Tribunal anula fallo fiscal contra Gustavo Petro por bajar tarifas de Transmilenio
Los magistrados dejaron parcialmente sin efecto el fallo que emitió la Contraloría Distrital en el 2016, que determinó que al exalcalde de Bogotá fue responsable de un detrimento patrimonial a la ciudad por $217 mil millones, tras modificar las tarifas del sistema masivo de transporte.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró la nulidad parcial del fallo fiscal, que emitió en junio de 2016 la Contraloría Distrital de Bogotá, en la que declaró al exalcalde de Bogotá, Gustavo Petro, como responsable de un detrimento patrimonial en la capital, cercano a los $217.000 millones, por bajar las tarifas de Transmilenio. La decisión, firmada el pasado 19 de mayo por el magistrado Óscar Armando Dimaté Cárdenas, pone fin en primera instancia a un largo pleito que libró el hoy candidato presidencial, contra el ente de control distrital, en su momento dirigido por el excontralor Juan Carlos Granados.
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El origen
Todo este proceso tuvo origen e la decisión que tomó Petro, siendo alcalde de Bogotá, de disminuir y congelar entre 2012 y 2014 la tarifa de Transmilenio, tras crear las denominadas horas valle y horas pico en la operación del sistema, con un cobro diferencial (la tarifa bajó $50 en hora pico y $350, en hora valle).
A pesar de que algunos usuarios celebraron la medida, la Contraloría Distrital puso la lupa en la decisión y abrió una investigación, al considerar que se trataba de un subsidio ilegal, sin respaldo fiscal, lo que había generado un enorme detrimento a las arcas de la ciudad, al tener que cubrir con recursos propios el hueco fiscal generado por la variación de la tarifa.
Producto de la investigación, el Contralor ordenó inicialmente el embargo de los bienes y las cuentas, no solo del exalcalde y de los otros funcionarios investigados. Al final, se expidió un fallo sancionatorio, en el que los declararon responsables de detrimento patrimonial y les ordenaron pagar de manera solidaria $217.000 millones, a favor de la ciudad.
La sanción fiscal, ratificada por la propia Contraloría en 2016, amenazaba para entonces su candidatura presidencial, ya que automáticamente era declarado un deudor moroso del Estado, lo que le impedía asumir cualquier cargo público hasta tanto no se pusiera al día con sus obligaciones.
No obstante, el equipo jurídico del exmandatario demandó la decisión ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, solicitando su nulidad. Los magistrados no solamente admitieron la demanda, sino que ordenaron su suspensión provisional, mientras se tomaba una decisión de fondo. Aunque la Contraloría apeló la suspensión, luego fue ratificada por el Consejo de Estado.
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Y la decisión de fondo llegó: El tribunal recientemente declaró la nulidad parcial del fallo 01 del 27 de junio de 2016, expedida por la Dirección de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva de la Contraloría Distrital de Bogotá, que había declarado la responsabilidad fiscal de Gustavo Petro. Además, declaró nulo el auto del 27 de octubre de 2016, por medio del cual se decidieron los recursos de reposición.
Vale resaltar que la decisión es parcial, ya que solo anula las decisiones en contra de Gustavo Petro, razón por la cual los otros funcionarios procesados deberán seguir esperando una decisión de fondo en sus casos. “Como restablecimiento del derecho, se ordena a la Contraloría de Bogotá dejar sin efecto la condena y su inclusión en el boletín de responsables fiscales de la contraloría general y en el registro de inhabilidades de la Procuraduría General o, en su defecto, cualquier registro donde aparezca el demandante como responsable fiscal”, concluye el fallo.
De esta manera, se define que al menos en el caso de la reducción de los pasajes de Transmilenio, Gustavo Petro no tuvo responsabilidad fiscal alguna, con lo que no solamente se libra de tener que pagar una multimillonaria sanción, sino que resuelve asuntos que amenazaban su carrera política.
Para conocer más noticias de la capital y Cundinamarca, visite la sección Bogotá, de El Espectador.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró la nulidad parcial del fallo fiscal, que emitió en junio de 2016 la Contraloría Distrital de Bogotá, en la que declaró al exalcalde de Bogotá, Gustavo Petro, como responsable de un detrimento patrimonial en la capital, cercano a los $217.000 millones, por bajar las tarifas de Transmilenio. La decisión, firmada el pasado 19 de mayo por el magistrado Óscar Armando Dimaté Cárdenas, pone fin en primera instancia a un largo pleito que libró el hoy candidato presidencial, contra el ente de control distrital, en su momento dirigido por el excontralor Juan Carlos Granados.
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El origen
Todo este proceso tuvo origen e la decisión que tomó Petro, siendo alcalde de Bogotá, de disminuir y congelar entre 2012 y 2014 la tarifa de Transmilenio, tras crear las denominadas horas valle y horas pico en la operación del sistema, con un cobro diferencial (la tarifa bajó $50 en hora pico y $350, en hora valle).
A pesar de que algunos usuarios celebraron la medida, la Contraloría Distrital puso la lupa en la decisión y abrió una investigación, al considerar que se trataba de un subsidio ilegal, sin respaldo fiscal, lo que había generado un enorme detrimento a las arcas de la ciudad, al tener que cubrir con recursos propios el hueco fiscal generado por la variación de la tarifa.
Producto de la investigación, el Contralor ordenó inicialmente el embargo de los bienes y las cuentas, no solo del exalcalde y de los otros funcionarios investigados. Al final, se expidió un fallo sancionatorio, en el que los declararon responsables de detrimento patrimonial y les ordenaron pagar de manera solidaria $217.000 millones, a favor de la ciudad.
La sanción fiscal, ratificada por la propia Contraloría en 2016, amenazaba para entonces su candidatura presidencial, ya que automáticamente era declarado un deudor moroso del Estado, lo que le impedía asumir cualquier cargo público hasta tanto no se pusiera al día con sus obligaciones.
No obstante, el equipo jurídico del exmandatario demandó la decisión ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, solicitando su nulidad. Los magistrados no solamente admitieron la demanda, sino que ordenaron su suspensión provisional, mientras se tomaba una decisión de fondo. Aunque la Contraloría apeló la suspensión, luego fue ratificada por el Consejo de Estado.
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Vale resaltar que la decisión es parcial, ya que solo anula las decisiones en contra de Gustavo Petro, razón por la cual los otros funcionarios procesados deberán seguir esperando una decisión de fondo en sus casos. “Como restablecimiento del derecho, se ordena a la Contraloría de Bogotá dejar sin efecto la condena y su inclusión en el boletín de responsables fiscales de la contraloría general y en el registro de inhabilidades de la Procuraduría General o, en su defecto, cualquier registro donde aparezca el demandante como responsable fiscal”, concluye el fallo.
De esta manera, se define que al menos en el caso de la reducción de los pasajes de Transmilenio, Gustavo Petro no tuvo responsabilidad fiscal alguna, con lo que no solamente se libra de tener que pagar una multimillonaria sanción, sino que resuelve asuntos que amenazaban su carrera política.
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