Sobretasa de parqueo e impuesto al alumbrado público, los cobros que propone Galán
Los artículos 148 y 149 traen la propuesta de nuevos impuestos para los capitalinos. Así están planteados según el borrador del Plan de Desarrollo que se radicó en el Concejo de Bogotá.
Este 30 de abril la Alcaldía de Bogotá presenta para debate el Plan Distrital de Desarrollo propuesto por Carlos Fernando Galán. El PDD será la hoja de ruta para su alcaldía y su aprobación dependerá del cabildo distrital. Entre los cambios que propone el borrador del plan, resaltan impuestos que tendrían impacto en el bolsillo de los bogotanos. En temas de tributos, el plan propone artículos para imponer un impuesto al alumbrado público y aplicar las sobretasas en parqueos.
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Bogotá Camina Segura es el título que lleva el Plan de Desarrollo 2024-2027 de Galán. Para que sea aprobado, necesita que haya mayoría en el Concejo de Bogotá. Aunque la mayoría de las bancadas son del ala política del alcalde, en la sesión se conocerán los puntos clave que contiene el plan, así como otros que no han sido tan renombrados como los impuestos que propone.
Impuesto al alumbrado público
Por ejemplo, el Artículo 148 pone en la mesa un impuesto al alumbrado público: “adóptese en el Distrito Capital el impuesto por el Servicio de Alumbrado Público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 349 de la Ley 1819 de 2016″, señala el borrador del PDD.
Como está planteado, el impuesto impactaría a todos los bogotanos con un gravamen en la factura del servicio de luz. Los montos variarían dependiendo del tipo de servicio al que aplique: si es residencial, los estratos 1 y 2 no tendrían que pagar; el estrato 3 pagaría el 5 % del costo de la factura; el estrato 4; y los estratos 6 %; y el 6 y 7, 10 %. En cuanto a comercios, industria y entidades oficiales, pagarían el 10 %.
“La administración, control, recaudo, fiscalización, liquidación, discusión, devolución y cobro del impuesto de Alumbrado Público estará en cabeza de la Secretaría Distrital de Hacienda. Para tal efecto, la Administración Distrital reglamentará el procedimiento y la periodicidad de las declaraciones y/o facturas a que haya lugar, al igual que su recaudo”, señala el documento del PDD.
Sobretasa de parqueo
Otro artículo que impone nuevos impuestos es el Artículo 149, el cual buscaría establecer el cobro a ciudadanos que parqueen fuera de la vía: “establézcase la contribución por el servicio de estacionamiento fuera de vía en el Distrito Capital, con el fin de destinar recursos para la sostenibilidad y calidad del sistema integrado de transporte público en el Distrito Capital, y a su vez, permitir el beneficio tarifario para la población vulnerable”, señala el borrador del PDD.
La tarifa de la contribución por el servicio de estacionamiento fuera de vía será del 17 %, según dice el borrador. En cuanto al recaudo, “se hará mediante retención en la fuente, que deberá practicarse en el momento en que se realice el pago del servicio de parqueo por parte del sujeto pasivo al operador y corresponderá al ciento por ciento (100%) del valor de la contribución. Serán agentes retenedores de la contribución los operadores del servicio de estacionamiento fuera de vía”, indica a continuación.
El debate continúa el Concejo de Bogotá, corporación que tiene en sus manos darle o no luz verde al Plan de Desarrollo. De no aprobarlo, la Alcaldía tendría que realizar algunas modificaciones en sus articulados para posteriormente ser aprobado. Lo cierto es que el plan trae varios cambios que sin duda impactarán la vida de los bogotanos.
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Impuesto al alumbrado público
Por ejemplo, el Artículo 148 pone en la mesa un impuesto al alumbrado público: “adóptese en el Distrito Capital el impuesto por el Servicio de Alumbrado Público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 349 de la Ley 1819 de 2016″, señala el borrador del PDD.
Como está planteado, el impuesto impactaría a todos los bogotanos con un gravamen en la factura del servicio de luz. Los montos variarían dependiendo del tipo de servicio al que aplique: si es residencial, los estratos 1 y 2 no tendrían que pagar; el estrato 3 pagaría el 5 % del costo de la factura; el estrato 4; y los estratos 6 %; y el 6 y 7, 10 %. En cuanto a comercios, industria y entidades oficiales, pagarían el 10 %.
“La administración, control, recaudo, fiscalización, liquidación, discusión, devolución y cobro del impuesto de Alumbrado Público estará en cabeza de la Secretaría Distrital de Hacienda. Para tal efecto, la Administración Distrital reglamentará el procedimiento y la periodicidad de las declaraciones y/o facturas a que haya lugar, al igual que su recaudo”, señala el documento del PDD.
Sobretasa de parqueo
Otro artículo que impone nuevos impuestos es el Artículo 149, el cual buscaría establecer el cobro a ciudadanos que parqueen fuera de la vía: “establézcase la contribución por el servicio de estacionamiento fuera de vía en el Distrito Capital, con el fin de destinar recursos para la sostenibilidad y calidad del sistema integrado de transporte público en el Distrito Capital, y a su vez, permitir el beneficio tarifario para la población vulnerable”, señala el borrador del PDD.
La tarifa de la contribución por el servicio de estacionamiento fuera de vía será del 17 %, según dice el borrador. En cuanto al recaudo, “se hará mediante retención en la fuente, que deberá practicarse en el momento en que se realice el pago del servicio de parqueo por parte del sujeto pasivo al operador y corresponderá al ciento por ciento (100%) del valor de la contribución. Serán agentes retenedores de la contribución los operadores del servicio de estacionamiento fuera de vía”, indica a continuación.
El debate continúa el Concejo de Bogotá, corporación que tiene en sus manos darle o no luz verde al Plan de Desarrollo. De no aprobarlo, la Alcaldía tendría que realizar algunas modificaciones en sus articulados para posteriormente ser aprobado. Lo cierto es que el plan trae varios cambios que sin duda impactarán la vida de los bogotanos.
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