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La reforma a la salud propone eliminar por completo la integración vertical en salud (Art. 48), esto es que, que una EPS o mejor sus dueños no puedan ser propietarios de prestadores de servicios, y que si ya los poseen tendrían un plazo de dos años para venderlos. Esta práctica estaba limitada al 30% bajo el argumento de que desmejora la calidad de la atención y favorece a sus propios prestadores al limitar la competencia, que inclusive han calificado de corrupta.
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Cuando se analiza el caso de Bogotá se encuentra que el Distrito es dueño de la EPS Capital Salud que afilia casi al 100% de las personas pobres de la ciudad (un millón), y además es propietario de 22 hospitales públicos organizados en cuatro subredes. Estos en total poseen alrededor de 3.400 camas hospitalarias, que representan el 25% de todas las que posee la ciudad.
Bajo las consideraciones anteriores, habría que preguntarse si esta medida, tal como está propuesta se llegase a aplicar en Bogotá ¿a quién piensan venderle o entregarle los 22 hospitales públicos? ¿Pasaría lo mismo que se hizo con el Seguro Social, Cajanal y Caprecom que tuvieron que vender, o mejor regalar, sus clínicas en todo el país?
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Como muy seguramente eso no va a suceder porque sería considerado una privatización, contraria a la ideología de este gobierno, ¿cuál sería entonces la razón para que esta medida se aplicase a unos actores sí y a otros no?, o ¿es que definitivamente piensan acabar con todas las EPS para que no sean acusados de asumir un trato discriminatorio que no tiene ninguna justificación legal ni técnica?
Habría igualmente que preguntarle al alcalde de la ciudad si tiene entre sus planes liquidar su EPS Capital Salud como única alternativa para evitar incurrir en una prohibición impuesta por la ley. Si esa fuese la idea, ¿cómo se garantizaría la financiación de la red pública de salud de la ciudad que hoy depende en un 70% de su propia EPS?
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Medellín y Antioquia estarían en las mismas circunstancias, al ser ambas entidades territoriales las dueñas de la EPS pública Savia Salud. De igual manera, la Nueva EPS que es de propiedad mayoritaria del gobierno nacional, estaría impedida para contratar con prestadores de servicios que son igualmente de propiedad de la nación, como el Instituto Nacional de Cancerología y el Centro Dermatológico.
Esto es un absurdo que podría llevar a limitar aún más la insuficiente infraestructura en salud del país, con lo que se quiere argumentar sin sustento que es malo que un privado sea dueño de una clínica y una EPS al mismo tiempo, pero no lo es cuando se trata del Estado. Esta es una medida arbitraria que le da un trato desigual injustificado a actores públicos y privados que intervienen en el campo de la salud, algo que la Constitución (artículo 49) permite hacer. Otra salida en falso más.
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