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                                                                                                                                Policía debe indemnizar a familiares de presos que murieron en Soacha

                                                                                                                                Tras cuatro años de la tragedia, en la que murieron ocho internos en un incendio en el CAI San Mateo, un juez emitió un primer fallo que condena a la Policía por la muerte de dos de ellos. Aunque la institución se defendió diciendo que la culpa era de los reclusos, el togado recalcó que los uniformados debían protegerlos. El Espectador conoció en exclusiva la sentencia.

                                                                                                                                Las madres de los jóvenes aún esperan una sentencia penal en contra de los policías. / Jose Vargas
                                                                                                                                Foto: El Espectador - José Vargas
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Gracias por ser nuestro usuario. Apreciado lector, te invitamos a suscribirte a uno de nuestros planes para continuar disfrutando de este contenido exclusivo.El Espectador, el valor de la información.

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                                                                                                                                Foto: El Espectador - José Vargas
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                                                                                                                                PUBLICIDAD

                                                                                                                                Los hechos que motivaron la sentencia ocurrieron en septiembre de 2020 (en plena pandemia). Ese día, en una celda de no más de 25 metros cuadrados, había 11 detenidos, hacinados y sin acceso a baños y a comida digna. Los ánimos estaban caldeados. Para completar, la Policía les restringió las visitas de sus familiares, lo que motivó que a las 2:10 p.m. un recluso (de quien dicen era paciente psiquiátrico) sacara un encendedor y le prendiera fuego a una colchoneta. Las llamas se propagaron cuando otro preso intentó sofocar las llamas con una cobija.

                                                                                                                                A partir de ahí todo fue caos. A pesar del clamor de auxilio de los reclusos, para que los policías abrieran la puerta, la respuesta de uno de los uniformados del CAI fue: “Pues quémense”, mostrando las llaves de la celda, como lo narró uno de los sobrevivientes. Los familiares que estaban cerca intentaron auxiliarlos, rompiendo vidrios y consiguiendo mangueras, pero todo fue en vano. Al final -según las pruebas que reunió la Fiscalía- fue un patrullero que llegó como refuerzo el que le quitó las llaves al custodio y abrió la puerta. Al final murieron ocho de los 11 detenidos.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                En la contestación de demanda, el INPEC se opuso a las pretensiones de la misma por considerar que carecen de fundamento jurídico y fáctico, pues las víctimas no estaban bajo su deber de vigilancia y custodia. A pesar de ello, no dudaron en asegurar que las muertes de Juan David Rojas Ordoñez, Anderson Steven Méndez y las lesiones en un 40% en el cuerpo de Carlos Duván García Valbuena, fueron “culpa exclusiva” de ellos por haber iniciado el incendio, “lo cual asegura se deriva un daño que fue como consecuencia de su propio actuar imprudente”, indicaron. Por su parte, el Ministerio de Justicia respondió que también era improcedente atribuirles responsabilidad, mientras que la Policía Nacional, no contestó.

                                                                                                                                Fue en los alegatos de conclusión, que la Policía argumentó, en primer lugar, que la prohibición del ingreso de los familiares se dio por temas de aislamiento por covid19 y no “un hecho caprichoso”. Asimismo, endilgaron la responsabilidad de las víctimas por sus muertes. “Se configura el eximente de responsabilidad (...) pues habría sido con ocasión a la conducta de un tercero que se generó la acción sobre la cual se desencadenó el daño antijurídico”. Y finalizaron resaltando que el policía Jorge Eliécer Suárez Orduz, intentó auxiliarlos al emplear un extintor y una manguera para intentar apagar el fuego, mientras otros pedían ayuda a otras unidades y bomberos”.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Sin embargo, las explicaciones no fueron suficientes. Conforme al material probatorio, el juez desestimó el argumento de defensa y condenó a la institución como responsable de los daños y perjuicios que sufrieron las víctimas y sus familiares, ordenando, además, se indemnice económicamente a sus familias. Y todo porque la vida de los reclusos era responsabilidad exclusiva de la Policía y no actuaron con diligencia, como lo demuestra el simple hecho de que un interno tuviera un encendedor.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Asimismo, justificó que esta situación permite establecer un incumplimiento al deber de custodia y vigilancia de los guardias. Su reproche lo redondeó diciendo que, según la Corte Interamericana de Derechos Humanos, como el Consejo de Estado y la Corte Constitucional, han establecido que el Estado tiene la obligación de proteger la vida e integridad de toda persona privada de la libertad, toda vez que el Estado tiene la potestad de restringir algunos de sus derechos y ejercer el control sobre su vida.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Para el funcionario, detrás de estas muertes hubo una cadena de acciones de la Policía que no contribuyeron a evitar el siniestro. “Se utilizaron mangueras que resultaron ineficaces. Además, se solicitó apoyo a otras unidades policiales, cuando lo correcto hubiera sido contactar de inmediato al Cuerpo de Bomberos”, precisó.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Sobre la decisión, el abogado Javier Villegas, quien representó a las familias de tres de las víctimas, subrayó: “Esta sentencia desnuda la perversa realidad del sistema penitenciario. La vulneración indiscriminada a los derechos fundamentales de la población carcelaria, aunada a la prolongada omisión del Estado en el cumplimiento de sus obligaciones, es una afrenta al Estado de derecho y a la dignidad humana”.

                                                                                                                                El proceso penal continúa

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Si bien el proceso administrativo falló a favor de las víctimas, el proceso penal tiene su propio curso. El patrullero Gabriel Ruiz Moreno, quien era el custodio; Jorge Eliécer Suárez Orduz, quien portaba las llaves, y la comandante encargada Aleida del Pilar González son procesados por homicidio agravado por omisión y tentativa de homicidio agravado, ambos a título de dolo y que no fueron aceptados por los imputados. A la fecha se encuentran en libertad por vencimiento de términos.

                                                                                                                                Respecto al proceso disciplinario, el 28 de diciembre de 2023 la Procuraduría confirmó la sanción contra González Quiroz y Suárez Orduz, imponiéndoles sanciones de suspensión e inhabilidad por 12 meses. En el mismo proceso absolvieron al teniente coronel César Augusto Martínez Fernández, excomandante de la estación de Policía.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                *Aunque nos comunicamos con la Policía Nacional para conocer su respuesta sobre esta condena en primera instancia, al término de esta publicación no hubo respuesta.

                                                                                                                                Para conocer más noticias de la capital y Cundinamarca, visite la sección Bogotá de El Espectador.

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