¿Puedo demandar a un colegio si no deja entrar a un estudiante a clase?
Luego de que se conociera un video en el que un padre de familia afirma que en el colegio al cual está matriculada su hija le negó el acceso a la menor por no llevar los tenis del uniforme, la Secretaría de Educación anunció que investigará lo sucedido. Un abogado explica a qué se podría enfrentar la institución educativa involucrada y cómo actuar en estos casos.
Después de conocer un video en el que los funcionarios de un colegio privado ubicado en Ciudad Bolívar le negaron el acceso a una de sus estudiantes de 10 años por no llevar los tenis del color que dice el manual de convivencia, el Espectador contactó con un abogado para entender cómo puede actuar una niña, niño y adolescente si llega a vivir una situación así.
Leer: Investigarán a colegio señalado de negar entrada a menor por color de sus zapatos
Para comenzar debemos entender que en Colombia los menores son de protección legal y constitucional especial o constitucional reforzada, “eso quiere decir que cuando un menor tiene un problema como el que se presentó en Ciudad Bolívar, se deben de activar las alarmas y los grupos interinstitucionales de los colegios”, compartió el abogado penalista Gildardo Acosta.
Él explica que los colegios deben tener un manual de convivencia, ese indica cómo se debe actuar en esas situaciones, sin embargo, las instituciones educativas también deben contar con los comités de convivencia y psicólogos, es decir, un grupo interinstitucional grande para poder apoyar a sus estudiantes.
“Entonces, si un menor pasa una situación así y sus padres están enterados pueden acudir en primer lugar al colegio (al grupo interinstitucional) y si no, tienen otros mecanismos alternativos. Está la Defensoría del Pueblo, las Comisarias de Familia y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar que en ocasiones restablece los derechos de los menores en cuanto a los problemas que se tengan”, dijo el penalista.
De hecho, hoy la Defensoría del pueblo se pronunció frente a la denuncia de lo ocurrido en el colegio de Ciudad Bolívar y rechazan “la situación presentada en la Institución Educativa Liceo Madrigal, en Bogotá, donde a una estudiante le negaron la entrada por no tener tenis blancos”.
Asimismo, dice la Ley de Infancia y la Adolescencia que los colegios deben de apoyar a los menores. “Cualquier persona que conozca una situación con un menor puede activar esos mecanismos de protección o como coloquialmente lo solemos decir: las alarmas para proteger a los menores. Incluso eso tiene un tema legal, y existe una normatividad que debe aplicarse para estos casos donde se hace el mal llamado bullying o el matoneo a los menores”, concluyó el abogado.
Por otra parte, si la victima decide iniciar un proceso legal, ¿a qué se podría enfrentar el colegio?
“La institución educativa debe ser como tal garante de los derechos fundamentales de los menores, ya que tienen una protección especial, legal y constitucional de manera reforzada. Si las directivas del colegio, sus funcionarios e incluso los profesores descuidaron la situación, pueden enfrentar procesos disciplinarios ante la Secretaría de Educación y la Personería de Bogotá, para que se adelante una investigación frente a quien fue permisivo y no actuó en defensa de los derechos del menor”, respondió el abogado.
Pero revisando el caso puntual del video en el que la niña afirma que no la dejaron ingresar a la institución educativa por el color de sus tenis, y en el que un vocero del colegio Liceo Madrigal, ubicado en el barrio Arborizadora Baja dijo después de esto que “cuando la niña llega al colegio una docente le hace el llamado de atención al padre de familia, pero nunca le negamos la entrada. En los 30 años que llevamos como institución nunca hemos negado que los estudiantes reciban clases por no tener el uniforme como debe ser”. ¿Hacía que lado se inclina la justicia?
En Colombia siempre se protegen los derechos fundamentales de las personas que están vinculadas a un proceso, bien sea civil, administrativo, penal y de cualquier índole, a las personas se les respeta el debido proceso.
“Pero por supuesto para creerles deben allegarse los elementos de prueba que indiquen si efectivamente hay una responsabilidad. En este caso habrá muchos elementos de prueba, la más importante es el testimonio de la menor, y el que investigue esta situación decreta, pero se deben escuchar a todas las personas involucradas en el tema para saber cuál fue la situación, y por supuesto que a la víctima se le debe tener en cuenta su versión y su dicho, y luego hacer una valoración frente a todas las demás pruebas”, indicó el abogado Acosta.
La Alcaldía de Bogotá se pronunció frente al caso del Liceo Madrigal
Claudia López se refirió a esta situación como algo inadmisible. “Yo le pido a instrucciones a nuestra secretaria de Educación para que haga un proceso de sanción efectiva a ese rector y a ese colegio privado, quiero aclarar, era un colegio privado”.
Para la alcaldesa no puede ser admisible que los niños y niñas vayan a estudiar y una persona los devuelva “por el color de los tenis que a ese rector le gustan, eso es inadmisible”, señaló López.
Por lo tanto, la Secretaría de Educación informó que asignó a un equipo de la entidad para indagar en lo ocurrido, y orientar sobre las posibles acciones pertinentes. La entidad del Distrito dijo que es responsabilidad de las instituciones educativas públicas y privadas, de acuerdo con la Ley 1098 de 2006 “proteger eficazmente a los niños, niñas y jóvenes, contra toda forma de maltrato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla por parte de los demás compañeros y de los docentes”.
