Opinión: Revitalización urbana y patrimonio cultural, reflexiones del nuevo POT
El POT de Bogotá: ¿cómo se ha usado en las últimas décadas la revitalización urbana para impulsar el desarrollo de la capital?
Adriana María Suárez Mayorga / Vasco Barbosa
La expedición del Decreto 555 de 29 de diciembre de 2021 ha ocasionado numerosas controversias, que han puesto al descubierto la importancia de comprender de qué manera ha sido utilizada en las últimas dos décadas la revitalización urbana para impulsar el desarrollo de la capital colombiana.
Hay que señalar dos cuestiones al respecto: la primera, que en los Planes de Ordenamiento Territorial de Bogotá la revitalización urbana ha estado ligada a la protección y conservación del patrimonio cultural de la ciudad. La segunda, que historiográficamente dicho término ha sido asociado con la administración de Gustavo Petro y específicamente, con el Decreto 364 de 2013 o MEPOT.
Las investigaciones realizadas sobre el tema usualmente emplean el término renovación urbana para hacer referencia a los Decretos 619 de 2000, 469 de 2003 y 190 de 2004, pero lo que se denota al analizar los POT bogotanos, desde una perspectiva comparada, es que la revitalización urbana se encuentra en el origen de la norma. Testimonio de lo anterior es que la “revitalización” del “centro metropolitano” fue incluida en el Decreto 619 de 2000, dentro de “las estrategias de ordenamiento del territorio urbano” (Artículo 63).
Mirada en clave histórica, la tendencia de los distintos POT de Bogotá (incluyendo en este ámbito al Decreto 364 de 2013 y a la propuesta de POT de 2019) ha sido priorizar las intervenciones en el centro de la ciudad y sus zonas aledañas, con el fin de llevar a cabo proyectos de renovación/revitalización urbana, encauzados a proteger y conservar el patrimonio cultural capitalino, a la par que se mejoran sus condiciones de habitabilidad a través de la construcción de viviendas destinadas a garantizar tanto la permanencia de los residentes tradicionales, como la llegada de nuevos residentes.
Los diversos estudios publicados sobre esta temática (sean de carácter institucional, académico, etc.) han hecho hincapié en las contradicciones que ha encerrado este proceso, debido a que las intervenciones adelantadas: i) no han impedido el deterioro de los Bienes de Interés Cultural (BIC) y de los entornos en los que se encuentran; ii); han generado gentrificación, y iii) han fallado en incentivar el disfrute del patrimonio como bien cultural y símbolo de identidad para los bogotanos.
La situación descrita faculta para hacer algunas reflexiones sobre el Decreto 555 de 2021. Interesa recalcar que este POT -cuya cercanía con los postulados de la MEPOT es evidente- confirma la tendencia observada en los planes precedentes con respecto a la revitalización urbana, con la salvedad de que generaliza el concepto a toda la ciudad y no únicamente al área central (Téngase en cuenta que en el Decreto 555 de 2021, el tratamiento de renovación urbana se concreta mediante la modalidad de revitalización, artículo 301).
En concreto, allí se estipula que dentro de las “Políticas de largo plazo del ordenamiento territorial del Distrito Capital” se encuentra la “Política de revitalización urbana y protección a moradores y actividades productivas”, la cual se dirige a “intervenir estratégicamente” el territorio, “vinculando las dinámicas patrimoniales, ambientales, sociales y culturales para proteger y garantizar la permanencia y calidad de vida de los pobladores originales de la zona de intervención” (Artículo 3).
Inscrito en este marco, uno de los objetivos a cumplir en relación con el patrimonio cultural es “revitalizar la ciudad a través de intervenciones y proyectos de calidad”, “incentivando la producción de vivienda” y generando “soluciones habitacionales” que “promuevan la conservación de los barrios y edificios de importancia arquitectónica y urbanística” (Artículo 5).
Vale anotar que, en su formulación, el Decreto 555 de 2021 presenta una novedad frente a los POT anteriores, al crear la Estructura Integradora de Patrimonios (EIP), como la estructura territorial que establece “las pautas” y orienta “la actuación del suelo urbano y rural”, en materia patrimonial (Artículo 40). De hecho, una de las estrategias de la EIP es “emprender acciones para la revitalización de los Sectores de Interés Urbanístico, y la recuperación y reúso de los Bienes de Interés Cultural, con el fin de atraer y procurar la permanencia de habitantes y moradores” (Artículo 81).
El lenguaje empleado en la norma es, en este sentido, diciente: primero, la revitalización urbana, y después, la protección a moradores; primero, la atracción de nuevos habitantes y residentes, y después el procurar la permanencia de habitantes y residentes de larga data.
La apuesta del Decreto 555 de 2021, para lograr “la protección de moradores y actividades productivas en zonas objeto de revitalización urbana”, se basa en cinco “principios rectores” encaminados -entre otras cuestiones- a mitigar los impactos de los proyectos (por ejemplo, los procesos de exclusión) y a limitar “la gentrificación” (Artículo 372).
Empero, el panorama se torna preocupante al conocer cuáles son las obligaciones que tienen “los desarrolladores de acciones o actuaciones urbanísticas”, con respecto a los moradores y cuáles son los incentivos que se le otorgan a esos moradores para que se vinculen a proyectos de revitalización urbana, ya que ambos artículos -el 375 y el 377, respectivamente-, permiten pensar en las múltiples posibilidades contempladas en la norma para incumplir dichos principios.
