Servidores públicos intimidantes

Kenneth Burbano Villamarín
11 de mayo de 2021 - 08:14 p. m.
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La Constitución de Colombia de 1991 dispone que los particulares solo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes; por la misma causa lo son los servidores públicos y por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones. También señala que los servidores públicos están al servicio del Estado y de la comunidad, superando la concepción meramente burocrática o funcional.

Las recientes marchas y manifestaciones ciudadanas son una expresión más del acumulado de necesidades vitales insatisfechas en lo económico, social y cultural, incrementadas en el actual gobierno. El Estado a través de las autoridades no llega a los sectores con alta vulneración de derechos; las matanzas son permanentes y el pueblo en su pluralidad social y comunitaria está relegado. Hay legitimidad y suficientes razones para protestar.

Se trata de una realidad incontrastable que el presidente Duque y su partido de gobierno se niegan a aceptar. No se quiere admitir que el gobierno va por mal rumbo y que el periodo presidencial entró en su recta final. Se acude entonces a la descalificación, asemejando a los violentos con miles de personas que en forma pacífica y en un ejercicio democrático disienten, reclaman y se oponen al gobierno.

La respuesta intimidante no se hace esperar. La policía sale a las calles con el mandato de restablecer el orden público alterado por los manifestantes; cunde el uso excesivo de la fuerza y de las armas, las capturas ilegales, las lesiones y los asesinatos. Esto es distinto a la judicialización de los vándalos, tarea que le concierne a la policía, a los fiscales y jueces. Como si se tratara del cumplimiento de una orden guerrerista se acude a la asistencia militar, una figura del Código de Policía que dentro de las crecientes protestas resulta peligrosa y contraproducente. Dice el saber popular es como apagar el fuego con gasolina. La policía no se puede militarizar ni las fuerzas militares son un cuerpo de naturaleza civil, su mandato constitucional es distinto. Parece que se estuviera allanando el camino para declarar la conmoción interior; es imposible olvidar el permanente estado de sitio que vivió Colombia bajo la Constitución de 1886 y sus desastrosas consecuencias para los derechos humanos.

Este trastocamiento se da con otros servidores públicos. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, mediante auto del 27 de abril de 2021, dispuso aplazar las manifestaciones que empezarían al día siguiente hasta tanto se implemente un protocolo de bioseguridad o se alcance la inmunidad de rebaño con la vacunación contra la pandemia Covid-19. Una decisión insólita y mal sustentada que deja un sinsabor en la ciudadanía, no solo por lo inane sino porque envía un mensaje de politización y falta de credibilidad en la justicia.

Por otro lado, el señor Barbosa, fiscal general de la Nación, anunció procesos para extinguir el dominio de los vehículos que bloqueen vías en el país y que la Fiscalía se va a quedar con los camiones en el marco de la extinción. Parece que el fiscal considera que la protesta corresponde a un actuar delictivo; aquí no hay ni un origen ni una finalidad ilícitos y olvida que se requiere una sentencia proferida por un juez de la República. Lo que si quedó claro es el tono amenazante, la arrogancia y su empuje para desprestigiar a la Fiscalía.

El señor defensor del pueblo y la procuradora general de la Nación parece que no comprenden o no quieren comprender que los organismos que representan son de control y vigilancia de los servidores públicos, y que por mandato constitucional les atañe proteger los derechos humanos y asegurar su efectividad. Estas instituciones no son las emisarias del presidente ni su caja de resonancia. Por fortuna el Ministerio Público cuenta con varios profesionales idóneos y de trayectoria.

Hay militares y policías que exponen su vida y su integridad y cuyos procedimientos se ajustan al ordenamiento legal. Los servidores públicos deben cumplir con su función de proteger los derechos humanos y garantizar su ejercicio, les compete tomar decisiones ajustadas a la ley, garantizando la independencia funcional; de lo contrario, sus acciones y omisiones serán una contribución a la violencia y a la justicia por mano propia.

 

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