¡Qué no se le pase! Este 15 de diciembre vence plazo para pagar quinta cuota del ICA
Le contamos cómo y dónde puede realizar el pago.
La Secretaría de Hacienda anunció que hasta el 15 de diciembre los contribuyentes tendrán plazo para cumplir con la declaración y el pago de la quinta cuota del impuesto de Industria, Comercio, Avisos y Tableros, ICA, del régimen común.
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Tenga en cuenta que las personas que no paguen antes de esta fecha, tendrán que asumir sanciones económicas por pagos extemporáneos e intereses por mora.
¿Cómo puedo pagar?
Para el pago de la quinta cuota bimensual que exige este impuesto, el distrito habilitó dos formas de pago:
- Para realizar el pago en línea, debe ingresar a la Oficina Virtual de la Alcaldía Mayor de Bogotá, diligenciar la declaración correspondiente y realizar el pago a través del botón dispuesto para tal fin. A través de este enlace puede acceder al portal de pagos.
- También podrá realizar el pago de forma presencial en las ventanillas de las entidades bancarias que tienen convenio de recaudo vigente con la Secretaría de Hacienda. En este enlace puede consultar las entidades habilitadas para el recaudo del ICA.
Para conocer más noticias de la capital y Cundinamarca, visite la sección Bogotá de El Espectador.
La Secretaría de Hacienda anunció que hasta el 15 de diciembre los contribuyentes tendrán plazo para cumplir con la declaración y el pago de la quinta cuota del impuesto de Industria, Comercio, Avisos y Tableros, ICA, del régimen común.
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¿Cómo puedo pagar?
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- Para realizar el pago en línea, debe ingresar a la Oficina Virtual de la Alcaldía Mayor de Bogotá, diligenciar la declaración correspondiente y realizar el pago a través del botón dispuesto para tal fin. A través de este enlace puede acceder al portal de pagos.
- También podrá realizar el pago de forma presencial en las ventanillas de las entidades bancarias que tienen convenio de recaudo vigente con la Secretaría de Hacienda. En este enlace puede consultar las entidades habilitadas para el recaudo del ICA.
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