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Haciendo País

Acuerdo nacional, reformas constitucionales y asamblea constituyente limitada

13 de julio de 2024 - 05:39 p. m.

La Constitución de 1991 ha sido un gran acuerdo nacional. Durante estos 33 años, elementos como la acción de tutela, la Corte Constitucional, la Defensoría del Pueblo, un amplio catálogo de derechos humanos, los límites a los estados de excepción, la estructura institucional, el sistema de frenos y contrapesos, entre otros, han sido determinantes para transformar positivamente el país y ser, en esa medida, un buen acuerdo de paz.

Por esa razón es tan difícil pensar en la idea de una asamblea constituyente para dar origen a una nueva Constitución, especialmente cuando uno de los más débiles argumentos ha sido que ello es necesario, paradójicamente, para cumplir con la Constitución de 1991. Se requiere mucha fe en el derecho y en la política para considerar que las promesas incumplidas de la actual Constitución al fin se van a materializar si son incluidas en un nuevo texto constitucional. El cumplimiento de las constituciones, así como de los acuerdos de paz, necesita esencialmente voluntad, recursos y gestión.

Ahora bien, como se ha planteado desde distintos sectores del país, incluyendo los armados, Colombia necesita un acuerdo nacional. Sus formas y contenidos están por verse, pues se requiere un diálogo amplio desde lo político, institucional, económico, territorial, cultural y social para incluir la pluralidad de opiniones en un país diverso, teniendo como propósito general encontrarnos en medio de las diferencias para coexistir (sería mejor “convivir”, pero esta palabra nos fue arrebatada por falta de convivencia) y gestionar la realización de las promesas incluidas en la Constitución.

Como es de esperarse, un acuerdo nacional necesita distintos niveles de decisión pública. Habrá asuntos que, para su materialización, requieran decretos presidenciales ordinarios o medidas locales, así como otros que necesitarán leyes o reformas constitucionales. En este último caso, la Constitución de 1991 ha previsto tres caminos: actos legislativos, referendos y asamblea nacional constituyente. Todos estos requieren la intervención del Congreso de la República y en los dos últimos casos, el pronunciamiento de la Corte Constitucional antes a la votación popular.

Tendrá que ser parte del acuerdo nacional la definición de los caminos (en plural) para la reforma constitucional, si el acuerdo nacional así lo requiere. Además, en el caso de la asamblea constituyente, la Constitución establece que esta podrá tener la competencia, el período y la composición que el Congreso determine y el pueblo apruebe.

Con esto, queda claro que una asamblea constituyente no significa necesariamente la expedición de una nueva constitución, sino que esta puede tener un mandato delimitado, para lo cual se requiere claridad, precisión y prudencia.

El acuerdo nacional reta la madurez política de las personas que ejercen las representaciones de elección popular, que lideran distintos sectores de la sociedad, que cumplen funciones públicas, que integran a los partidos políticos y que representan la academia, entre otros, así como a la sociedad en general. Pensar en acuerdos constitucionales para la transición es una oportunidad, así como lo es adoptar decisiones conjuntas sobre el diseño institucional y la forma en que los gobiernos cumplirán los acuerdos y materializarán las políticas públicas, además de las reformas legales y constitucionales que surjan.

No es momento de obstruir el diálogo nacional. Cerrarle hoy la puerta a la posibilidad de tramitar reformas jurídicas, incluyendo constitucionales, es limitar mañana la posibilidad de generar amplios diálogos públicos y acuerdos de paz. Se necesita cuidado, sin duda, por eso deben hacer parte de este proceso quienes desde distintas orillas han advertido dificultades, incertidumbres o desconfianzas. Hablar en Colombia siempre ha sido un riesgo. Por eso hay que ver con buenos ojos la intención de diálogo hacia un acuerdo nacional, además de las posibilidades que ello puede traer a la paz como catalizadora de la violencia.

Se necesitan muchos factores alineados para que llegar a buen término, así que cada persona tendrá que preguntarse cómo puede contribuir. Por lo pronto, queda claro que las vías para las reformas constitucionales están fijadas en la Constitución de 1991, incluyendo la posibilidad de una asamblea constituyente limitada.

 

enriqueparra1978(84821)14 de julio de 2024 - 09:02 a. m.
El primer factor de poder es la fuerza pública, que tiene la obligación de no ser deliberante. No debe intervenir en temas políticos, en lo cual los generales retirados han dado un mal ejemplo. Han demostrado que no son, ni fueron imparciales políticamente. Si mantenemos las armas fuera de la política un acuerdo es posible. La Constitución de 1991, a pesar de haber avanzado fue un acuerdo de minorías. Necesitamos que en el acuerdo esté el 80% del pueblo soberano.
orlando(94712)13 de julio de 2024 - 07:06 p. m.
Sin duda alguna que si queremos la paz de verdad en el país, debemos despojarnos de muchos egos de lado y lado...Los acuerdos nacionales siempre han sido la salida a los conflictos en nuestra sufrida Colombia desde comienzos de la República...No es sino revisar la historia de la Violencia que parece no cesar la horrible noche...Pero para ello no solo se necesita voluntad política, sino además la participación de todos los colombianos...Necesitamos desarmar los espíritus...Que cesen las armas...
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