Teusaquillo: inhabilitan por 9 años al exalcalde Julián Rodrigo Bernal Balmes
Según el ente de control, se dio favoritismo a un consorcio que no cumplía con los requisitos de los procesos de licitación.
La Personería de Bogotá, a través de la delegada para la Potestad Disciplinaria IV Daniela Marín Barreiro, sancionó con destitución e inhabilidad general, por un término de nueve años al exalcalde de la localidad de Teusaquillo, Julián Rodrigo Bernal Balmes, mediante el auto 661 del 1 de diciembre de 2022.
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De acuerdo con el organismo de control, el Ministerio Público Distrital evidenció que el funcionario local incurrió en una falta gravísima al adjudicar al Consorcio JR Sede, la licitación pública FDLT-LP-019-2016 que tenía por objeto la construcción de la nueva sede de la Alcaldía Local de Teusaquillo.
Adicionalmente, suscribió con este mismo consorcio el contrato de obra pública No. 088 de 2016 sin que el contratista contara con la experiencia específica señalada en el pliego de condiciones.
“En este caso se determinó el desconocimiento de los principios de transparencia, responsabilidad y selección objetiva por parte del investigado”, indicó Daniela Marín, delegada para la Potestad Disciplinaria.
Según la Personería, en este orden de ideas fue posible determinar el desconocimiento de los principios de transparencia, responsabilidad y selección objetiva por parte del investigado.
“En el proceso disciplinario se estableció que el exalcalde le otorgó puntaje en el factor de calidad, sin que contara con la certificación de calidad de obra ejecutada y en el factor ambiental sin tener la certificación del sitio de disposición de residuos no aprovechables y sin establecer el porcentaje de reutilización de residuos en el plan de manejo ambiental”, señaló la funcionaria.
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“En este caso se determinó el desconocimiento de los principios de transparencia, responsabilidad y selección objetiva por parte del investigado”, indicó Daniela Marín, delegada para la Potestad Disciplinaria.
Según la Personería, en este orden de ideas fue posible determinar el desconocimiento de los principios de transparencia, responsabilidad y selección objetiva por parte del investigado.
“En el proceso disciplinario se estableció que el exalcalde le otorgó puntaje en el factor de calidad, sin que contara con la certificación de calidad de obra ejecutada y en el factor ambiental sin tener la certificación del sitio de disposición de residuos no aprovechables y sin establecer el porcentaje de reutilización de residuos en el plan de manejo ambiental”, señaló la funcionaria.
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