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                                                                                                                                No más niños y niñas para la guerra

                                                                                                                                Camilo Fagua, abogado de firmantes de Paz

                                                                                                                                Para muchas generaciones de jóvenes era comúnmente aceptado que, al culminar los estudios de bachillerato particularmente en instituciones educativas públicas, ingresaran a las aulas académicas representantes de la fuerza pública con el objetivo de vincular menores en las academias de suboficiales u oficiales de la Fuerza Aérea, Ejército Nacional, Policía, Armada o impartir instrucciones sobre cómo solucionar la situación militar. Al revisar las páginas oficiales de cada una de las entidades castrenses se puede advertir que, al día de hoy, sus planes de reclutamiento están dirigidos a personas menores de 18 años.

                                                                                                                                En Colombia solo hasta el año 2017 el Congreso modificó el modelo de reclutamiento, advirtiendo que el servicio era solo para mayores de edad e incluyendo en el decreto 1861 el derecho fundamental a la objeción de conciencia. Aunque la figura del servicio militar es obsoleta y deberá ser derogada en un escenario de Paz total, si llama la atención la evidente contradicción que existe frente a los planes de incorporación que permiten el ingreso a la carrera militar de jóvenes de apenas 16 años.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                En nuestro país el conflicto armado persiste, a pesar de la firma del Acuerdo Final de Paz y en gran medida por el ataque permanente de los sectores que aúpan la guerra. Recientemente el CICR, conceptuó sobre la permanencia de al menos seis conflictos armados no internacionales (CANI) en Colombia: El Estado, grupos paramilitares como las Autodefensas gaitanistas, las antiguas FARC no acogidas al proceso, los comandos de frontera, el ELN, la Segunda Marquetalia y los Comandos de Frontera; hoy son los actores responsables de la persistencia de la confrontación bélica, el nuevo escenario trajo como consecuencia la obligación para estos actores de observar las normas del Derecho Internacional Humanitario (DIH), principios y reglas para la conducción de hostilidades, entre ello todo lo concerniente a la prohibición del reclutamiento forzado de menores. Por su parte, la Defensoría del Pueblo ha advertido en más de 160 alertas tempranas sobre el incremento del fenómeno del reclutamiento forzada de menores que ingresan a hacer parte de uno u otro grupo armado estatal o no estatal.

                                                                                                                                Desde el mes de marzo de 2019, la Sala de Reconocimiento de la JEP, aperturó el sonado Caso 07 sobre el reclutamiento y la utilización de menores en el conflicto vinculando a comparecientes de las extintas FARC y miembros de la fuerza pública enunciados o relacionados con estas conductas. Además de los aportes de verdad realizados únicamente por los firmantes del Acuerdo de Paz, se ha elevado la reflexión sobre la responsabilidad que le asiste al Estado Colombiano de garantizar el interés superior y la protección de los menores, por esa razón no es admisible desde ningún punto vista que la fuerza pública continúe realizando jornadas militares en instituciones educativas que inducen a la incorporación o se permita el reclutamiento de menores de edad en la carrera militar.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), como el tribunal encargado de garantizar el cumplimiento del derecho a la No repetición, tiene en sus manos una herramienta valiosa, que por medio de la adopción de medidas cautelares podría ordenar, desde su condición de jueces de la república, que cese de inmediato todo tipo de acciones tendientes a vincular menores a los diferentes conflictos que vive Colombia. Un país con más de cinco décadas de conflicto y que ha condenado la práctica del reclutamiento forzado por parte de actores no estatales, no puede amparar este tipo de política por parte de su estamento militar.

                                                                                                                                El gobierno nacional en cabeza del Presidente y el Ministerio de Defensa a la sabia decisión de poner fin a las batidas militares y ordenar la cesación de actos violatorios a los derechos humanos por parte de la fuerza pública, como el ocurrido hace algunas semanas en un colegio de Cundinamarca, deberá adicionar la prohibición expresa del reclutamiento de menores de edad para la carrera militar e impedir que dichas jornadas se sigan realizando en planteles educativos destinados a la formación de niños y niñas. La no vinculación de más niños y niñas a la guerra no debe ser solo una consigna, debe ser el compromiso ineludible y el gran pacto social de toda una sociedad que trasega el camino de la Paz.

