito planea modificar el Estatuto de Valorización. Algunas de las propuestas son el pago de las obras cuando ya estén listas, descuentos a ciudadanos y un nuevo esquema de devoluciones.
Sara Caicedo
El Instituto de Desarrollo Urbano (IDU), junto a las secretarías de Hacienda y Movilidad, presentaron ante el Concejo de Bogotá un proyecto de acuerdo con el que pretende modificar el Estatuto de Valorización de la ciudad, el cual fue creado por el acuerdo 7 del año 1987, y que a la fecha cuenta con más 30 de años de antigüedad. El director del IDU, Diego Sánchez Fonseca, en entrevista con El Espectador, explicó de qué tratarían estas modificaciones y los puntos claves del proyecto:
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El Instituto de Desarrollo Urbano (IDU), junto a las secretarías de Hacienda y Movilidad, presentaron ante el Concejo de Bogotá un proyecto de acuerdo con el que pretende modificar el Estatuto de Valorización de la ciudad, el cual fue creado por el acuerdo 7 del año 1987, y que a la fecha cuenta con más 30 de años de antigüedad. El director del IDU, Diego Sánchez Fonseca, en entrevista con El Espectador, explicó de qué tratarían estas modificaciones y los puntos claves del proyecto:
¿Cuál es el fin del proyecto?
Han pasado muchas cosas desde el año en que se sacó ese Estatuto, por eso es importante su actualización en temas técnicos, socioambientales, políticos e institucionales. Por eso se está planteando esta propuesta de modificación del Estatuto y aprovechar también para incorporar algunos clausulados que son en este momento convenientes, dado las dificultades que ha habido con algunas de las obras que se han financiado recientemente con recursos de valorización.
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¿Es un nuevo Estatuto o solo la modificación de algunos puntos del que ya existe?
En parte sí es un nuevo Estatuto. El anterior está muy antiguo, sin actualizar. Esto realmente es un nuevo Estatuto que parte de tener los títulos generales en las definiciones y unos artículos que llevan al contenido principal que está relacionado con las metodologías de cobro de las zonas de influencia, del tipo de obras, etcétera.
¿Cuáles son los cambios principales?
Se está tratando de generar algunos criterios relacionados con una mejor planeación de las obras de valorización y en ese sentido, pues lo que se propone es que cuando una administración distrital presente un plan de obras para ser financiados con valorización, tengan que hacer obras que estén dentro del Plan de Desarrollo Distrital, o sea, las debe presentar la administración en el primer año de gobierno y decir estas obras son las que se ejecutarán con cargo a la fuente de valor. Y que están, lógicamente, también en el Plan de Ordenamiento Territorial (POT).
Otro aspecto que también se está incorporando es la necesidad de que se pueda cobrar durante o después de construidas las obras. Ha sido una práctica común en los últimos acuerdos de valorización de los últimos 20 años que se cobra antes y después se ejecuta la obra, aquí lo que se trata de dejar es una regla, y es que las obras primero hay que ejecutarlas y después cobrarlas. O si se ejecutan y están en obra, que al menos haya transcurrido un 50% de ejecución física de la obra. Excepcionalmente, se deja la opción de cobrar antes y ejecutar después, pero es como una solución, es una posibilidad excepcional.
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También quiere acabar con las incertidumbres de costos y plazos de ejecución
Sí, se está incorporando la obligación, y eso es muy importante para efectos de lo que es la maduración de los proyectos y para reducir las incertidumbres técnicas e incertidumbres en costo y plazo, que todos los proyectos que se presenten para ser financiados con el acuerdo valorización en su momento, cuando una administración lleve un acuerdo valorización, este Estatuto lo que dice es que deberán tener estudios y diseños de ingeniería de detalle aprobados por todas las entidades competentes y en empresas de servicios públicos, especialmente.
¿Habrá descuentos para quienes se vean impactados por la ejecución de la obra?
Se está incorporando unos artículos relacionados con descuentos, especialmente descuentos para aquellos propietarios que están sobre la zona directa del frente de obra. Es decir, para aquellos comercios que están frente a la polisombra, por así decirlo de esa manera, que se puedan ver afectados por el tiempo que dure la construcción, pues se les está dejando en el Estatuto la posibilidad de que en el momento en que se presente un proyecto de valorización, esos propietarios, esos comercios, tengan un descuento hasta el 10% del valor de la contribución.
¿Qué pasará con aquellas obras que no se terminan?
Cuando una obra se declara incumplida, se declara la caducidad o se termina de forma normal, lo que dice es que se podrá tomar dos decisiones: terminar la obra con otro contratista o devolver los recursos de la valorización.
Y también se están incorporando algunos clausulados asociados al tema de la participación ciudadana que debe estarse dando en todas las fases del proyecto, como las de diseño y de obra, y haciendo seguimiento y control social a los recursos con los que se piensa ejecutar las diferentes obras de valorización.
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Si el proyecto llega a ser aprobado en el Consejo, ¿desde cuándo se comenzará a aplicar estos cambios?
Si llega a ser aprobado, pues inmediatamente hay artículos que pueden ser aplicados porque tienen que ver con antiguos valorizaciones en los que no se hayan ejecutado hasta el momento las obras, podría y de acuerdo al Estatuto, procede la administración distrital a devolver los recursos de valorización que se cobraron si la obra definitivamente ya no se va a ejecutar. Entonces ahí empezaría a aplicar.
Pero realmente va a empezar a aplicarse para los próximos acuerdos de valorización que se lleven por parte de la administración distrital al Concejo de Bogotá.
Y cuando se habla de que las obras se ejecutarán primero y después se cobrarán, eso significa que al momento en que se presente en el Plan Distrital de Desarrollo el plan de obras de valorización, automáticamente se está presentando un cupo para que la administración distrital (encabeza de la Secretaría de Hacienda) tenga la fuente para financiar esas obras.
Es decir, estaría tomando parte del marco fiscal para poder ejecutar esas obras, entonces ahí estamos hablando de que realmente sí tiene que tener financiación por parte de la administración distrital y después cobrar las obras ejecutadas.
Si se aprueba, ¿qué pasa con las obras ya están programadas? ¿Tendrían cambios?
Pues no aplica directamente para las que ya tienen compromisos contractuales. Todas las obras que ya tengan contratos suscritos y que tengan un compromiso de ejecución, pues esas obras sí seguirán desarrollándose como vienen a menos que se dé de pronto una caducidad o una terminación anticipada, y en ese caso, el Estatuto propone dos opciones: que se vuelva a contratar la obra o que se devuelva el valor de lo que se haya recaudado por liquidado en función de lo que ya se haya ejecutado.
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Finalmente, ¿estás modificaciones para qué tipo de obras aplican?
Pues esto aplica para todo tipo de obras públicas que se presenten por parte de la administración distrital en el momento de presentar un Plan Distrital de Desarrollo, puede ser para obras viales y parques. O como ha sido también en el último acuerdo, para las edificaciones asociadas a temas de recreación o deporte. Eso es como lo principal del nuevo Estatuto de Valorización.
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