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¿Podría ser deportada la estadounidense capturada en manifestaciones en Bogotá?

Se trata de una joven, de 20 años, que estudia en una prestigiosa universidad de la capital del país, y que fue capturada en medio de los desmanes del pasado 28 de abril. Frente antecedente de expulsión por participación política de extranjeros, una experta da su opinión frente al caso.

Redacción Bogotá
30 de abril de 2022 - 09:19 p. m.
Ciudadana estadounidense, una de las capturadas en protestas de Bogotá de 28A
Ciudadana estadounidense, una de las capturadas en protestas de Bogotá de 28A
Foto: DDHH Escudos Azules
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En las últimas horas, se conoció que María Elizabeth Giulianelli, la ciudadana norteamericana que fue capturada durante las manifestaciones del pasado 28 de abril, fue puesta en libertad por la Fiscalía al no encontrarse “elementos materiales probatorios que indiquen que la capturada es autora de la conducta investigada’', aseguró la fiscal de la URI de Puente Aranda, donde permanecía detenida desde hace dos días.

En contexto: Ciudadana estadounidense, una de las capturadas en protestas de Bogotá de 28A

Cabe recordar que Giulianelli, de 20 años, fue capturada durante los enfrentamientos entre manifestantes y uniformados del Escuadrón Móvil Antimotines (Esmad), al frente de la Universidad Nacional, sobre la calle 26.

En el momento de su captura, la Policía Nacional indicó que tenían pruebas y registrados de video para imputar a la estadounidense por los delitos de ataque a servidor público, obstrucción en vía pública y daño en bien ajeno. Sin embargo, la Fiscal del caso no tuvo los argumentos necesarios para que procediera la investigación.

A pesar de que la liberación Giulianelli es, en apariencia, el fin las investigaciones en su contra, ahora la estadounidense deberá seguir un proceso en Migración Colombia para determinar si podría ser deportada.

Deportación por razones de seguridad nacional

El caso de la norteamericana recuerda a casos recientes de extranjeros investigados y procesados por su participación en las manifestaciones en el país, y que han avivado el debate sobre la expulsión de ciudadanos extranjeros por razones de seguridad nacional.

Este fue el caso de la deportación Rebecca Marlene Sprößer, la ciudadana alemana que entró al país con visa de turista en marzo de 2021 y terminó respaldando la protesta social en Cali. En ese momento, Migración Colombia argumentó esta decisión con base a la participación política en las movilizaciones de Sprößer, que le costó una sanción de 10 años sin poder ingresar al país.

Por su parte, está el caso el ruso Sergei Vagin, quién fue inicialmente capturado bajo la sospecha de financiar las protestas en Bogotá. Sin embargo, el ciudadano ruso fue enviado finalmente enviado a la cárcel, de manera preventiva, por fraude de apuestas deportivas. Si Vagin no es condenado, también estará expuesto a una posible deportación del país.

El caso de Giulianelli

Ante estos antecedentes parecería que la estadounidense podría ser deportada por su participación en las marchas, sin embargo, según la abogada Carolina Moreno, esta sería una decisión errada.

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“Si bien Migración Colombia cuenta con un amplio margen de discrecionalidad para imponer sanciones como la deportación o la expulsión de personas extranjeras, es clave señalar que la Fiscal no decidió remitir a María Elizabeth a Migración precisamente porque no encontró méritos para su detención ni se demostró que hubiese cometido ninguna conducta delictiva.”, asegura Carolina Moreno profesora y miembro de la Clínica Jurídica para Migrantes, de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes.

En ese sentido, la letrada señala una reciente sentencia de la Corte Constitucional, donde reitera al derecho a reunirse y a manifestarse públicamente, sin que eso sea un derecho limitado únicamente a los nacionales colombianos, siendo esta es una arista del derecho a la libertad de expresión.

“Una expulsión en este caso es una sanción a todas luces desproporcionada”, agrega la abogada.

Por su parte, el alto tribunal señaló, a través de la sentencia SU 397 de 2021, que Migración Colombia al adelantar procesos de esta naturaleza debe garantizar el derecho de la defensa, prestar servicios de traducción y entre otros, coordinar la asistencia consular del caso.

Por el momento, la estadounidense deberá enfrentar el proceso migratorio para determinar el futuro de su estadía en el país.

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Redacción Bogotá

Por Redacción Bogotá

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Pathos(78770)02 de mayo de 2022 - 01:58 a. m.
Es una niña pero eso no la exime de estar enterada de sus obligaciones. Esperamos q no la deporten y mas bien labios incorporen a un programa de trabajo con la comunidad
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