Opinión: Si por Transmilenio llueve, en el taxismo no escampa
El servicio de transporte individual de pasajeros en vehículos de uso particular, gracias a las plataformas tipo Uber, corresponde a un servicio público, para lo que no tienen autorización legal. Las autoridades distritales y nacionales han omitido el cumplimiento de sus deberes para hacerle frente a esta irregular situación. La omisión de la administración distrital para ejercer eficazmente vigilancia y control a la actividad pone en riesgo a los pasajeros y el patrimonio público.
Ricardo Felipe Herrera Carrillo
Según datos del registro distrital automotor de la Secretaría Distrital de Movilidad, la Ciudad Capital, en 2021, contaba con 2´525.826 automotores, de los cuales, 48.587 corresponden a taxis, 466.929 a motocicletas, 1´901.395 vehículos de servicio particular y 108.915 de servicio público. En 2008, el total de automotores fue de 1´208.274, de los cuales, 52.101 correspondían a taxis, 143.891 a motocicletas, 911.793 a vehículos de servicio particular y 100.489 de servicio público.
No hay registro oficial, por lo menos con datos abiertos, del número de vehículos de servicio particular que prestan el servicio público de transporte individual de pasajeros; pero, según algunos representantes del sector, puede llegar a superar con creces el número de taxis legales que tiene hoy la ciudad.
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Estos datos evidencian varias situaciones: la primera, que la política pública distrital de desestimular el uso del vehículo particular no ha sido especialmente exitosa, entre 2008 y 2021 su número aumentó en el 109%; la segunda, el número de vehículos de servicio público de transporte individual de pasajeros -taxis- ha decrecido en un 7%; la tercera, de existir, el seguimiento y control por parte del distrito sobre los vehículos de servicio particular que prestan de manera irregular el servicio público de transporte individual de pasajeros (tipo Uber, etc.) parece ser particularmente ineficaz; y, la cuarta, un incremento del 225% en el número de motocicletas, como medio alternativo de transporte.
Desde la llegada de las plataformas tipo Uber, el servicio de transporte público individual de pasajeros autorizado -taxis-, ha debido enfrentar una competencia que, por donde se le mire, es contraria a las disposiciones legales y reglamentarias que rigen este servicio público. Son diversos los argumentos que los voceros de aquellas -las plataformas- esbozan para desligarse de su responsabilidad de estar facilitando y promoviendo que en vehículos de servicio particular se preste el servicio público de transporte individual de pasajeros, sin permiso alguno e incumpliendo con las exigencias que las disposiciones prevén de manera rigurosa a los transportadores autorizados para prestar el mismo servicio.
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La falta de seguimiento y control por parte de las autoridades distritales a los infractores, ha sido concordante con la desidia de las autoridades nacionales para regular debidamente el tema. Esa falta de actuación efectiva gubernamental, ha cohonestado reprochablemente con una actividad que a todas luces es contraria a la Constitución y a la Ley.
La falla en el servicio por parte del Estado —representado, en este caso, por la Nación y el Distrito Capital— se desplaza en una línea muy delgada a partir de la que no debe causar extrañeza que surjan reclamaciones al Estado que pretendan el pago de los ingresos dejados de percibir como efecto de la falta de seguimiento y control que corresponde ejercer a las autoridades de tránsito del distrito.
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Al margen de los efectos patrimoniales ya causados a este sector del transporte por parte del Estado (Distrito Capital) y si aquel —el sector— se halla en curso o con la intención de exigirle judicialmente su resarcimiento, la manifiesta afinidad entre la actual administración distrital y el entrante gobierno nacional, debe servir para que se actúe e intervenga de forma inmediata, dando una solución reglada a esta situación irregular que enfrenta el transporte público individual de pasajeros.
Lo que no puede seguir sucediendo, es que existan reglas y cargas estrictas que deben cumplir unos (los taxis) pero los otros no, aun cuando ambos atiendan el mismo servicio público. La seguridad y protección de los pasajeros es un deber inexcusable del Estado, que no se está cumpliendo de manera efectiva en la Ciudad Capital.
Para conocer más noticias de la capital y Cundinamarca, visite la sección Bogotá de El Espectador.
Según datos del registro distrital automotor de la Secretaría Distrital de Movilidad, la Ciudad Capital, en 2021, contaba con 2´525.826 automotores, de los cuales, 48.587 corresponden a taxis, 466.929 a motocicletas, 1´901.395 vehículos de servicio particular y 108.915 de servicio público. En 2008, el total de automotores fue de 1´208.274, de los cuales, 52.101 correspondían a taxis, 143.891 a motocicletas, 911.793 a vehículos de servicio particular y 100.489 de servicio público.
No hay registro oficial, por lo menos con datos abiertos, del número de vehículos de servicio particular que prestan el servicio público de transporte individual de pasajeros; pero, según algunos representantes del sector, puede llegar a superar con creces el número de taxis legales que tiene hoy la ciudad.
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Desde la llegada de las plataformas tipo Uber, el servicio de transporte público individual de pasajeros autorizado -taxis-, ha debido enfrentar una competencia que, por donde se le mire, es contraria a las disposiciones legales y reglamentarias que rigen este servicio público. Son diversos los argumentos que los voceros de aquellas -las plataformas- esbozan para desligarse de su responsabilidad de estar facilitando y promoviendo que en vehículos de servicio particular se preste el servicio público de transporte individual de pasajeros, sin permiso alguno e incumpliendo con las exigencias que las disposiciones prevén de manera rigurosa a los transportadores autorizados para prestar el mismo servicio.
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La falla en el servicio por parte del Estado —representado, en este caso, por la Nación y el Distrito Capital— se desplaza en una línea muy delgada a partir de la que no debe causar extrañeza que surjan reclamaciones al Estado que pretendan el pago de los ingresos dejados de percibir como efecto de la falta de seguimiento y control que corresponde ejercer a las autoridades de tránsito del distrito.
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Lo que no puede seguir sucediendo, es que existan reglas y cargas estrictas que deben cumplir unos (los taxis) pero los otros no, aun cuando ambos atiendan el mismo servicio público. La seguridad y protección de los pasajeros es un deber inexcusable del Estado, que no se está cumpliendo de manera efectiva en la Ciudad Capital.
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