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Seis barrios de Bogotá se han legalizado durante esta Administración

La legalización de los barrios permite que los hogares puedan tener acceso a servicios públicos, vías y espacios públicos que contribuyan al mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes.

Redacción Bogotá
10 de julio de 2021 - 01:12 a. m.
Las familias de los barrios legalizados tendrán apoyo para el mejoramiento de vivienda y podrán tener acceso a servicios públicos y vías de acceso.
Las familias de los barrios legalizados tendrán apoyo para el mejoramiento de vivienda y podrán tener acceso a servicios públicos y vías de acceso.
Foto: Secretaría de Hábitat

Durante los últimos años Bogotá ha sido una de las ciudades con mayor crecimiento urbanístico. Sin embargo, gran parte de este aumento se debe a la conformación no planificada e informal de asentamientos humanos. Es por esto que la secretaría del Hábitat, por medio de la subdirección de barrios, se encarga de la legalización y regularización de los barrios de Bogotá. Y como parte de esta tarea, ha legalizado seis barrios en la actual administración.

Los seis asentamientos se ubican en las localidades de Usaquén, Usme, Fontibón, Bosa, Engativá y Kennedy. Se trata de los barrios: Bosques de San Antonio, San Juan Bautista II, Belen El Eden II-A, Brasil El Lago, Nuevo Milenio, Pastrana. No obstante, la secretaría de Planeación ha recibido 104 expedientes, para que en el marco de sus funciones, den continuidad con el trámite de legalización.

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La legalización de un barrio consiste en que el Distrito, por medio de las secretarías de Hábitat y Planeación, reconozcan la existencia de un asentamiento humano constituido por viviendas o un territorio que se desarrolló de manera informal. Esto permite que se puedan aprobar los planos de loteo y expedir la reglamentación urbanística. Los barrios que ya han sido legalizados y han presentado cambios en las zonas de espacio público, pueden acceder a la regularización, que se realiza solo una vez y permite realizar ajustes urbanísticos. Esto trae beneficios a sus habitantes como el acceso a servicios públicos, vías y parques y espacios peatonales.

Ante esto, el subdirector de barrios, Juan Carlos Arbeláez, mencionó que la legalización depende de los estudios realizados por las secretarías. " A la secretaría Distrital del Hábitat le corresponde realizar la conformación previa de los expedientes de legalización urbanística, los cuales una vez cuentan con todos los requisitos técnicos, jurídicos y documentales, son remitidos a la secretaría Distrital de Planeación, entidad que conforme sus funciones realizan la evaluación integral del expediente para expedir el acto administrativo legalizando o no el área objeto del procedimiento”.

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Para solicitar la legalización de un barrio, la comunidad debe hacer la petición a través del correo servicioalciudadano@habitatbogota.gov.co. y en cualquier entidad del Distrito y tener en cuenta los siguientes requisitos:

  • Estar consolidados urbanísticamente, es decir, que presenten una estructura urbana con vías existentes y lotes ocupados y construidos.
  • Estar constituidos por viviendas de interés social ubicados en estratos 1 y 2.
  • No estar ubicados en las categorías de estructura ecológica principal, suelo de protección, áreas de reserva para la construcción de infraestructura de servicios públicos, áreas de afectación para el desarrollo y funcionamiento generales.

Durante el cuatrienio la meta de la secretaría de Hábitat será la de conformar y/o ajustar 100 expedientes de legalización urbanística para ser radicados por la secretaría de Planeación. Con esto se esperan realizar acciones como la dotación de equipamientos urbanos o espacio público de calidad y las acciones de mejoramiento de vivienda y del entorno urbano, según las necesidades de los territorios que priorice la secretaría de Hábitat y dicha inversión dependerá del presupuesto disponible por la administración.

Redacción Bogotá

Por Redacción Bogotá

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