¿Tiene multas de tránsito pendientes por pagar? Así puede acceder a descuentos
La Secretaría Distrital de Movilidad ordenó el embargo de los productos bancarios y financieros de 8.230 deudores de multas y quienes a la fecha no se han puesto al día en sus pagos. Aquí le contamos qué puede hacer si tiene sanciones pendientes de pago y los descuentos a los que puede acceder.
La Secretaría Distrital de Movilidad anunció que a partir del 15 de febrero del 2021 se ordenó el embargo de 8.230 deudores de multas, y quienes a la fecha no se han puesto al día en sus pagos. Pues a través del embargo de productos bancarios y financieros, la entidad del Distrito recuperará una cartera que supera los $ 11.000 millones por los comparendos de tránsito impuestos entre 2017 y 2019.
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“Antes de ordenar los embargos, la SDM envió diferentes comunicaciones persuasivas a los deudores invitándolos a ponerse al día y así, evitar la medida. Sin embargo, ante la falta de pago de algunos, se procedió al embargo de cuentas bancarias de los renuentes”, dijo Paulo Rincón Garay, subsecretario de Gestión Jurídica.
Descuentos en los comparendos:
Si usted tiene comparendos recuerde que puede realizar el curso pedagógico para obtener un descuento. El plazo en condiciones normales para la realización del curso es:
- Comparendos impuestos en vía: dentro de los 5 días hábiles siguientes a la imposición del comparendo para obtener el 50 % de descuento; y entre los días 6 y 20 hábiles siguiente a la imposición, para obtener el 25 % de descuento.
- Comparendos impuestos por medios electrónicos: dentro de los 11 días hábiles siguientes a la notificación del comparendo, para obtener el 50 % de descuento; y entre los días 12 y 26 hábiles siguientes a la notificación del comparendo, para obtener el 25 % de descuento.
Otro de los beneficios a los que puede acceder es a través de la ley 2155 de 2021, “la cual, en materia de tránsito, dispone amnistías del 100% de los intereses y hasta del 80% del capital, según la fecha en que se originó su multa y el tipo de vehículo que conducía al momento de la infracción”, compartió la Secretaría de Movilidad. Sin embargo, hay una excepción con esta ley, y es que la sanción haya sido por conducir bajo el influjo del alcohol o bajo los efectos de sustancias psicoactivas.
Si usted ya fue embargado debe realizar el pago de sus obligaciones, esto se hace a través de la página web de la Secretaría, allí haga clic en el botón que dice Consulta de Comparendos, ingrese y consulte con su cédula de ciudadanía o placa para acceder a sus obligaciones. Estos pagos se pueden hacer a través de PSE, o directamente en los bancos de Occidente o Caja Social, también en almacenes Éxito.
Si el valor de su deuda supera su capacidad de pago inmediato puede solicitar un acuerdo de pago en el Centro de Contacto de Movilidad al 601-3649400, opción 2, o agendarse a través del aplicativo virtual en www.movilidadbogota.gov.co.
“Tenga en cuenta que la Secretaría Distrital de Movilidad, adelanta internamente el trámite de desembargo ante la entidad correspondiente (entidad financiera, empleador, pagador, oficina de tránsito o de registro); este procedimiento se surte dentro de los 15 días hábiles siguientes al pago efectivo de la obligación o una vez se verifica que la obligación motivo de embargo no registra saldo pendiente por cobrar, de forma masiva y sin que medie una solicitud del interesado”, dijo la entidad del Distrito.
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La Secretaría Distrital de Movilidad anunció que a partir del 15 de febrero del 2021 se ordenó el embargo de 8.230 deudores de multas, y quienes a la fecha no se han puesto al día en sus pagos. Pues a través del embargo de productos bancarios y financieros, la entidad del Distrito recuperará una cartera que supera los $ 11.000 millones por los comparendos de tránsito impuestos entre 2017 y 2019.
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“Antes de ordenar los embargos, la SDM envió diferentes comunicaciones persuasivas a los deudores invitándolos a ponerse al día y así, evitar la medida. Sin embargo, ante la falta de pago de algunos, se procedió al embargo de cuentas bancarias de los renuentes”, dijo Paulo Rincón Garay, subsecretario de Gestión Jurídica.
Descuentos en los comparendos:
Si usted tiene comparendos recuerde que puede realizar el curso pedagógico para obtener un descuento. El plazo en condiciones normales para la realización del curso es:
- Comparendos impuestos en vía: dentro de los 5 días hábiles siguientes a la imposición del comparendo para obtener el 50 % de descuento; y entre los días 6 y 20 hábiles siguiente a la imposición, para obtener el 25 % de descuento.
- Comparendos impuestos por medios electrónicos: dentro de los 11 días hábiles siguientes a la notificación del comparendo, para obtener el 50 % de descuento; y entre los días 12 y 26 hábiles siguientes a la notificación del comparendo, para obtener el 25 % de descuento.
Otro de los beneficios a los que puede acceder es a través de la ley 2155 de 2021, “la cual, en materia de tránsito, dispone amnistías del 100% de los intereses y hasta del 80% del capital, según la fecha en que se originó su multa y el tipo de vehículo que conducía al momento de la infracción”, compartió la Secretaría de Movilidad. Sin embargo, hay una excepción con esta ley, y es que la sanción haya sido por conducir bajo el influjo del alcohol o bajo los efectos de sustancias psicoactivas.
Si usted ya fue embargado debe realizar el pago de sus obligaciones, esto se hace a través de la página web de la Secretaría, allí haga clic en el botón que dice Consulta de Comparendos, ingrese y consulte con su cédula de ciudadanía o placa para acceder a sus obligaciones. Estos pagos se pueden hacer a través de PSE, o directamente en los bancos de Occidente o Caja Social, también en almacenes Éxito.
Si el valor de su deuda supera su capacidad de pago inmediato puede solicitar un acuerdo de pago en el Centro de Contacto de Movilidad al 601-3649400, opción 2, o agendarse a través del aplicativo virtual en www.movilidadbogota.gov.co.
“Tenga en cuenta que la Secretaría Distrital de Movilidad, adelanta internamente el trámite de desembargo ante la entidad correspondiente (entidad financiera, empleador, pagador, oficina de tránsito o de registro); este procedimiento se surte dentro de los 15 días hábiles siguientes al pago efectivo de la obligación o una vez se verifica que la obligación motivo de embargo no registra saldo pendiente por cobrar, de forma masiva y sin que medie una solicitud del interesado”, dijo la entidad del Distrito.
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