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La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) abrió un boquerón gigante para tener una comprensión más profunda de lo que pasó en el marco del conflicto armado hacia la sociedad en amplio. Ante este panorama, que incluye un universo de víctimas diverso, no es posible institucionalmente visibilizar cada hecho victimizante y, por ello, se crearon macrocasos para agrupar patrones criminales que ayuden a enfocar de manera concentrada múltiples actores, hechos y víctimas.
Dentro de ese extenso marco de análisis, el tema de la violencia contra las personas que usan drogas en el contexto del conflicto armado colombiano podría ser abordado en la JEP. Aunque ha faltado un liderazgo claro para impulsarlo, es importante destacar que este tribunal tiene competencia para investigar y juzgar estos crímenes, así como para asegurar la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición para las personas afectadas. No obstante, ha pasado de manera silenciosa, casi que invisible y es importante nombrar la oportunidad que se puede perder si no se nombran y litigan estos hechos.
Es claro que no todos los temas del conflicto armado van a tener pista en la JEP. Esto, por un lado, se debe a que la JEP se rige por la Ley 1957 de 2019 que fija unos parámetros para su operatividad. Pero también, está el hecho que no es humanamente posible procesar todos los hechos victimizantes, por lo que se busca entonces tener en cuenta factores como la representatividad, la gravedad de los hechos, las características diferenciales de las víctimas, las características de los responsables y, finalmente, la disponibilidad probatoria.
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Esto no es nuevo, históricamente los tribunales de paz en el mundo han dejado por fuera temas por el hecho de no considerarse “los hechos más atroces”. Es el caso, por ejemplo, de las violencias reproductivas en la antigua Yugoslavia, o afectaciones a grupos sociales históricamente discriminados en el marco de los conflictos armados, como los grupos étnicos y las personas LGBTIQ+ en Guatemala, Perú, entre otros.
Incluso, en el caso de las violencias hacia personas que usan drogas, ningún tribunal de paz ha abordado el tema en amplitud. En ese sentido, que ciertos tipos de violencias sean llevadas a la JEP no solo implica un reconocimiento político a las víctimas sino también un lugar de agencia y poder para nombrar su dolor.
A veces lo que se necesita entonces es abrir una pequeña grieta para que muchas causas puedan entrar. En este caso, la grieta ya la hicieron varias organizaciones de la sociedad que van sosteniendo luchas, como Colombia Diversa, Caribe Afirmativo, Fundación Afrocolombiana Arcoíris de Tumaco, entre otras, quienes posicionaron la violencia por prejuicio en la JEP, una violencia que aplica también para las personas que usan drogas.
En la JEP ya se está desarrollando esta violencia en varios de los macrocasos, y reflejo de eso fue la apertura del último, el 11, sobre violencia basada en género, violencia sexual, violencia reproductiva, y otros crímenes cometidos por prejuicio basados en la orientación sexual, la expresión y/o identidad de género diversa en el marco del conflicto armado colombiano.
Pero ¿de qué trata esta modalidad? La violencia por prejuicio está amparada en el Estatuto de Roma como un delito de lesa humanidad, bajo la formulación de ser un crimen de persecución para dañar, regular, desarticular y aniquilar las identidades o las distintas maneras de ser y existir.
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El desprecio hacia ciertos grupos sociales ha llevado a su perfilamiento por parte de distintos actores en el conflicto armado. Sus vidas fueron valoradas como insignificantes, considerándolos “los desechables de la sociedad”, “personas indeseables”, cuya mera existencia estaba sujeta a un ejercicio de control físico, psicológico y moral. Por ello, es crucial entender qué es la persecución y cómo se manifiesta, para determinar prejuicios y actuar con medidas de reparación y no repetición.
Aunque cada motivación de prejuicio es distinta -no es equiparable lo vivido por personas LGBTIQ+ y personas que usan drogas-, todas comparten la condena a la invisibilidad y al trato discriminatorio. En el caso de las personas que usan drogas, la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad (CEV) adoptó un enfoque centrado en los crímenes por discriminación o prejuicio hacia este grupo particular. Esto permitió abrir una discusión sobre cómo la lucha contra las drogas transformó la manera en que se libró el conflicto armado.
Desde las detenciones arbitrarias, el desplazamiento forzado y el asesinato selectivo de usuarios de drogas, hasta los castigos y trabajos forzados, así como el estigma social y la discriminación, todas estas acciones han contribuido a su revictimización. Estas prácticas entonces han reforzado el estereotipo de marginalidad de las personas que usan drogas en la sociedad, haciéndolos parecer “merecedores” de deshumanización. Estas estrategias, parte de una cruzada moral contra los usuarios de drogas, reflejan patrones de exterminio según la CEV
La discusión sobre la violencia por prejuicio en la JEP ha visibilizado los diversos órdenes y arreglos discriminatorios en la sociedad que afectan a grupos vulnerados, como las personas que usan drogas. Sin embargo, faltan 4 años para que finalice su término inicial, y la JEP aún no ha emitido sentencias ni impuesto sanciones, por lo que el tiempo empieza a jugar en contra. Es crucial entonces que la oportunidad de abordar la violencia por prejuicio amplio no se convierta en una oportunidad perdida para las víctimas de este crimen, quienes todavía esperan contar su historia y recibir justicia.