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La población recicladora de Bogotá y, en general, la de todo el país, celebra ingenuamente la expedición del Decreto Nacional 1381 de noviembre 14 de 2024, mediante el que se establece por 15 años la exclusividad de la actividad de aprovechamiento en favor de las organizaciones de recicladores de oficio y se redefine el esquema operativo de la prestación de este servicio.
Además, se prevé, una vez más, un régimen de regularización de estas organizaciones como prestadores de cara al hecho inocultable de que lo previsto en el Decreto Nacional 596 de abril 11 de 2016 fracasó en tal propósito. El recientemente decreto expedido, además de ser notoriamente contrario a la ley y a la Constitución, también fracasará porque tiene las mismas y, hasta mayores, falencias que el decreto anterior.
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Entre los años 2018 y 2024 los bogotanos han pagado vía tarifa del servicio público de aseo un poco más de un (1) billón de pesos por la actividad de aprovechamiento que se realiza al día de hoy por seres humanos en condiciones deplorables que cualquiera sin el menor esfuerzo puede advertir.
Lo anterior, obliga esta pregunta: ¿Quiénes están aprovechándose de los multimillonarios recursos tarifarios que se pagan por el servicio de aprovechamiento de residuos? Dirán algunos que son las empresas prestadoras del servicio de aseo de residuos ordinarios no aprovechables.
No es así. Ellas, efectivamente, recaudan los dineros por el pago de las tarifas que hacen los usuarios, pero conforme a lo señalado en el Decreto 596 y, ahora, en el Decreto 1381, trasladan esos dineros a las asociaciones de recicladores de Bogotá, que no es precisamente lo mismo que a los recicladores de oficio que hacen materialmente la actividad.
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La más perversa falencia de esta reglamentación nacional consiste en confundir conceptos como la economía circular con el reciclaje y la segregación de residuos con los de la gestión integral de residuos, basura cero y la prestación del servicio de aseo; y, a partir de ello, prever regímenes como los que contienen los decretos referidos que supuestamente procuran mejorar las condiciones de la población recicladora a sabiendas de que ello no ocurrirá porque se parte de un notorio yerro conceptual de suma envergadura.
El profesor de Economía Circular Aplicada y Economía Regenerativa de la Universidad de Harvard, Manuel Maqueda, resume lo propio así: “La Economía Circular no es la economía del reciclaje”. Es verdad que todos esos conceptos se refieren a residuos, pero no puede perderse de vista que tienen contenidos y alcances abismal y notoriamente diferentes.
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Me atrevo a sugerir que el Gobierno Nacional de 2016 y el de 2024 han actuado de mala fe o, en el mejor de los casos, con un desconocimiento en la materia que no les resulta excusable, cuando expiden decretos de esta naturaleza que terminan beneficiando probablemente más a quienes dirigen las asociaciones pero no propiamente a los asociados -los recicladores, que en realidad son segregadores- y, en últimas, a la industria que compra ese material -los residuos- a un precio más bajo gracias al subsidio que vía tarifa terminan asumiendo los usuarios del servicio de aseo y, con ello, desdibujando la responsabilidad extendida que debe tener el industrial por los residuos que se generan a partir de sus productos.
El llamado al Gobierno Nacional es para que reoriente el errado sendero que sigue. Basta que revise el Código Nacional de Recursos Naturales de 1974 en el que desde entonces se distingue con nitidez lo propio y, entre tanto, ejerza con urgencia supervisión estricta sobre el manejo que hacen de los recursos de tarifas las asociaciones de recicladores de Bogotá.