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Por incumplir los permisos de ocupación de cauce, autorizados en 2017 y 2019, para adelantar obras en el humedal Tibabuyes, la Secretaría de Ambiente impuso multas por 7 mil 248 millones 676.172 pesos a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá.
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Cabe señalar que los procesos de construcción adelantados en este ecosistema fueron autorizados por la anterior administración.
“La Secretaría de Ambiente impuso dos multas por un total de 7.248 millones de pesos a la Empresa de Acueducto de Bogotá por puntos específicos de las obras realizadas en el humedal Tibabuyes o Juan Amarillo. Los tres cargos por los cuales se halló responsable a al Acueducto son: en el marco del proceso sancionatorio 1626 de 2020, dos cargos; y en el proceso 1629 de 2020, un cargo con tres puntos específicos de obra. Estos tres cargos prosperaron a lo largo del proceso sancionatorio, incluyendo las pruebas aportadas por la defensa”, indicó la secretaria Carolina Urrutia.
.@Ambientebogota impone sanciones por puntos de obra específicos que no estaban incluidos en los permisos de ocupación de cause otorgados en el humedal Tibabuyes entre 2017 y 2019. pic.twitter.com/JMuebRW2cc
— Secretaría de Ambiente (@Ambientebogota) February 16, 2023
Las multas corresponden a dos procesos que inició la autoridad contra la empresa por “no contar con los permisos ambientales”. El primer proceso se dio por desarrollar sin permisos el puente peatonal El Cortijo, Zapata 16 y cuatro pilotes. La multa por este incumplimiento es de 3.389.764.492 millones de pesos.
El segundo proceso se dio por desarrollar sin permisos parte de las obras del Balcón Mirador No. 2, Balcón San Gregado - Mirador V Jazmín, km 1 – 700 y Torre - Mirador – Acceso. La multa por este proceso es de 3.858.911.680 millones de pesos.
“Estos procesos adelantados por la Secretaría de Ambiente se han realizado bajo rigurosos criterios técnicos, a través de visitas de control y seguimiento que tuvieron análisis, levantamientos topográficos y de cartografía; además, se han adelantado respetando el debido proceso, el derecho a la defensa y contradicción”, indicaron desde la cartera.
Es importante señalar que la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá podrá interponer los recursos de reposición establecidos por la Ley 1333 de 2009, contra las sanciones interpuestas por la autoridad ambiental.
Según Urrutia, su secretaría adelanta a la fecha otros seis procesos sancionatorios contra el Acueducto por hechos similares y manejo de obras, cuatro de ellos en el humedal Juan Amarillo y otros dos por intervenciones en el humedal Jaboque, los cuales se encuentran en etapa de formulación de cargos y apertura de periodo probatorio.
Así mismo, aclara que las obras que adelanta el Acueducto cuentan con presunción de legalidad y con los permisos otorgados por la anterior administración entre 2017 y 2019. Las sanciones que se imponen son por puntos específicos de obra que se hicieron sin tener permiso.
“Es de resaltar que estas intervenciones no se hubieran planeado ni autorizado por la actual administración distrital”, afirma.
Recordemos que en 2020 la Secretaría de Ambiente impuso seis medidas preventivas de suspensión de actividades y se pararon las obras por no contar con el permiso de ocupación de cauce.
Del mismo modo en septiembre de 2022 se levantaron las medidas preventivas porque el Acueducto solicitó la modificación del permiso y en febrero de 2023 se decretó la responsabilidad y sanción al Acueducto por varios de estos hechos, mientras otros siguen en investigación.
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