Para conocer más noticias de la capital y Cundinamarca, visite la sección Bogotá de El Espectador.
Después de conocer un video en el que los funcionarios de un colegio privado ubicado en Ciudad Bolívar le negaron el acceso a una de sus estudiantes de 10 años por no llevar los tenis del color que dice el manual de convivencia, el Espectador contactó con un abogado para entender cómo puede actuar una niña, niño y adolescente si llega a vivir una situación así.
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Para comenzar debemos entender que en Colombia los menores son de protección legal y constitucional especial o constitucional reforzada, “eso quiere decir que cuando un menor tiene un problema como el que se presentó en Ciudad Bolívar, se deben de activar las alarmas y los grupos interinstitucionales de los colegios”, compartió el abogado penalista Gildardo Acosta.
Él explica que los colegios deben tener un manual de convivencia, ese indica cómo se debe actuar en esas situaciones, sin embargo, las instituciones educativas también deben contar con los comités de convivencia y psicólogos, es decir, un grupo interinstitucional grande para poder apoyar a sus estudiantes.
“Entonces, si un menor pasa una situación así y sus padres están enterados pueden acudir en primer lugar al colegio (al grupo interinstitucional) y si no, tienen otros mecanismos alternativos. Está la Defensoría del Pueblo, las Comisarias de Familia y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar que en ocasiones restablece los derechos de los menores en cuanto a los problemas que se tengan”, dijo el penalista.
De hecho, hoy la Defensoría del pueblo se pronunció frente a la denuncia de lo ocurrido en el colegio de Ciudad Bolívar y rechazan “la situación presentada en la Institución Educativa Liceo Madrigal, en Bogotá, donde a una estudiante le negaron la entrada por no tener tenis blancos”.
Asimismo, dice la Ley de Infancia y la Adolescencia que los colegios deben de apoyar a los menores. “Cualquier persona que conozca una situación con un menor puede activar esos mecanismos de protección o como coloquialmente lo solemos decir: las alarmas para proteger a los menores. Incluso eso tiene un tema legal, y existe una normatividad que debe aplicarse para estos casos donde se hace el mal llamado bullying o el matoneo a los menores”, concluyó el abogado.
Por otra parte, si la victima decide iniciar un proceso legal, ¿a qué se podría enfrentar el colegio?
“La institución educativa debe ser como tal garante de los derechos fundamentales de los menores, ya que tienen una protección especial, legal y constitucional de manera reforzada. Si las directivas del colegio, sus funcionarios e incluso los profesores descuidaron la situación, pueden enfrentar procesos disciplinarios ante la Secretaría de Educación y la Personería de Bogotá, para que se adelante una investigación frente a quien fue permisivo y no actuó en defensa de los derechos del menor”, respondió el abogado.
Pero revisando el caso puntual del video en el que la niña afirma que no la dejaron ingresar a la institución educativa por el color de sus tenis, y en el que un vocero del colegio Liceo Madrigal, ubicado en el barrio Arborizadora Baja dijo después de esto que “cuando la niña llega al colegio una docente le hace el llamado de atención al padre de familia, pero nunca le negamos la entrada. En los 30 años que llevamos como institución nunca hemos negado que los estudiantes reciban clases por no tener el uniforme como debe ser”. ¿Hacía que lado se inclina la justicia?
En Colombia siempre se protegen los derechos fundamentales de las personas que están vinculadas a un proceso, bien sea civil, administrativo, penal y de cualquier índole, a las personas se les respeta el debido proceso.
“Pero por supuesto para creerles deben allegarse los elementos de prueba que indiquen si efectivamente hay una responsabilidad. En este caso habrá muchos elementos de prueba, la más importante es el testimonio de la menor, y el que investigue esta situación decreta, pero se deben escuchar a todas las personas involucradas en el tema para saber cuál fue la situación, y por supuesto que a la víctima se le debe tener en cuenta su versión y su dicho, y luego hacer una valoración frente a todas las demás pruebas”, indicó el abogado Acosta.
La Alcaldía de Bogotá se pronunció frente al caso del Liceo Madrigal
Claudia López se refirió a esta situación como algo inadmisible. “Yo le pido a instrucciones a nuestra secretaria de Educación para que haga un proceso de sanción efectiva a ese rector y a ese colegio privado, quiero aclarar, era un colegio privado”.
Para la alcaldesa no puede ser admisible que los niños y niñas vayan a estudiar y una persona los devuelva “por el color de los tenis que a ese rector le gustan, eso es inadmisible”, señaló López.
Por lo tanto, la Secretaría de Educación informó que asignó a un equipo de la entidad para indagar en lo ocurrido, y orientar sobre las posibles acciones pertinentes. La entidad del Distrito dijo que es responsabilidad de las instituciones educativas públicas y privadas, de acuerdo con la Ley 1098 de 2006 “proteger eficazmente a los niños, niñas y jóvenes, contra toda forma de maltrato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla por parte de los demás compañeros y de los docentes”.
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