¿Puede un colegio negarle la entrada a un estudiante por no llevar el uniforme?
Por medio de un video, padres de familia denunciaron que a su hija le fue prohibida la entrada al colegio por no portar el uniforme como ordena el centro educativo. La institución aseguró que la versión es completamente distinta.
“Le están negando el derecho a la educación a mi hija”, eso denunció un padre de familia del sur de Bogotá, luego de que, según él, no dejaran ingresar al colegio a su hija por no portar el uniforme tal y como lo menciona el manual de convivencia.
A pesar de que la menor de edad sí vestía el uniforme del centro educativo, se trataría, más bien, de que portaba unos tenis de otro color diferente a los blancos tradicionales. “Uno les compra útiles, agendas y todo lo que piden, pero porque no tiene los tenis ¿no la van a dejar entrar?”, agregó el padre de familia en el video que se hizo viral en redes sociales.
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Frente a las declaraciones de los padres, el colegio Liceo Madrigal, ubicado en la localidad de Ciudad Bolívar, indicó que “en ningún momento le negaron la entrada al colegio a la menor de edad y que todo se trató de una recomendación hecha al padre de familia para que la niña fuera vestida como indica el manual de convivencia”.
“Cuando la niña llega al colegio una docente le hace el llamado de atención al padre de familia, pero en nunca le negamos la entrada. En los 30 años que llevamos como institución nunca hemos negado que los estudiantes reciban clases por no tener el uniforme como debe ser”, indicó una vocera del centro educativo quien prefirió no identificarse
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Contraria es la versión de los papás de la menor de edad, pues en el video, que fue grabado a las afueras de la institución, resaltan que no le permitieron tomar clases, incluso la misma niña asegura que “no la dejaron entrar”, aspecto que rechazaron enfáticamente y señalaron que el caso sería escalado al Ministerio de Educación.
Esta situación pone en debate la polémica de sí los colegios pueden o no negar la entrada a los estudiantes por determinadas situaciones como una prenda del uniforme, el cabello tinturado o un piercing.
Frente a esto la Corte Constitucional ha sido reiterativa al señalar que los manuales de convivencia de las instituciones educativas, a pesar de ser creados bajo su autonomía y poder contener determinadas normas de conducta y hasta imponer sanciones, “tienen límites y no pueden ser arbitrarios”.
Con relación a la apariencia, una de las indicaciones de la Corte es que “no pueden existir normas relacionadas con la vestimenta, accesorios y aspecto físico carentes de toda razonabilidad”, a lo que se refiere es a reglas o medidas que no tengan vinculación directa con la finalidad que tienen los menores en las instituciones: recibir educación.
Desde entonces, se ha permitido que los estudiantes lleven aretes, perforaciones, así como el cabello pintado a su preferencia, sin que se vulnere su derecho a la educación. Por lo tanto, llevar tenis de un color diferente no impediría que los menores de edad reciban clases o se les impida su ingreso al colegio.
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“Le están negando el derecho a la educación a mi hija”, eso denunció un padre de familia del sur de Bogotá, luego de que, según él, no dejaran ingresar al colegio a su hija por no portar el uniforme tal y como lo menciona el manual de convivencia.
A pesar de que la menor de edad sí vestía el uniforme del centro educativo, se trataría, más bien, de que portaba unos tenis de otro color diferente a los blancos tradicionales. “Uno les compra útiles, agendas y todo lo que piden, pero porque no tiene los tenis ¿no la van a dejar entrar?”, agregó el padre de familia en el video que se hizo viral en redes sociales.
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“Cuando la niña llega al colegio una docente le hace el llamado de atención al padre de familia, pero en nunca le negamos la entrada. En los 30 años que llevamos como institución nunca hemos negado que los estudiantes reciban clases por no tener el uniforme como debe ser”, indicó una vocera del centro educativo quien prefirió no identificarse
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Frente a esto la Corte Constitucional ha sido reiterativa al señalar que los manuales de convivencia de las instituciones educativas, a pesar de ser creados bajo su autonomía y poder contener determinadas normas de conducta y hasta imponer sanciones, “tienen límites y no pueden ser arbitrarios”.
Con relación a la apariencia, una de las indicaciones de la Corte es que “no pueden existir normas relacionadas con la vestimenta, accesorios y aspecto físico carentes de toda razonabilidad”, a lo que se refiere es a reglas o medidas que no tengan vinculación directa con la finalidad que tienen los menores en las instituciones: recibir educación.
Desde entonces, se ha permitido que los estudiantes lleven aretes, perforaciones, así como el cabello pintado a su preferencia, sin que se vulnere su derecho a la educación. Por lo tanto, llevar tenis de un color diferente no impediría que los menores de edad reciban clases o se les impida su ingreso al colegio.
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