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                                                                                                                                Niegan impedimento a magistrada que decidirá apelación de demanda contra POT de Bogotá

                                                                                                                                La magistrada del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Claudia Elizabeth Lozzi, se había declarado impedida porque su hija trabaja en la Secretaría Distrital de Planeación. ¿Por qué se lo negaron?

                                                                                                                                El Juzgado Quinto suspendió en junio, provisionalmente, el Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá.
                                                                                                                                Foto: Cortesía
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                La magistrada Lozzi había declarado dicho impedimento porque su hija, Sabrina Borras Lozzi, actualmente es contratista de la Secretaría Distrital de Planeación, una de las entidades demandada en el proceso, y cuyo objeto del contrato y actividades del mismo las desempeña en la Dirección de Planes Maestros y Complementarios.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                “No se configura la causal alegada, pues si bien la hija de la Honorable Magistrada Claudia Elizabeth Lozzi Moreno resulta ser contratista adscrita a la Dirección de Planes Maestros y Complementarios (...) no se advierte que la misma hubiese intervenido o tenido injerencia en la expedición del Decreto demandado”, se lee en la decisión

                                                                                                                                En contexto: Juzgado Quinto admite demanda contra el POT de Bogotá.

                                                                                                                                Por otro lado, expresaron que no se probó que “la hija de la magistrada hubiese participado como contratista en la formulación del proyecto del POT o en la elaboración del documento adoptado como Decreto 555 de 2022″, así como que la nulidad no es “es en sentido estricto, una controversia de partes, sino un instrumento de control de los actos administrativos frente al ordenamiento jurídico”.

                                                                                                                                Le puede interesar: Diana Navarro, la trans, abogada y puta que marcó la historia LGBTIQ+ de Colombia.

                                                                                                                                Finalmente, la decisión argumentó que “la vinculación contractual de su familiar con la Dirección de Planes Maestros y Complementarios, es ajena al asunto a decidir, sin ninguna relación que pudiera afectar el principio de imparcialidad” de la togada Lozzi.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                El Juzgado Quinto suspendió en junio, provisionalmente, el Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá.
                                                                                                                                Foto: Cortesía
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                La magistrada Lozzi había declarado dicho impedimento porque su hija, Sabrina Borras Lozzi, actualmente es contratista de la Secretaría Distrital de Planeación, una de las entidades demandada en el proceso, y cuyo objeto del contrato y actividades del mismo las desempeña en la Dirección de Planes Maestros y Complementarios.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                “No se configura la causal alegada, pues si bien la hija de la Honorable Magistrada Claudia Elizabeth Lozzi Moreno resulta ser contratista adscrita a la Dirección de Planes Maestros y Complementarios (...) no se advierte que la misma hubiese intervenido o tenido injerencia en la expedición del Decreto demandado”, se lee en la decisión

                                                                                                                                En contexto: Juzgado Quinto admite demanda contra el POT de Bogotá.

                                                                                                                                Por otro lado, expresaron que no se probó que “la hija de la magistrada hubiese participado como contratista en la formulación del proyecto del POT o en la elaboración del documento adoptado como Decreto 555 de 2022″, así como que la nulidad no es “es en sentido estricto, una controversia de partes, sino un instrumento de control de los actos administrativos frente al ordenamiento jurídico”.

                                                                                                                                Le puede interesar: Diana Navarro, la trans, abogada y puta que marcó la historia LGBTIQ+ de Colombia.

                                                                                                                                Finalmente, la decisión argumentó que “la vinculación contractual de su familiar con la Dirección de Planes Maestros y Complementarios, es ajena al asunto a decidir, sin ninguna relación que pudiera afectar el principio de imparcialidad” de la togada Lozzi.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Por Redacción Bogotá

                                                                                                                                Todas las noticias de Bogotá están aquí. El Espectador, el valor de la información.@bogotaEEbogota@elespectador.com

                                                                                                                                Temas recomendados:

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