ABC del nuevo modelo de gestión de residuos de construcción y demolición en Bogotá
A través del decreto 507 de 2023, la Alcaldía de Bogotá, junto a la Secretaría de Ambiente, planean adoptar un modelo para la gestión de estos materiales, los cuales representan más de cuatro millones de toneladas al año. Conozca los nuevos lineamientos que incluye incentivos para quienes los cumplan.
Sara Caicedo
Cada mes en Bogotá, la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP) recoge en las calles alrededor de 22.000 toneladas de residuos de construcción y demolición. Estos, junto a más de cuatro millones de toneladas de ese material, van a parar a tres sitios de disposición final; tres centros de tratamiento y aprovechamiento; y 19 puntos donde se recuperan. Hoy, con la intención de mejorar su manejo, se adopta el decreto 507 de 2023, un nuevo modelo para la gestión de estos residuos.
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Cada mes en Bogotá, la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP) recoge en las calles alrededor de 22.000 toneladas de residuos de construcción y demolición. Estos, junto a más de cuatro millones de toneladas de ese material, van a parar a tres sitios de disposición final; tres centros de tratamiento y aprovechamiento; y 19 puntos donde se recuperan. Hoy, con la intención de mejorar su manejo, se adopta el decreto 507 de 2023, un nuevo modelo para la gestión de estos residuos.
El nuevo documento, que fue firmado el pasado 31 de octubre por la alcaldesa de Bogotá, Claudia López, y la secretaria de Ambiente, Carolina Urrutia Vásquez, crea una nueva hoja de ruta para su manejo.
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Lo primero que debe saber es que con este decreto el Distrito planea adoptar un modelo y lineamientos, con la intención de prevenir y reducir la cantidad en la que se generan estos residuos, asimismo, “maximizar la incorporación de materiales al ciclo productivo, minimizar la disposición final de residuos y promover la cohesión de actores de la cadena”, dice el documento.
Este decreto aplica para todas las personas que generen, recolecten, transporten, almacenen, traten, aprovechen y dispongan los residuos de construcción y demolición en Bogotá.
¿De qué trata el modelo?
“Tienen como propósito articular las acciones públicas y privadas, vinculadas a la gestión de éstos en Bogotá, con el fin de lograr la reducción en la generación, aumento de la valorización en la mayor cantidad posible, disminuyendo al máximo el porcentaje de las fracciones no aprovechables que se llevan a la disposición final”, señala el decreto.
Asimismo, busca integrar a los sectores ambientales, sociales y económicos, que tienen que ver en la cadena de gestión de los residuos. Esto, bajo los siguientes principios:
Un plan de manejo ambiental de residuos de contrucción y demolicion en obras públicas y privadas; la valorización de los materiales para disminuir el consumo de recursos naturales en la construcción; y apartir de eso, nuevos productos y materiales para implementarlos en modelos de economía circular.
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También la disposición final del material no aprovechable en sitios autorizados; la integración en la gestión de materiales a los agentes de la cadena, para minimizar residuos, lograr una correcta separación y su reincorporación al ciclo productivo; y mecanismos de evaluación, control y seguimiento sobre la cadena de gestión, entre otros.
Las líneas del modelo
Son distintas líneas con las que se pretende cumplir con metas a corto plazo (de 1 a 4 años), mediano plazo (de 5 a 8 años), y largo plazo (mayor a 8 años).
Y las líneas son: prevención, circularidad, implementación del modelo de gestión, desarrollo de infraestructuras de gestión; evaluación, control y seguimiento ambiental; investigación, desarrollo e innovación tecnológica; promoción de mecanismos e incentivos para la gestión de residuos de construcción y demolición (RCD); y la actualización, evaluación y seguimiento al modelo de gestión de RCD.
Estas líneas también incluyen acciones que en el decreto se leen así:
- Dinamizar la incorporación de criterios de ecodiseño en los sectores productivos afines con el sector de la construcción.
- Estimular en el sector de la construcción y/o demolición y/o mejoras locativas, la responsabilidad social individual ambiental y empresarial para el manejo integral de los RCD.
- Caracterizar y establecer estándares de uso de los materiales producto de la valorización de RCD.
- Incentivar en las compras públicas el uso de materiales elaborados a partir del tratamiento y/o aprovechamiento de RCD.
- La consolidación de los agentes de la gestión, el diseño e implementación de las infraestructuras o equipamientos, así como de la puesta en marcha de las herramientas para la gestión y control.
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Por otra parte, también se planea implementar herramientas web y de registro ante la Secretaría Distrital de Ambiente, el Programa de Manejo Ambiental de RCD en obra y el instrumento ambiental de áreas degradadas por minería.
Mesa distrital de residuos de construcción y demolición en Bogotá
Este será un equipo que velará por la implementación del modelo. Asimismo, hará un seguimiento y una evaluación del plan de acción. Estará integrada por diferentes actores que tienen voz y voto, estos son:
Los o las secretarias delegadas de las secretarías de Ambiente, planeación y Hábitat; un representante de los alcaldes locales; y los o las directoras de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP) y del Desarrollo Urbano (IDU).
