Niegan impedimento a magistrada que decidirá apelación de demanda contra POT de Bogotá
La magistrada del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Claudia Elizabeth Lozzi, se había declarado impedida porque su hija trabaja en la Secretaría Distrital de Planeación. ¿Por qué se lo negaron?
La sección primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca le negó a la magistrada Claudia Elizabeth Lozzi Moreno el impedimento que el pasado 11 de agosto había declarado para conocer y resolver el recurso de apelación del Distrito en la demanda que interpuso el senador del Centro Democrático, Miguel Uribe, contra el Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá expedido por decreto por la alcaldesa Claudia López.
La magistrada Lozzi había declarado dicho impedimento porque su hija, Sabrina Borras Lozzi, actualmente es contratista de la Secretaría Distrital de Planeación, una de las entidades demandada en el proceso, y cuyo objeto del contrato y actividades del mismo las desempeña en la Dirección de Planes Maestros y Complementarios.
Lea: El colegio en Usme que tiene más contratos que estudiantes matriculados.
En su decisión, los togados Felipe Solarte Maya y Luis Manuel Lasso indicaron que las funciones de Borras Lozzi no tienen ni tuvieron que ver con la elaboración del proyecto del POT de la ciudad, el cual fue suspendido provisionalmente por el Juzga Quinto Municipal del Circuito Bogotá.
“No se configura la causal alegada, pues si bien la hija de la Honorable Magistrada Claudia Elizabeth Lozzi Moreno resulta ser contratista adscrita a la Dirección de Planes Maestros y Complementarios (...) no se advierte que la misma hubiese intervenido o tenido injerencia en la expedición del Decreto demandado”, se lee en la decisión
En contexto: Juzgado Quinto admite demanda contra el POT de Bogotá.
Por otro lado, expresaron que no se probó que “la hija de la magistrada hubiese participado como contratista en la formulación del proyecto del POT o en la elaboración del documento adoptado como Decreto 555 de 2022″, así como que la nulidad no es “es en sentido estricto, una controversia de partes, sino un instrumento de control de los actos administrativos frente al ordenamiento jurídico”.
Le puede interesar: Diana Navarro, la trans, abogada y puta que marcó la historia LGBTIQ+ de Colombia.
Finalmente, la decisión argumentó que “la vinculación contractual de su familiar con la Dirección de Planes Maestros y Complementarios, es ajena al asunto a decidir, sin ninguna relación que pudiera afectar el principio de imparcialidad” de la togada Lozzi.
La contratista de Planeación, Sabrina Borras Lozzi, firmó dos contratos por prestación de servicios con esa entidad del Distrito en noviembre de 2021 y en enero de 2022, según conoció El Espectador.
Para conocer más noticias de la capital y Cundinamarca, visite la sección Bogotá de El Espectador.
La sección primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca le negó a la magistrada Claudia Elizabeth Lozzi Moreno el impedimento que el pasado 11 de agosto había declarado para conocer y resolver el recurso de apelación del Distrito en la demanda que interpuso el senador del Centro Democrático, Miguel Uribe, contra el Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá expedido por decreto por la alcaldesa Claudia López.
La magistrada Lozzi había declarado dicho impedimento porque su hija, Sabrina Borras Lozzi, actualmente es contratista de la Secretaría Distrital de Planeación, una de las entidades demandada en el proceso, y cuyo objeto del contrato y actividades del mismo las desempeña en la Dirección de Planes Maestros y Complementarios.
Lea: El colegio en Usme que tiene más contratos que estudiantes matriculados.
En su decisión, los togados Felipe Solarte Maya y Luis Manuel Lasso indicaron que las funciones de Borras Lozzi no tienen ni tuvieron que ver con la elaboración del proyecto del POT de la ciudad, el cual fue suspendido provisionalmente por el Juzga Quinto Municipal del Circuito Bogotá.
“No se configura la causal alegada, pues si bien la hija de la Honorable Magistrada Claudia Elizabeth Lozzi Moreno resulta ser contratista adscrita a la Dirección de Planes Maestros y Complementarios (...) no se advierte que la misma hubiese intervenido o tenido injerencia en la expedición del Decreto demandado”, se lee en la decisión
En contexto: Juzgado Quinto admite demanda contra el POT de Bogotá.
Por otro lado, expresaron que no se probó que “la hija de la magistrada hubiese participado como contratista en la formulación del proyecto del POT o en la elaboración del documento adoptado como Decreto 555 de 2022″, así como que la nulidad no es “es en sentido estricto, una controversia de partes, sino un instrumento de control de los actos administrativos frente al ordenamiento jurídico”.
Le puede interesar: Diana Navarro, la trans, abogada y puta que marcó la historia LGBTIQ+ de Colombia.
Finalmente, la decisión argumentó que “la vinculación contractual de su familiar con la Dirección de Planes Maestros y Complementarios, es ajena al asunto a decidir, sin ninguna relación que pudiera afectar el principio de imparcialidad” de la togada Lozzi.
La contratista de Planeación, Sabrina Borras Lozzi, firmó dos contratos por prestación de servicios con esa entidad del Distrito en noviembre de 2021 y en enero de 2022, según conoció El Espectador.
Para conocer más noticias de la capital y Cundinamarca, visite la sección Bogotá de El Espectador.