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                                                                                                                                Vehículos de mensajería y domicilios deben registrarse ante el Distrito para poder operar

                                                                                                                                A partir de este lunes, la Secretaría de Movilidad recibirá vía correo electrónico las solicitudes de inscripción de las empresas de domicilios y mensajería en Bogotá, con el fin de hacer seguimiento del número de vehículos y personas que trabajan en este sector de la economía durante la cuarentena.

                                                                                                                                Redacción Bogotá / bogota@elespectador.com

                                                                                                                                Las bicicletas y motocicletas deben contar con el habitáculo para el transporte de mercancías y no deben llevar cargas sobredimensionadas. / Mauricio Alvarado - El Espectador

                                                                                                                                A partir de este lunes, los automóviles, camiones y motos que prestan servicio de mensajería y domicilios tendrán que estar inscritos en la Secretaría de Movilidad para operar durante la cuarentena.

                                                                                                                                Esta medida fue tomada por el Distrito para conocer el número de vehículos y personas que trabajan en el sector de la mensajería y domicilios, y garantizar de esa manera el cumplimiento de protocolos de bioseguridad establecidos por el Gobierno, entre ellos, el uso de elementos de protección y registro de identidad de los domiciliarios para hacer seguimiento a casos de contagio por Covid-19.

                                                                                                                                Le puede interesar: Casi 31.000 empresas se han registrado ante el Distrito para reiniciar actividades económicas

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                “Los propietarios de las empresas que a partir de hoy requieran prestar sus servicios de domicilio y mensajería durante la cuarentena, deberán enviar sus solicitudes de inscripción vía correo electrónico, anexando nombre y razón social, placa del vehículo o de los vehículos vinculados a la empresa, tipo de vehículo, nombres de los conductores a cargo y sus respectivas identificaciones. De esta manera quedarán registrados en las bases de datos de la entidad”, indicó el secretario de Movilidad, Nicolás Estupiñán.

                                                                                                                                Estupiñán aclaró que los vehículos que cumplan con la normatividad nacional (Código Nacional de Tránsito), es decir, que estén plenamente identificados con los logos, y siempre que sus conductores porten sus carnés o documentos de vinculación a las empresas, podrán seguir operando.

                                                                                                                                Lea también: Transmilenio aumentó en un 6 % las validaciones en la mañana de este lunes

                                                                                                                                Cabe recordar que el incumplimiento de la norma por parte de puede acarrear sanciones monetarias, o incluso inmovilización del vehículo. Por ejemplo, conducir un vehículo que, sin la debida autorización, se destine a un servicio diferente de aquel para el cual tiene licencia de tránsito, generará una multa por valor de $877.800. A su vez, el conductor que sea sorprendido transitando por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente, podrá ser amonestado con una multa de $438.900.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                *Esta semana, cuando estamos todos en casa para cuidar nuestra salud y la de nuestros familiares, puedes consultar los contenidos de las secciones Nacional y Bogotá sin restricción alguna. Y en medio de esta pandemia, que estamos cubriendo de manera responsable, también puedes ver el especial sobre Coronavirus en el que trabaja toda la redacción de El Espectador minuto a minuto.  

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                *   *   *

                                                                                                                                Si quiere conocer más sobre lo que pasa en Bogotá, lo invitamos a seguir nuestra página en Facebook:

                                                                                                                                Las bicicletas y motocicletas deben contar con el habitáculo para el transporte de mercancías y no deben llevar cargas sobredimensionadas. / Mauricio Alvarado - El Espectador

                                                                                                                                A partir de este lunes, los automóviles, camiones y motos que prestan servicio de mensajería y domicilios tendrán que estar inscritos en la Secretaría de Movilidad para operar durante la cuarentena.

                                                                                                                                Esta medida fue tomada por el Distrito para conocer el número de vehículos y personas que trabajan en el sector de la mensajería y domicilios, y garantizar de esa manera el cumplimiento de protocolos de bioseguridad establecidos por el Gobierno, entre ellos, el uso de elementos de protección y registro de identidad de los domiciliarios para hacer seguimiento a casos de contagio por Covid-19.

                                                                                                                                Le puede interesar: Casi 31.000 empresas se han registrado ante el Distrito para reiniciar actividades económicas

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                “Los propietarios de las empresas que a partir de hoy requieran prestar sus servicios de domicilio y mensajería durante la cuarentena, deberán enviar sus solicitudes de inscripción vía correo electrónico, anexando nombre y razón social, placa del vehículo o de los vehículos vinculados a la empresa, tipo de vehículo, nombres de los conductores a cargo y sus respectivas identificaciones. De esta manera quedarán registrados en las bases de datos de la entidad”, indicó el secretario de Movilidad, Nicolás Estupiñán.

                                                                                                                                Estupiñán aclaró que los vehículos que cumplan con la normatividad nacional (Código Nacional de Tránsito), es decir, que estén plenamente identificados con los logos, y siempre que sus conductores porten sus carnés o documentos de vinculación a las empresas, podrán seguir operando.

                                                                                                                                Lea también: Transmilenio aumentó en un 6 % las validaciones en la mañana de este lunes

                                                                                                                                Cabe recordar que el incumplimiento de la norma por parte de puede acarrear sanciones monetarias, o incluso inmovilización del vehículo. Por ejemplo, conducir un vehículo que, sin la debida autorización, se destine a un servicio diferente de aquel para el cual tiene licencia de tránsito, generará una multa por valor de $877.800. A su vez, el conductor que sea sorprendido transitando por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente, podrá ser amonestado con una multa de $438.900.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                *Esta semana, cuando estamos todos en casa para cuidar nuestra salud y la de nuestros familiares, puedes consultar los contenidos de las secciones Nacional y Bogotá sin restricción alguna. Y en medio de esta pandemia, que estamos cubriendo de manera responsable, también puedes ver el especial sobre Coronavirus en el que trabaja toda la redacción de El Espectador minuto a minuto.  

                                                                                                                                No ad for you

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