Las tarifas que deberá pagar si consume más agua de la que necesita
El Acueducto de Bogotá reveló los sobrecargos que se cobrarán en la factura de agua para los hogares que consuman más de 22 metros cúbicos mensuales (44 bimestrales).
Ya quedaron definidos los sobrecargos que deberán pagar los hogares que no apliquen las medidas de ahorro del líquido vital. Mientras el sistema de embalses de Chingaza continúa descendiendo, y las lluvias por ahora no llegan con la intensidad requerida, el Distrito tiene el objetivo de desincentivar el consumo de agua en la ciudad.
Más información sobre Bogotá: Capturan en el sur de Bogotá a una de las mujeres más buscadas a nivel nacional.
En el marco de la estrategia de ahorro, el Alcalde Carlos Fernando Galán informó la imposición de cobros adicionales a los hogares que excedieran el consumo de 22 metros cúbicos de agua al mes (44 m³ según el corte del recibo, que es bimestral).
Dos días después del anuncio, el Acueducto de Bogotá amplió más información sobre esta medida, y publicó las tarifas exactas que deberán pagar los predios que excedan dicho límite.
Por tal motivo, el cobro adicional para los hogares que superen los 22 metros cúbicos mensuales se verá reflejado en la factura que llegará a los predios en el mes de junio. Asimismo, las tarifas que dictaminó la empresa serán aplicadas de manera general, sin importar el estrato socioeconómico del hogar.
Dicho lo anterior, el cobro adicional para quienes no se acojan a las medidas de ahorro, serán las siguientes:
- Bogotá: $3.380,84 por m3 superior al límite de 22 m³ mensuales.
- Soacha: $3.105,39 por m3 superior al límite.
- Gachancipá: $2.384,24, por m3 superior al límite.
- Tocancipá y Zipaquirá: $2.082,39, por m3 superior al límite.
En consecuencia, por cada metro cúbico que los hogares excedan en su consumo de agua, una vez superados los 22 m³ mensuales, serán agregados al valor total de la factura.
Vale la pena resaltar, que los recursos que se recauden no representan mayores ingresos de la Empresa y deberán ser transferidos al Fondo Nacional Ambiental del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Esta medida adoptada por la EAAB-ESP exceptúa a los inquilinatos, entidades sin ánimo de lucro que reciben un servicio especial, multiusuarios, a los usuarios de áreas comunes de inmuebles residenciales bajo el régimen de propiedad horizontal.
Otras multas
Paralelamente a lo anterior, las personas que sean denunciadas o sorprendidas despilfarrando el recurso, lavando sus vehículos en vía pública, serán multadas con $700.000. En caso de ser reincidentes, la multa puede incrementar a $1,200.000, conforme a lo estipulado al código de seguridad y convivencia.
Información relacionada: ¿Qué barrios y municipios tienen racionamiento este 17 de abril? les contamos.
Para conocer más noticias de la capital y Cundinamarca, visite la sección Bogotá de El Espectador.
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Dos días después del anuncio, el Acueducto de Bogotá amplió más información sobre esta medida, y publicó las tarifas exactas que deberán pagar los predios que excedan dicho límite.
Por tal motivo, el cobro adicional para los hogares que superen los 22 metros cúbicos mensuales se verá reflejado en la factura que llegará a los predios en el mes de junio. Asimismo, las tarifas que dictaminó la empresa serán aplicadas de manera general, sin importar el estrato socioeconómico del hogar.
Dicho lo anterior, el cobro adicional para quienes no se acojan a las medidas de ahorro, serán las siguientes:
- Bogotá: $3.380,84 por m3 superior al límite de 22 m³ mensuales.
- Soacha: $3.105,39 por m3 superior al límite.
- Gachancipá: $2.384,24, por m3 superior al límite.
- Tocancipá y Zipaquirá: $2.082,39, por m3 superior al límite.
En consecuencia, por cada metro cúbico que los hogares excedan en su consumo de agua, una vez superados los 22 m³ mensuales, serán agregados al valor total de la factura.
Vale la pena resaltar, que los recursos que se recauden no representan mayores ingresos de la Empresa y deberán ser transferidos al Fondo Nacional Ambiental del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Esta medida adoptada por la EAAB-ESP exceptúa a los inquilinatos, entidades sin ánimo de lucro que reciben un servicio especial, multiusuarios, a los usuarios de áreas comunes de inmuebles residenciales bajo el régimen de propiedad horizontal.
Otras multas
Paralelamente a lo anterior, las personas que sean denunciadas o sorprendidas despilfarrando el recurso, lavando sus vehículos en vía pública, serán multadas con $700.000. En caso de ser reincidentes, la multa puede incrementar a $1,200.000, conforme a lo estipulado al código de seguridad y convivencia.
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