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                                                                                                                                Transmilenio tendrá que responder económicamente por la muerte de un pasajero

                                                                                                                                El hecho se presentó en el 2012, luego de que un pasajero cayera de un articulado por una frenada inesperada que le ocasionó varias lesiones.

                                                                                                                                El hecho se presentó en la troncal de la Autopista Norte.
                                                                                                                                Foto: El Espectador - GUSTAVO TORRIJOS

                                                                                                                                El Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirmó que la empresa de transporte masivo Transmilenio S.A., debe responder por la muerte de un pasajero que cayó de un articulado en el año 2012 y reparar económicamente a su familia.

                                                                                                                                La decisión fue tomada luego de que el magistrado Javier Tobo Rodríguez estudiara la apelación que habían presentado tanto la empresa, como la familia del fallecido, a un primer fallo emitida en 2020.

                                                                                                                                Le puede interesar: Transmilenio: vuelve a operar estación Calle 127 en la Autopista Norte.

                                                                                                                                La muerte de esta persona se presentó en 2012, cuando la víctima se movilizaba en un bus del sistema, cerca de la estación Prado, sobre toda la Autopista Norte, en el momento que el bus frenó de manera abrupta para evitar chocar con otro articulado, lo que produjo que el hombre se cayera y se golpeara.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Ante esta situación, la familia de la víctima radicó una demanda en 2014; sin embargo, no fue sino hasta el 2020 cuando el Juzgado 59 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá tomó la decisión de condenar a Transmilenio y le ordenó pagar una reparación a la familia.

                                                                                                                                Lea también: Ofrecen recompensa por enfermero señalado de abusar a 17 pacientes en Bogotá.

                                                                                                                                Luego de la decisión del tribunal, Transmilenio apeló y buscó que se revocara la decisión, argumentando que no estaba demostrado el nexo causal entre la acción de frenado del bus y el accidente de esta persona, e indicaron que no era posible imputar a la empresa responsabilidad por hechos relacionados con el uso y conducción de los buses, pues la concesión de operación estaba en manos de otra empresa.

                                                                                                                                Al respecto, el tribunal manifestó que la empresa de transporte masivo tiene “el deber de brindar a los pasajeros del Sistema TransMilenio su derecho fundamental a la vida e integridad”, y deberá indemnizar a la viuda del hombre.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                Foto: El Espectador - GUSTAVO TORRIJOS

                                                                                                                                El Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirmó que la empresa de transporte masivo Transmilenio S.A., debe responder por la muerte de un pasajero que cayó de un articulado en el año 2012 y reparar económicamente a su familia.

                                                                                                                                La decisión fue tomada luego de que el magistrado Javier Tobo Rodríguez estudiara la apelación que habían presentado tanto la empresa, como la familia del fallecido, a un primer fallo emitida en 2020.

                                                                                                                                Le puede interesar: Transmilenio: vuelve a operar estación Calle 127 en la Autopista Norte.

                                                                                                                                La muerte de esta persona se presentó en 2012, cuando la víctima se movilizaba en un bus del sistema, cerca de la estación Prado, sobre toda la Autopista Norte, en el momento que el bus frenó de manera abrupta para evitar chocar con otro articulado, lo que produjo que el hombre se cayera y se golpeara.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Ante esta situación, la familia de la víctima radicó una demanda en 2014; sin embargo, no fue sino hasta el 2020 cuando el Juzgado 59 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá tomó la decisión de condenar a Transmilenio y le ordenó pagar una reparación a la familia.

                                                                                                                                Lea también: Ofrecen recompensa por enfermero señalado de abusar a 17 pacientes en Bogotá.

                                                                                                                                Luego de la decisión del tribunal, Transmilenio apeló y buscó que se revocara la decisión, argumentando que no estaba demostrado el nexo causal entre la acción de frenado del bus y el accidente de esta persona, e indicaron que no era posible imputar a la empresa responsabilidad por hechos relacionados con el uso y conducción de los buses, pues la concesión de operación estaba en manos de otra empresa.

                                                                                                                                Al respecto, el tribunal manifestó que la empresa de transporte masivo tiene “el deber de brindar a los pasajeros del Sistema TransMilenio su derecho fundamental a la vida e integridad”, y deberá indemnizar a la viuda del hombre.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Todas las noticias de Bogotá están aquí. El Espectador, el valor de la información.@bogotaEEbogota@elespectador.com
                                                                                                                                Ver todas las noticias
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