La última embestida a los baldíos

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*Por Lina María Ortega Van Arcken

Tras varios intentos de modificar el régimen de las tierras baldías, se aprobó la ley Zidres, que redefine quién puede ser sujeto de adjudicación y desvía la prioridad de entregar tierras públicas a familias campesinas, para entregarlas a empresarios que cuenten con el capital necesario para desarrollar la agroindustria. A pesar de que la primera Zidres fue creada en Puerto López, Meta, hace más de un año, aún no se han puesto en marcha los proyectos productivos para esta zona y la pugna por la tierra se mantiene.

El último caso de acaparamiento de baldíos que salió a la luz fue el de la empresa Bioenergy, justamente en Puerto López, desde entonces se encuentra en manos de la Fiscalía, la Procuraduría y la ANT. Sin embargo, habrá que esperar que no suceda lo mismo que sucedió con los demás casos de la Altillanura, eventualmente abandonados y dejados sin un impulso que garantizara la devolución de las tierras a la Nación.

En el Congreso ya se propuso realizar un seguimiento de la implementación de las Zidres, y desde la comisión accidental de baldíos se planeó un cronograma de audiencias para abrir la discusión a nivel nacional, pues del estancamiento de estas zonas, surge la preocupación de que se siga acaparando la tierra a través de figuras jurídicas como la fiducia de parqueo que permiten que se obtenga la ganancia de la valorización y se genere especulación, sin que siquiera se haga una inversión para poner a producir la tierra.

Con todo esto, el decreto 2106 de 2019, o nuevo decreto anti trámites, quitó dos requisitos que debían ser incorporados en los proyectos productivos de las Zidres. Uno de los requisitos era la presentación de un plan que asegurara la compatibilidad del proyecto con las políticas de seguridad alimentaria del país y el otro, era un estudio de títulos de los predios que se requirieran para el establecimiento del proyecto. Se reemplazaron estos componentes por un concepto que debe pedir el Ministerio de Agricultura a las “entidades competentes”, trasladando esta carga que debería asumir quien pretende ejecutar el proyecto. Más allá de esto, no se aclara cuáles entidades deben pronunciarse, ni qué criterios deben incluirse en el concepto.

Esta medida que facilita la implementación de las Zidres, implica un efecto negativo sobre la identificación de los baldíos, especialmente lo que se refiere al estudio de títulos, pues sin este no se puede establecer la identidad jurídica de los predios. El estudio de títulos es necesario para definir si se está frente a propiedad privada o frente a baldíos, o si se presenta alguna restricción o irregularidad con las tierras que se van a destinar a los proyectos productivos. 

A finales de marzo, un representante por el Centro Democrático radicó en la Cámara de Representantes el proyecto de ley 326 de 2020, con el cual se pretende aumentar la cantidad de tierras baldías que son adjudicables en las zonas donde se adelanten procesos de explotación de recursos naturales no renovables. Este proyecto pretende modificar la Ley 1728 de 2014 que establece que no serán adjudicables los terrenos baldíos que estén situados dentro de un radio de dos mil quinientos (2.500) metros alrededor de minas, pozos petroleros y yacimientos de gas natural; el cambió consiste en que ya no sea un radio de 2.500 metros, sino de 500 metros, lo cual implica que habrá más tierras adjudicables en el país.

El proyecto se justifica diciendo que su objetivo es garantizar el acceso a la tierra de las familias rurales de escasos recursos, sin embargo, la otra modificación que se quiere incluir es que los baldíos en estas zonas ya no sean adjudicados exclusivamente a familias pobres, sino a las personas que “tengan la posesión y tenencia de los predios”, incluyendo -como ejemplo, más no como adjudicatarios exclusivos- a los trabajadores y pobladores rurales de escasos recurso, lo cual implica que el adjudicatario puede ser cualquiera, y no tiene que ser una persona o familia pobre.

Esta es una nueva arremetida que permitiría la entrega de baldíos a personas que hasta ahora los han ocupado de forma irregular y una medida que sería contraria a los propósitos de una reforma rural integral acorde a nuestros fines constitucionales.  

*Investigadora Observatorio de Restitución y Regulación  de Derechos de Propiedad Agraria.

 

 

 

 

 

 

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