Opinión: Relleno Sanitario Doña Juana, perder es perder
El laudo arbitral emitido la semana pasada para resolver una controversia entre la UAESP y el Centro de Gerenciamiento de Residuos Doña Juana SA ESP -CGR Doña Juana- deja varias lecciones y retos a la administración distrital. Este pleito por ahora termina, pero el contrato sigue y la incertidumbre sobre el manejo de los residuos no aprovechables -basuras- es latente.
Ricardo Felipe Herrera Carrillo
El alboroto por una billonaria condena en favor de CGR Doña Juana lo generó la administración. En su oportunidad, la ex directora de la UAESP, Luz Amanda Camacho, imputada hoy por la Fiscalía, y luego la propia alcaldesa López, se dieron a la errada tarea de plantear el debate de un pleito jurídico en los medios. Seguramente motivadas por el temor de tener una frágil argumentación de defensa.
La zozobra sobre una eventual y billonaria condena corrió por cuenta de los servidores públicos, llegándose a vilipendiar innecesariamente al contradictor y a los jueces -árbitros- llamados a resolver el pleito. La condena no fue billonaria y eso alivia la carga de los bolsillos de los contribuyentes, pero se produjo una condena y multimillonaria: $64.500 millones de pesos. Cifra que, paradójicamente, tiene contenta a la alcaldesa. No comprendo la razón para estarlo.
Más información: Doña Juana: ¿qué vamos a hacer con las 7.500 toneladas de residuos diarios?
Como la UAESP presentó demanda de reconvención -demandó en el mismo proceso a CGR- también se obtuvo una condena en contra de CGR por $4.132 millones de pesos. Lo que en estricto sentido significa que ambas partes fueron declaradas incumplidas, pero los efectos económicos de esos incumplimientos resultaron cuantiosamente más onerosos para el erario. Lejos está que las Partes hayan quedado en tablas -empate-, porque es matemáticamente obligado concluir, luego de cruzar las condenas, que resulta un multimillonario saldo ($60.368 millones de pesos) en favor del concesionario.
El Laudo precisa de manera inequívoca que la UAESP “incumplió la ley y el contrato” y esos incumplimientos “produjeron la ruptura del equilibrio económico y financiero del Contrato de Concesión No. 344 de 2010 y ocasionaron daños y perjuicios a la sociedad CENTRO DE GERENCIAMIENTO DE RESIDUOS DOÑA JUANA S.A., E.S.P.”. Así, la primera lección es que la agresión de la alcaldesa a los árbitros fue indebida e innecesaria. Esa estrategia nunca podrá ocultar la existencia de incumplimientos como los declarados por los árbitros ni los efectos económicos generados y encontrados probados por estos.
LEA: Familia peruana clama a Colombia que extraditen al feminicida de su hija
La segunda lección, pasa por recordar que la UAESP no puede exigir actividades que no sufraga la tarifa del servicio de aseo. De hacerlo, debe prever la fuente para sufragarlas. La tercera lección nace de la necesidad de reconocer que la actitud pendenciera y de oídos sordos de la UAESP frente a los reclamos de los contratistas, evitando analizarlos y resolverlos con oportunidad y rigor, flaco favor le hace al cumplimiento de los fines del Estado, cuando no es otro el propósito de los contratos estatales.
Por ello, el primer reto consiste en la imperiosa necesidad de reformular el relacionamiento que tiene la UAESP con sus contratistas, incluido CGR Doña Juana, quién seguirá siendo su contratista un tiempo más. El lapso que resta del contrato, conforme al laudo, se soporta ahora en una definición técnica, a partir de la capacidad de disposición de residuos en las zonas licenciadas ambientalmente. Esta labor es exclusiva del concesionario y del ámbito de la autoridad ambiental.
El segundo reto consiste en que la UAESP y la propia alcaldesa de manera rigurosa actúen frente al futuro del relleno sanitario. No basta con cambiar el nombre del relleno por “Parque de Innovación Doña Juana” y menos adelantar improvisados proyectos como la fallida Licitación de la Planta de Termovalorización. El RS Doña Juana está llamado a funcionar muchos años más, sin perjuicio que se incorporen complementarias y sostenibles tecnologías para el aprovechamiento y tratamiento de residuos.