                                                                                                                                Para muchas generaciones de jóvenes era comúnmente aceptado que, al culminar los estudios de bachillerato particularmente en instituciones educativas públicas, ingresaran a las aulas académicas representantes de la fuerza pública con el objetivo de vincular menores en las academias de suboficiales u oficiales de la Fuerza Aérea, Ejército Nacional, Policía, Armada o impartir instrucciones sobre cómo solucionar la situación militar. Al revisar las páginas oficiales de cada una de las entidades castrenses se puede advertir que, al día de hoy, sus planes de reclutamiento están dirigidos a personas menores de 18 años.

                                                                                                                                En Colombia solo hasta el año 2017 el Congreso modificó el modelo de reclutamiento, advirtiendo que el servicio era solo para mayores de edad e incluyendo en el decreto 1861 el derecho fundamental a la objeción de conciencia. Aunque la figura del servicio militar es obsoleta y deberá ser derogada en un escenario de Paz total, si llama la atención la evidente contradicción que existe frente a los planes de incorporación que permiten el ingreso a la carrera militar de jóvenes de apenas 16 años.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                En nuestro país el conflicto armado persiste, a pesar de la firma del Acuerdo Final de Paz y en gran medida por el ataque permanente de los sectores que aúpan la guerra. Recientemente el CICR, conceptuó sobre la permanencia de al menos seis conflictos armados no internacionales (CANI) en Colombia: El Estado, grupos paramilitares como las Autodefensas gaitanistas, las antiguas FARC no acogidas al proceso, los comandos de frontera, el ELN, la Segunda Marquetalia y los Comandos de Frontera; hoy son los actores responsables de la persistencia de la confrontación bélica, el nuevo escenario trajo como consecuencia la obligación para estos actores de observar las normas del Derecho Internacional Humanitario (DIH), principios y reglas para la conducción de hostilidades, entre ello todo lo concerniente a la prohibición del reclutamiento forzado de menores. Por su parte, la Defensoría del Pueblo ha advertido en más de 160 alertas tempranas sobre el incremento del fenómeno del reclutamiento forzada de menores que ingresan a hacer parte de uno u otro grupo armado estatal o no estatal.

                                                                                                                                Desde el mes de marzo de 2019, la Sala de Reconocimiento de la JEP, aperturó el sonado Caso 07 sobre el reclutamiento y la utilización de menores en el conflicto vinculando a comparecientes de las extintas FARC y miembros de la fuerza pública enunciados o relacionados con estas conductas. Además de los aportes de verdad realizados únicamente por los firmantes del Acuerdo de Paz, se ha elevado la reflexión sobre la responsabilidad que le asiste al Estado Colombiano de garantizar el interés superior y la protección de los menores, por esa razón no es admisible desde ningún punto vista que la fuerza pública continúe realizando jornadas militares en instituciones educativas que inducen a la incorporación o se permita el reclutamiento de menores de edad en la carrera militar.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), como el tribunal encargado de garantizar el cumplimiento del derecho a la No repetición, tiene en sus manos una herramienta valiosa, que por medio de la adopción de medidas cautelares podría ordenar, desde su condición de jueces de la república, que cese de inmediato todo tipo de acciones tendientes a vincular menores a los diferentes conflictos que vive Colombia. Un país con más de cinco décadas de conflicto y que ha condenado la práctica del reclutamiento forzado por parte de actores no estatales, no puede amparar este tipo de política por parte de su estamento militar.

                                                                                                                                El gobierno nacional en cabeza del Presidente y el Ministerio de Defensa a la sabia decisión de poner fin a las batidas militares y ordenar la cesación de actos violatorios a los derechos humanos por parte de la fuerza pública, como el ocurrido hace algunas semanas en un colegio de Cundinamarca, deberá adicionar la prohibición expresa del reclutamiento de menores de edad para la carrera militar e impedir que dichas jornadas se sigan realizando en planteles educativos destinados a la formación de niños y niñas. La no vinculación de más niños y niñas a la guerra no debe ser solo una consigna, debe ser el compromiso ineludible y el gran pacto social de toda una sociedad que trasega el camino de la Paz.

                                                                                                                                Por Camilo Fagua, abogado de firmantes de Paz

                                                                                                                                Ver todas las noticias
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