La invitación, en suma, es a que todos los ciudadanos leamos y discutamos el nuevo POT. Lo que está en juego no es solamente la ciudad de los próximos trece años, sino la calidad de vida (y quizás, la vida per se) de los bogotanos, hoy.
La expedición del Decreto 555 de 29 de diciembre de 2021 ha ocasionado numerosas controversias, que han puesto al descubierto la importancia de comprender de qué manera ha sido utilizada en las últimas dos décadas la revitalización urbana para impulsar el desarrollo de la capital colombiana.
Hay que señalar dos cuestiones al respecto: la primera, que en los Planes de Ordenamiento Territorial de Bogotá la revitalización urbana ha estado ligada a la protección y conservación del patrimonio cultural de la ciudad. La segunda, que historiográficamente dicho término ha sido asociado con la administración de Gustavo Petro y específicamente, con el Decreto 364 de 2013 o MEPOT.
Las investigaciones realizadas sobre el tema usualmente emplean el término renovación urbana para hacer referencia a los Decretos 619 de 2000, 469 de 2003 y 190 de 2004, pero lo que se denota al analizar los POT bogotanos, desde una perspectiva comparada, es que la revitalización urbana se encuentra en el origen de la norma. Testimonio de lo anterior es que la “revitalización” del “centro metropolitano” fue incluida en el Decreto 619 de 2000, dentro de “las estrategias de ordenamiento del territorio urbano” (Artículo 63).
Mirada en clave histórica, la tendencia de los distintos POT de Bogotá (incluyendo en este ámbito al Decreto 364 de 2013 y a la propuesta de POT de 2019) ha sido priorizar las intervenciones en el centro de la ciudad y sus zonas aledañas, con el fin de llevar a cabo proyectos de renovación/revitalización urbana, encauzados a proteger y conservar el patrimonio cultural capitalino, a la par que se mejoran sus condiciones de habitabilidad a través de la construcción de viviendas destinadas a garantizar tanto la permanencia de los residentes tradicionales, como la llegada de nuevos residentes.
Los diversos estudios publicados sobre esta temática (sean de carácter institucional, académico, etc.) han hecho hincapié en las contradicciones que ha encerrado este proceso, debido a que las intervenciones adelantadas: i) no han impedido el deterioro de los Bienes de Interés Cultural (BIC) y de los entornos en los que se encuentran; ii); han generado gentrificación, y iii) han fallado en incentivar el disfrute del patrimonio como bien cultural y símbolo de identidad para los bogotanos.
La situación descrita faculta para hacer algunas reflexiones sobre el Decreto 555 de 2021. Interesa recalcar que este POT -cuya cercanía con los postulados de la MEPOT es evidente- confirma la tendencia observada en los planes precedentes con respecto a la revitalización urbana, con la salvedad de que generaliza el concepto a toda la ciudad y no únicamente al área central (Téngase en cuenta que en el Decreto 555 de 2021, el tratamiento de renovación urbana se concreta mediante la modalidad de revitalización, artículo 301).
En concreto, allí se estipula que dentro de las “Políticas de largo plazo del ordenamiento territorial del Distrito Capital” se encuentra la “Política de revitalización urbana y protección a moradores y actividades productivas”, la cual se dirige a “intervenir estratégicamente” el territorio, “vinculando las dinámicas patrimoniales, ambientales, sociales y culturales para proteger y garantizar la permanencia y calidad de vida de los pobladores originales de la zona de intervención” (Artículo 3).
Inscrito en este marco, uno de los objetivos a cumplir en relación con el patrimonio cultural es “revitalizar la ciudad a través de intervenciones y proyectos de calidad”, “incentivando la producción de vivienda” y generando “soluciones habitacionales” que “promuevan la conservación de los barrios y edificios de importancia arquitectónica y urbanística” (Artículo 5).
Vale anotar que, en su formulación, el Decreto 555 de 2021 presenta una novedad frente a los POT anteriores, al crear la Estructura Integradora de Patrimonios (EIP), como la estructura territorial que establece “las pautas” y orienta “la actuación del suelo urbano y rural”, en materia patrimonial (Artículo 40). De hecho, una de las estrategias de la EIP es “emprender acciones para la revitalización de los Sectores de Interés Urbanístico, y la recuperación y reúso de los Bienes de Interés Cultural, con el fin de atraer y procurar la permanencia de habitantes y moradores” (Artículo 81).
El lenguaje empleado en la norma es, en este sentido, diciente: primero, la revitalización urbana, y después, la protección a moradores; primero, la atracción de nuevos habitantes y residentes, y después el procurar la permanencia de habitantes y residentes de larga data.
La apuesta del Decreto 555 de 2021, para lograr “la protección de moradores y actividades productivas en zonas objeto de revitalización urbana”, se basa en cinco “principios rectores” encaminados -entre otras cuestiones- a mitigar los impactos de los proyectos (por ejemplo, los procesos de exclusión) y a limitar “la gentrificación” (Artículo 372).
Empero, el panorama se torna preocupante al conocer cuáles son las obligaciones que tienen “los desarrolladores de acciones o actuaciones urbanísticas”, con respecto a los moradores y cuáles son los incentivos que se le otorgan a esos moradores para que se vinculen a proyectos de revitalización urbana, ya que ambos artículos -el 375 y el 377, respectivamente-, permiten pensar en las múltiples posibilidades contempladas en la norma para incumplir dichos principios.
La invitación, en suma, es a que todos los ciudadanos leamos y discutamos el nuevo POT. Lo que está en juego no es solamente la ciudad de los próximos trece años, sino la calidad de vida (y quizás, la vida per se) de los bogotanos, hoy.