“La mesa, de conformidad con sus determinaciones, podrá invitar a sus reuniones a miembros o representantes del sector de la construcción, organizaciones de la sociedad civil y demás actores que participan en la cadena de gestión de los RCD en la ciudad, quienes únicamente podrán tener voz en la mesa”, dice el documento.
Y algunos de sus deberes son promover estudios e investigaciones “para tipificar y cuantificar los RCD que se generan en las actividades constructivas adelantadas en la ciudad, así como generar una clasificación oficial de estos residuos para facilitar su aprovechamiento y tratamiento”.
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También promover la creación de productos reciclados hechos con estos residuos. Y apoyar los diseños e implementación de campañas informativas, los criterios para la operación y funcionamiento de los Puntos Limpios, entre otras funciones.
Otros detalles del modelo
Quienes generen residuos de construcción y demolición deberán implementar medidas de prevención y reducción de generación de estos materiales; calcular desde un inicio la cantidad de materiales que se necesitan para ejecutar la obra; vitar la pérdida de los materiales de construcción en el acopio e instalación de estos; y usar materiales con mayor vida útil, entre otros.
“Las obras podrán realizar entrega de material aprovechable, incluidas las tierras limpias de excavación, para el uso en restauración ecológica, arborización y/o mantenimiento de arbolado urbano a instituciones del D.C. La entrega de dicho material deberá estar debidamente soportada con un documento que la certifique por parte de la entidad receptora”, menciona el decreto.
Además, cuando haya obras en espacios públicos, los encargados tendrán hasta 24 horas de plazo para almacenar estos materiales. Y en cuanto al aprovechamiento, deberán contar “con áreas de recepción y sistemas de pesaje, área de separación y almacenamiento de RCD, área de aprovechamiento, y área de almacenamiento de productos y almacenamiento de residuos no aprovechables descartados en el proceso”.
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Frente a las áreas especiales para la disposición de los residuos, será el Distrito quien las elija. Asimismo, estos puntos deberán contar con un sistema de pesaje, barreras para evitar impacto visual o dispersión de partículas, y antes del inicio de las operaciones, los encargados deben tramitar un registro ante la Secretaría de ambiente.
Obligaciones de los generadores de RCD
De acuerdo con el decreto, los encargados deben cumplir con el registro y PIN que los identifica como generador de residuos; deberá reportar en tiempo real, cada una de las entregas de residuos al gestor de residuos; e implementar medidas de prevención y reducción de RCD.
También deben “revisar y garantizar la legalidad de los gestores a quien se les entregan los RCD y reportar a la Secretaría Distrital de Ambiente cualquier anormalidad detectada en alguno de los gestores, para ello deberá verificar en la página web de la autoridad ambiental, el directorio donde se relacionan los gestores registrados, adicionalmente para los gestores transportadores la verificación se podrá realizar a través del uso de código QR o placa del(los) vehículo(s) que presta(n) el servicio”.
Y cumplir con la guía ambiental para el sector de la construcción, las metas de aprovechamiento y circularidad para todos los generadores, y deberá solicitar el cierre del PIN como generador de residuos.
Pagos por cumplir el modelo
Los generadores de residuos que cumplan con el modelo tendrán incentivos por parte del Distrito, de acuerdo con el decreto, estos son:
“Las obras que realizan entrega a instituciones del Distrito Capital de tierras limpias de excavación (ej. tierra negra) que no estén contaminadas o materiales reciclados obtenidos del tratamiento y/o aprovechamiento de RCD para el uso en restauración ecológica, arborización y/o mantenimiento de arbolado urbano, adecuación de zonas duras, se les reconocerá la cantidad entregada para que sea sumada como material valorizado en los cálculos de la meta de circularidad de RCD”.
Por su parte, “las obras que entreguen RCD pétreos a plantas móviles de tratamiento y/o aprovechamiento para la elaboración de nuevos insumos, elementos o materiales al interior de la obra; podrán contabilizar los residuos ingresados a estas plantas para la meta de aprovechamiento y los insumos, elementos o materiales obtenidos se podrán contabilizar dentro del porcentaje de circularidad, previa entrega del soporte de balance de masa aportado por el gestor”.
Cabe recordar que este modelo también maneja unas metas de cumplimientos para los generadores de residuos. Al 1° de enero de 2025, la meta de aprovechamiento debe ser del 40%; en el 2026, del 50%; en el 2027, del 55%; en el 2028, del 60%, en el 2029, del 70%; y en el 2023, del 75%.
Finalmente, los generadores de residuos deberán cumplir con esta meta. Y “se calculará para el año de terminación del proyecto sin tener en cuenta los productos de excavación y sobrantes de la adecuación del terreno. Lo anterior no exime al generador de la obligación de gestionar la totalidad de sus residuos y de realizar el máximo aprovechamiento posible a través de plantas de tratamiento y/o aprovechamiento, sin perjuicio del cumplimiento de las metas de aprovechamiento”, concluye el decreto.
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