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                                                                                                                                Cumplimiento de la Constitución y prudencia en la búsqueda de la Paz Total

                                                                                                                                El presidente Gustavo Petro, asumió con su gobierno el compromiso de buscar la paz en Colombia; un país sumido hace décadas en diferentes formas de violencia, entre estas, un agudo conflicto armado. No es solamente una promesa de campaña, es el cumplimiento de un mandato constitucional. La manera de abordar esta compleja realidad, no puede ser de entrada la confrontación bélica ni arreciar los combates; esta estrategia utilizada en diferentes gobiernos ha sido un fracaso, prueba de ello es la situación de orden público, de muerte, desplazamiento y dolor que impacta a varias regiones del país.

                                                                                                                                Con la Ley 2272 de 2022, denominada de Paz Total, los representantes autorizados por el Gobierno Nacional podrán buscar y realizar todos los actos necesarios para entablar acercamientos y conversaciones con estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto, que demuestren voluntad para transitar hacia el Estado de derecho, y que conduzca a su sometimiento a la justicia. De igual manera, todos los actos dirigidos a adelantar diálogos, así como negociaciones y alcanzar acuerdos con los voceros o miembros representantes de los grupos armados organizados al margen de la ley. Lo anterior con la finalidad de pacificar los territorios, superar el conflicto armado, lograr el respeto a los Derechos Humanos (DD.HH) y la efectiva aplicación del Derecho Internacional Humanitario (DIH), entre otros importantes cometidos.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Diferentes acontecimientos siguen generando controversia: la admisión de voceros a quienes actúan como integrantes de organizaciones sociales y humanitarias, a solicitud del presidente, cuya excarcelación le corresponde a los jueces y los cuestionamientos a la Ley 2272, dado su carácter genérico en algunos aspectos. Por ello, los ministros del Interior y de Justicia radicaron en el Senado el proyecto de la llamada ley de sometimiento, que tiene varios reparos; ahí está el Congreso de la República como escenario idóneo para adelantar esta discusión. Todo lo anterior significa, que las instituciones, procedimientos e instancias que garantizan un equilibrio de poderes están actuando plenamente, dentro del Estado de derecho y preservando la democracia.

                                                                                                                                Es significativo que se esté dando plenas garantías a la protesta social, con todo, hay una exigencia constitucional: toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente. Sí se afecta a las personas y funcionarios, el rechazo del gobierno debe ser contundente e inequívoco para desescalar el conflicto y evitar que se repitan esas conductas. La única alternativa no es el empleo de la fuerza y de las armas, estas son medidas extremas sujetas a los principios de necesidad y proporcionalidad, cuya utilización requiere en cada caso una cuidadosa valoración sobre las consecuencias en el ejercicio de las libertades y el cumplimiento de las funciones por parte de las autoridades.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                En varias regiones del país se ha empeorado el orden público, los enfrentamientos armados, los ataques a personas y bienes civiles; la matanza de exintegrantes de las FARC; la CIDH informó que en 2022 nuestro país registra el primer lugar en asesinatos de lideres sociales y en 2023 las cifras son escalofriantes. Encausar la reconciliación por los procedimientos autocompositivos no puede dejar de lado el deber del gobierno y de la Fuerza Pública de proteger a los habitantes del territorio colombiano, a quienes no participan en las hostilidades, y repeler con contundencia todas las formas de violencia con observancia plena del DIH y la salvaguarda de los DD.HH. No obstante, las puertas para el diálogo y los acercamientos, como fundamento civilizador, deben estar abiertas. Está claro que el cese al fuego bilateral se acuerda expresamente entre las partes, no se decreta mediante suposiciones, y se mantiene con voluntad mutua, con actos y gestos de paz.

                                                                                                                                Los mensajes contradictorios entre los funcionarios de la rama ejecutiva transmiten un mal mensaje a los ciudadanos, se percibe improvisación y descoordinación. Mimetizar o llamar de otra manera a ciertos hechos o conductas ocurridos en el conflicto armado o en la protesta para quitarles gravedad, es faltar a la verdad y lesiona la credibilidad del gobierno. La independencia de los jueces es inquebrantable. Los servidores públicos responden por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones conforme a la ley y no al querer del gobernante. Menos comportamientos impulsivos, menos Twitter, más prudencia y concreción.

                                                                                                                                Lea también: Gestores y voceros de paz más allá de lo jurídico

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                                                                                                                                Con la Ley 2272 de 2022, denominada de Paz Total, los representantes autorizados por el Gobierno Nacional podrán buscar y realizar todos los actos necesarios para entablar acercamientos y conversaciones con estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto, que demuestren voluntad para transitar hacia el Estado de derecho, y que conduzca a su sometimiento a la justicia. De igual manera, todos los actos dirigidos a adelantar diálogos, así como negociaciones y alcanzar acuerdos con los voceros o miembros representantes de los grupos armados organizados al margen de la ley. Lo anterior con la finalidad de pacificar los territorios, superar el conflicto armado, lograr el respeto a los Derechos Humanos (DD.HH) y la efectiva aplicación del Derecho Internacional Humanitario (DIH), entre otros importantes cometidos.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Es significativo que se esté dando plenas garantías a la protesta social, con todo, hay una exigencia constitucional: toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente. Sí se afecta a las personas y funcionarios, el rechazo del gobierno debe ser contundente e inequívoco para desescalar el conflicto y evitar que se repitan esas conductas. La única alternativa no es el empleo de la fuerza y de las armas, estas son medidas extremas sujetas a los principios de necesidad y proporcionalidad, cuya utilización requiere en cada caso una cuidadosa valoración sobre las consecuencias en el ejercicio de las libertades y el cumplimiento de las funciones por parte de las autoridades.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                En varias regiones del país se ha empeorado el orden público, los enfrentamientos armados, los ataques a personas y bienes civiles; la matanza de exintegrantes de las FARC; la CIDH informó que en 2022 nuestro país registra el primer lugar en asesinatos de lideres sociales y en 2023 las cifras son escalofriantes. Encausar la reconciliación por los procedimientos autocompositivos no puede dejar de lado el deber del gobierno y de la Fuerza Pública de proteger a los habitantes del territorio colombiano, a quienes no participan en las hostilidades, y repeler con contundencia todas las formas de violencia con observancia plena del DIH y la salvaguarda de los DD.HH. No obstante, las puertas para el diálogo y los acercamientos, como fundamento civilizador, deben estar abiertas. Está claro que el cese al fuego bilateral se acuerda expresamente entre las partes, no se decreta mediante suposiciones, y se mantiene con voluntad mutua, con actos y gestos de paz.

                                                                                                                                Los mensajes contradictorios entre los funcionarios de la rama ejecutiva transmiten un mal mensaje a los ciudadanos, se percibe improvisación y descoordinación. Mimetizar o llamar de otra manera a ciertos hechos o conductas ocurridos en el conflicto armado o en la protesta para quitarles gravedad, es faltar a la verdad y lesiona la credibilidad del gobierno. La independencia de los jueces es inquebrantable. Los servidores públicos responden por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones conforme a la ley y no al querer del gobernante. Menos comportamientos impulsivos, menos Twitter, más prudencia y concreción.

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