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Pese a que buena parte de los ciudadanos quisieran ver tras las rejas a todo aquel delincuente que afecta el orden y la seguridad, existen ciertas garantías que debe cumplir la justicia colombiana. Ante esto, y la falta de eficiencia en algunos procedimientos como la captura, ciertos procesados terminan quedando en libertad.
Si bien siguen vinculados al proceso, la sensación termina siendo que “la justicia es muy permisiva con los delincuentes”, y comentarios como “para qué denunciar si los dejan libres” se vuelven recurrentes. Es por esto que, además de explicar el proceso legal que se adelanta posterior a la comisión de un delito, en El Espectador conversamos con el abogado penalista, Juan José Castro, quien aclaró varias dudas de la ciudadanía.
No obstante, además de recalcar las complejidades de los procedimientos, también dejó por sentada su postura frente a la funcionalidad del sistema penal, el cual “tiene muchísimas falencias” y no se le puede atribuir a una sola causa el problema de su funcionamiento.
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¿Cuáles son las características de una captura en flagrancia y cuál es la complejidad para demostrarla?
-La flagrancia es cuando sorprenden a un delincuente cometiendo un delito, con elementos del delito o momentos inmediatamente después de cometerlo. Más o menos hace unos 10 años, se amplió la figura de la flagrancia, para que cuando una persona esté siendo grabada por una cámara de seguridad (cometiendo un delito) pueda ser capturada bajo la flagrancia. Entonces si al delincuente lo encuentran cuadras después con elementos que hurtó, independientemente de que no lo hayan visto directamente, esto puede contarse como una flagrancia.
La flagrancia es un proceso que se tiene que estructurar de manera inmediata. Cuando a una persona la captura, independientemente de que sea en flagrancia o no, el Estado tiene la obligación de legalizar su captura, de explicarle ante un juez por qué esa captura es legal y cuál es su fundamento. Tras la captura tienen máximo 36 horas, para poner a esta persona ante un juez y a su vez darle legalidad, por esa razón los procesos de flagrancia son muy complejos, porque se tiene poco tiempo para explicar al juez cómo se cumplieron los requisitos legales y constitucionales para poder privar a una persona de su libertad en el ordenamiento colombiano.
¿Se tiene que denunciar el caso de hurto para que se abra una investigación?
-Eso tiene algunas aristas, por regla general sí tiene que ser así, los delitos, de acuerdo a su potestad de iniciación (es decir de acuerdo a la persona que lo puede iniciar) se cataloga de dos maneras: delitos de investigación oficiosa o delitos querellables.
Los delitos quellerables son aquellos delitos que requieren que la víctima ponga la denuncia, pero técnicamente se llama querella. Por ejemplo unas lesiones personales de una fiesta, cuando alguien golpea a otra persona o el hurto simple, siempre y cuando los bienes no superen 150 salarios mínimos mensuales legales vigentes en su valor.
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La denuncia sería una condición clara para que el proceso prospere. Ahora bien, si hay violencia, lesionados o heridos, el caso se vuelve mucho más complejo porque puede ser tipificado como hurto calificado o agravado, y en esos escenarios no se requeriría esa denuncia. Pero, por ejemplo, cuando una persona es herida, hay la posibilidad de que un policía ponga la querella temporalmente, y luego la persona tiene la responsabilidad de denunciar.
¿Recuperados los objetos de valor, después del hurto, qué pasa con el proceso de denuncia?
-Si se recuperan los objetos (el ciudadano) está obligado a poner la denuncia, no tiene nada que ver lo uno con lo otro, porque el hurto se presentó, que puedan existir unas que otras condiciones para rebajarle la eventual condena (al presunto delincuente), si entrega los bienes, es otra cosa. Pero si es un hurto simple, no va a cambiar la naturaleza jurídica por el hecho de ser querellable o que le devuelvan los bienes. Si la persona quiere que no halla impunidad, tiene que empezar con el primer paso que es denunciar.
¿Cuáles son los motivos por los que terminan cayéndose las capturas de los presuntos delincuentes?
La principal causa para que una captura se declare ilegal, o cualquiera de los otros momentos del proceso, es muy sencilla y es que la Policía o cualquiera de los involucrados realice un mal procedimiento. Por ejemplo, con el tema del buen trato que se le tiene que entregar a la persona, con leerle sus derechos, que la captura se considere legal o que la persona no estuviera en los presupuestos que la ley consagra como flagrancia. Estos terminan siendo los fundamentes para que un juez, obrando en derecho, haciendo cumplir las reglas del juego que están preestablecidas con anterioridad, terminen declarando una captura ilegal.
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¿Qué pasa con el sistema penal en Colombia?
El sistema penal tiene muchísimas falencias, uno no puede atribuirle a una sola causa el problema del funcionamiento que tiene hoy. Se tiene de un lado un Congreso que lastimosamente hace mucho tiempo abandonó la política criminal como la guía que debe regir la expedición de cualquier normal que vaya a afectar el sistema.
Nos vendieron falsas soluciones, los políticos, diciendo que aumentando penas iban a solucionar los problemas, para no ir tan lejos tenemos la cadena perpetua para violadores y asesinos de niños, y las cifras no han disminuido, existen sub registros gigantes de este delito.
En medio de todo ese ejercicio populista se la pasan diciendo que van a eliminar beneficios, como el de la casa por cárcel, por ejemplo, pero es que en realidad este termina siendo no un beneficio para una persona, sino una medida de descongestión carcelaria.
El Gobierno no ayuda tampoco, cree que la solución es crear más cárceles, estamos en un círculo vicioso hace mucho tiempo, y presentan proyectos de ley completamente populistas, que no tienen ningún equilibrio, ninguna relación entre la gravedad diferencial de las penas.
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