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Después de cinco años, cientos de operativos y protestas, y un limbo legal sobre la actividad de los bicitaxistas en el país, el Ministerio de Transporte emitió la circular resolución 20243040038565, con la cual “se modifica la Resolución 3256 de 2018 y se modifica y adiciona la Resolución Única de Tránsito 20223040045295 de 2022, con relación al proceso de homologación de tricimóviles no motorizados y tricimóviles con pedaleo asistido”.
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Dicho de otro modo, la cartera nacional de transporte por fin reguló la actividad de este gremio, y estableció las disposiciones que los dueños de estos vehículos deberán seguir para continuar prestando el servicio de transporte, en el marco de la ley.
La iniciativa estaba siendo esperada por las personas que a diario se ganan la vida con este medio, pero también por las autoridades locales, las cuales tenían que enfrentar diversas protestas y reclamaciones por los propietarios de los bicitaxis, en medio de las inmovilizaciones y operativos para hacer cumplir la normativa pasada.
Ahora, con las nuevas reglas del juego, los dueños de los bicitaxis y sus vehículos, deberán realizar un proceso de homologación ante las autoridades locales —para el caso de Bogotá, el RUNT- para recibir el permiso y una calcomanía que deberán adherir al medio de transporte para verificar que cumplen con las nuevas especificaciones. Si bien, este paso constituye un hito importante y necesario para la movilidad, todavía no queda claro el costo que deberán asumir los dueños de los bicitaxis para cumplir con los requisitos.
Por el momento, las nuevas normas para este tipo de transporte, tanto para el de tracción humana, como el asistido por un motor, son las siguientes:
Medidas del vehículo:
- Ancho máximo de 1.200 mm.
- Altura de 1.900 mm.
- Longitud de 2.500 mm.
Potencia del motor:
- Los motores asistidos debe ser de hasta 0.5 kW,
Velocidad:
- Los vehículos no pueden superar los 25 kilómetros por hora.
Seguridad:
- Frenos independientes en cada llanta
- Frenos de emergencia.
- Batería aislada del habitáculo para disminuir riesgos en caso de accidente.
- Cinturones de seguridad de tres puntos
- Sillas con anclaje independiente para mayor protección.
- Cintas reflectivas en la carrocería para aumentar su visibilidad en horas de la noche.
Identificación:
- Placa visible con una franja rosa y número de matrícula, junto al nombre del municipio o área metropolitana en letra Arial con un ancho no superior a los 15 mm.
Dispositivos acústicos
- Bocina.
- Timbre o señal audible ubicado en el habitáculo de pasajeros.
Frenos
Todos los tricimóviles deben contar con un sistema de frenos de servicio en todas sus llantas y un freno de emergencia, diseñados e instalados por el fabricante del vehículo.
Seguridad eléctrica
- El cableado del sistema eléctrico debe estar aislado y protegido de cualquier contacto, roce e interferencia.
- El vehículo debe contar con un mando de activación y desactivación de los elementos eléctricos del vehículo y del motor.
- El motor y baterías deben estar totalmente aislados del habitáculo de pasajeros.
Carrocería y chasis
- El chasis debe ser mono estructural que garantice la seguridad y estabilidad del vehículo.
- El habitáculo de pasajeros debe estar completamente carrozado, sin bordes ni aristas cortantes
- La carrocería debe garantizar que no ingrese agua o polvo al habitáculo de 4.4. pasajeros.
- El vehículo debe disponer de puertas en ambos costados de la carrocería, estos accesos deben estar asegurados por medio de chapas.
Sillas
Se debe disponer de ventilación natural (ventanas o ductos) en cada una de 4.6. El habitáculo de pasajeros debe contar con iluminación artificial La disposición de las sillas será transversal.
Dimensiones mínimas de las sillas de pasajeros:
- Profundidad del asiento (PA): 350 mm.
- Ancho del asiento (A): 380 mm.
- Altura del espaldar (E): 400 mm.
- Altura de asiento (AA): 400 mm.
- Separación de asientos enfrentados (AE): 1300 mm.
- Separación entre asiento de pasajero y el conductor o el obstáculo más próximo a silla de mínimo 650 mm.
- Todos los asientos del vehículo deben contar con cinturones de seguridad de 3 puntos de broche metálico, estos deben cumplir con la NTC 1570 del 2003 o la que la modifique o sustituya.
- Se debe contar con peldaños para el acceso de los pasajeros, estos deben ser de materiales antideslizante y la altura del suelo al peldaño no debe exceder los 400 mm de altura.
- La carrocería en la parte posterior debe tener instalado un parachoques para la protección de los ocupantes, el material de este no debe ser rígido.
- El vehículo de contar con mandos accionados por el conductor, con su respectiva identificación, esto con el fin de operar los distintos dispositivos instalados en el tricimóvil.
- El asiento del conductor debe ser tipo sillín o silla que no obstaculice su desempeño al pedalear.
- El vehículo debe contar con mínimo de dos espejos funcionales.
Transmisión
El sistema incluirá un dispositivo encargado de transmitir el movimiento y potencia mecánica al eje trasero del vehículo, también deberá contar con reversa.
Tablero de instrumentos
El vehículo debe estar equipado con tablero instrumentos, donde se pueda visualizar lo siguiente:
- Testigo luces direccionales
- Testigo luces bajas y o altas
- Testigo de Luz estacionaria
- Testigo nivel de carga de baterías
- Velocimetro
Suspensión
El vehículo deberá contar con sistema de suspensión tanto delantera como trasera.
Dispositivos de alumbrado y señalización óptica
Tipo de luz:
- Luz baja
- Luz alta
- Luz direccional delantera
- Luz direccional posterior
- Luz de freno
- Luz de lámina de identificación posterior
- Luz de reversa
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