Los rellenos sanitarios no son responsables de producir basuras. Son los empaques de los productos de la industria y el irresponsable consumismo. Las tarifas de aseo envían señales contradictorias. La gestión de residuos escapa al ámbito del servicio de aseo.
El alboroto por una billonaria condena en favor de CGR Doña Juana lo generó la administración. En su oportunidad, la ex directora de la UAESP, Luz Amanda Camacho, imputada hoy por la Fiscalía, y luego la propia alcaldesa López, se dieron a la errada tarea de plantear el debate de un pleito jurídico en los medios. Seguramente motivadas por el temor de tener una frágil argumentación de defensa.
La zozobra sobre una eventual y billonaria condena corrió por cuenta de los servidores públicos, llegándose a vilipendiar innecesariamente al contradictor y a los jueces -árbitros- llamados a resolver el pleito. La condena no fue billonaria y eso alivia la carga de los bolsillos de los contribuyentes, pero se produjo una condena y multimillonaria: $64.500 millones de pesos. Cifra que, paradójicamente, tiene contenta a la alcaldesa. No comprendo la razón para estarlo.
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Como la UAESP presentó demanda de reconvención -demandó en el mismo proceso a CGR- también se obtuvo una condena en contra de CGR por $4.132 millones de pesos. Lo que en estricto sentido significa que ambas partes fueron declaradas incumplidas, pero los efectos económicos de esos incumplimientos resultaron cuantiosamente más onerosos para el erario. Lejos está que las Partes hayan quedado en tablas -empate-, porque es matemáticamente obligado concluir, luego de cruzar las condenas, que resulta un multimillonario saldo ($60.368 millones de pesos) en favor del concesionario.
El Laudo precisa de manera inequívoca que la UAESP “incumplió la ley y el contrato” y esos incumplimientos “produjeron la ruptura del equilibrio económico y financiero del Contrato de Concesión No. 344 de 2010 y ocasionaron daños y perjuicios a la sociedad CENTRO DE GERENCIAMIENTO DE RESIDUOS DOÑA JUANA S.A., E.S.P.”. Así, la primera lección es que la agresión de la alcaldesa a los árbitros fue indebida e innecesaria. Esa estrategia nunca podrá ocultar la existencia de incumplimientos como los declarados por los árbitros ni los efectos económicos generados y encontrados probados por estos.
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La segunda lección, pasa por recordar que la UAESP no puede exigir actividades que no sufraga la tarifa del servicio de aseo. De hacerlo, debe prever la fuente para sufragarlas. La tercera lección nace de la necesidad de reconocer que la actitud pendenciera y de oídos sordos de la UAESP frente a los reclamos de los contratistas, evitando analizarlos y resolverlos con oportunidad y rigor, flaco favor le hace al cumplimiento de los fines del Estado, cuando no es otro el propósito de los contratos estatales.
Por ello, el primer reto consiste en la imperiosa necesidad de reformular el relacionamiento que tiene la UAESP con sus contratistas, incluido CGR Doña Juana, quién seguirá siendo su contratista un tiempo más. El lapso que resta del contrato, conforme al laudo, se soporta ahora en una definición técnica, a partir de la capacidad de disposición de residuos en las zonas licenciadas ambientalmente. Esta labor es exclusiva del concesionario y del ámbito de la autoridad ambiental.
El segundo reto consiste en que la UAESP y la propia alcaldesa de manera rigurosa actúen frente al futuro del relleno sanitario. No basta con cambiar el nombre del relleno por “Parque de Innovación Doña Juana” y menos adelantar improvisados proyectos como la fallida Licitación de la Planta de Termovalorización. El RS Doña Juana está llamado a funcionar muchos años más, sin perjuicio que se incorporen complementarias y sostenibles tecnologías para el aprovechamiento y tratamiento de residuos.
Los rellenos sanitarios no son responsables de producir basuras. Son los empaques de los productos de la industria y el irresponsable consumismo. Las tarifas de aseo envían señales contradictorias. La gestión de residuos escapa al ámbito del servicio de aseo.