Los mínimos en el proceso con el Eln

Paola Molano Ayala
27 de noviembre de 2022 - 09:29 p. m.
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El comienzo de las negociaciones con el Eln parece inminente y será el primer proceso dentro de la apuesta de la Paz Total del Gobierno Nacional. El país anhela un acuerdo de paz con esa guerrilla, sin embargo, para lograrlo, el proceso debe tener como mínimo innegociable los avances en términos de reconocimiento y garantías de los derechos de las víctimas alcanzados en el Acuerdo con las Farc-Ep. Estos desarrollos, además de contar con un amplio acuerdo social frente a la centralidad de los derechos de las víctimas, son el piso jurídico, institucional y moral que las partes en la negociación deben observar.

La agenda de negociaciones acordada con el Eln durante el gobierno de Juan Manuel Santos, que será retomada en esta oportunidad, cuenta con seis puntos a abordar; uno de ellos denominado “víctimas”.

Pese a la reticencia del Eln a reconocerse como victimarios —como se ve en la entrevista del 2015 que hizo Víctor de Currea a Antonio García—, el tema fue incluido, pues la importancia que se les dio a las víctimas y sus derechos en el marco de la negociación con las Farc hizo que, a fuerza de la simultaneidad de ambos procesos, no pudieran dejarlo de lado en la mesa con el Eln, como lo muestra el artículo de Guerra Sánchez en esta publicación de la Universidad Externado.

Además de la dinámica paralela de ese entonces, que tuvo influencia en la agenda de diálogo, los acuerdos a los que llegó el gobierno Santos y las Farc, y sus desarrollos normativos y de política posteriores también inciden en las condiciones a tener en cuenta en los diálogos que se van a retomar.

A partir de la idea de que las víctimas estaban en el centro del proceso, el Acuerdo con las Farc incluyó un régimen de condicionalidad. Esta figura buscó satisfacer los derechos de las víctimas desde una perspectiva de integralidad, es decir, que cada derecho —verdad, justicia, reparación y no repetición— sea garantizado sin privilegiar uno sobre otro. Para ello, condicionó el acceso y conservación de los beneficios penales a que quienes participaron en las violaciones de los derechos humanos reconozcan su responsabilidad, contribuyan a satisfacer los derechos de las víctimas y se abstengan de reincidir.

Este estándar permitió armonizar, por un lado, la necesidad de crear incentivos judiciales para avanzar en la negociación y, por otro, el deber del Estado de velar por los derechos de las víctimas que, para el momento de la negociación, ya habían sido reconocidos en el ámbito internacional y en lo doméstico, principalmente, mediante decisiones de la Corte Constitucional.

En términos institucionales, el acuerdo creó se tres entidades: la Jurisdicción para la Paz, la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas, y la Comisión de la Verdad, y se incorporaron las que habían sido creadas a partir de la Ley de Víctimas del 2011 al Sistema para la Paz. Este se encarga de garantizar los derechos de las víctimas y, por esa vía, debe velar por el cumplimiento del régimen de condicionalidad. Pese a múltiples aspectos que se pueden corregir

en la implementación de dichas entidades (el proceso con el Eln es una oportunidad para ello), hay un camino largo avanzado que suma esfuerzos previos al Acuerdo con las Farc que deben reconocerse y protegerse.

Pasar por alto el régimen de condicionalidad como un mínimo en la negociación con el Eln trae múltiples riesgos. En primer lugar, si para los miembros del Eln se flexibiliza el tratamiento penal especial y los compromisos con los derechos de las víctimas, se crearían jerarquías entre las víctimas de diferentes actores que, además de desconocer el sufrimiento y las afectaciones producto de la violencia, quebraría la confianza en el proceso transicional y daría lugar a rupturas entre las organizaciones de víctimas.

En segundo lugar, si bien no hay fórmulas fijas en la justicia transicional, lo cierto es que con el camino institucional avanzado en esa materia, una renegociación frente a ese estándar para crear reglas diferentes para el Eln implicaría un rediseño institucional del Sistema para la Paz. Esto, lejos de facilitar la transición, daría lugar a retrasos en la implementación, duplicidad de funciones y cargas institucionales y burocráticas excesivas. Por último, enviaría un mensaje negativo a la comunidad internacional que ha respaldado los intentos de paz, en gran medida, por la seriedad con la que se han asumido los compromisos con las víctimas y sus derechos y las reglas internacionales al respecto.

En medio del interés y afán de avanzar en un proceso de diálogo con el Eln, el Gobierno debe honrar los desarrollos frente a las garantías de los derechos de las víctimas. En este caso, el compromiso que ha expresado el Gobierno frente a ese tema se debe materializar en evitar el retroceso de lo que se ha logrado gracias, en gran parte, a las exigencias y trabajo constante de las organizaciones de víctimas.

Lejos de ser un obstáculo para la negociación, incorporar como mínimo innegociable el régimen de condicionalidad posiciona a las víctimas y sus derechos en un lugar preponderante del proceso. A su vez, dota de mayor legitimidad y credibilidad una negociación que necesita amplio respaldo institucional y social para consolidarse. Entonces, lo mínimo en el proceso con el Eln es que el Gobierno ponga a las víctimas y sus derechos en el centro.

*Coordinadora de la línea de Justicia Transicional de Dejusticia

Por Paola Molano Ayala

 

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