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                                                                                                                                El predio que Uribe y su familia tendrían que devolver por ser baldío del Estado

                                                                                                                                Aunque los abogados del expresidente adelantan un proceso para legalizar la propiedad de El Laguito 2, administrada por la Sociedad Agropecuaria El Ubérrimo, un reciente auto de la Agencia Nacional de Tierras confirma que no hay títulos legítimos y pide recuperarlo para la Nación.

                                                                                                                                Julián Ríos Monroy

                                                                                                                                Periodista de Colombia +20
                                                                                                                                La hacienda El Ubérrimo en Montería se ha convertido en un símbolo del poderío de Uribe y su familia.
                                                                                                                                Foto: Cortesía
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Justamente Laguito 2 aparece en un auto expedido el pasado 28 de julio por la Agencia Nacional de Tierras (ANT) en el que la entidad concluye que la propiedad tiene “naturaleza jurídica de bien baldío”. La conclusión llama la atención porque los baldíos le pertenecen al Estado y, en caso de ser adjudicados, solo se les pueden entregar a algunas comunidades indígenas, campesinas o afrocolombianas, condiciones con las que no cumple el exmandatario y líder del Centro Democrático ni su familia.

                                                                                                                                Lea: Calzones, el hombre fuerte del uribismo que tuvo negocios con narcos

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                La misma Corte Constitucional estudia una ponencia -cuya decisión debería conocerse este viernes- que propone una serie de reglas para solucionar el problema de los baldíos. Si la Sala Plena la aprueba, se trataría de una decisión inédita. No solo significaría la revisión de miles de sentencias, para acabar con la acumulación de tierras.

                                                                                                                                La ponencia es del magistrado Antonio Lizarazo. En ella, el ponente propuso una serie de reglas para solucionar el caos. En esa ponencia se dice que gran parte del enredo actual —si no todo— radica en que hace unos años, por una interpretación de jueces civiles (que, según la ponencia, estuvo mal), la justicia les entregó baldíos a terceros, bajo una figura jurídica que se llama prescripción de dominio. En palabras muy sencillas, ese recurso les permite a terceros (no propietarios) pedirle a un juez que les otorgue un pedazo de tierra, después de probar que han vivido en ella y la han explotado por determinado tiempo, sin necesidad de aportar títulos ni tener una tradición del dominio. Ese parece ser el caso del predio Laguito 2.

                                                                                                                                Foto: Agencia Nacional de Tierras
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                En contexto: El debate sobre baldíos que ronda de nuevo a Álvaro Uribe

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                El proceso iba marchando en el juzgado, pero cuando llegó a manos de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cereté, Córdoba, esta determinó que El Laguito 2 “carece de dominio privado, y por ello reviste la naturaleza de bien baldío de la Nación y por ende [es] imprescriptible”.

                                                                                                                                De hecho, la decisión de la ANT emitida en julio pasado, casi tres años después de ese concepto de la Oficina de Registro, recuerda que, según los “preceptos jurisprudenciales”, existe la “prohibición de adquirir la propiedad de predios de naturaleza jurídica baldía por el lapso del tiempo, y si bien sus ocupantes, adquieren una legítima expectativa y preferencia sobre los mismos (…) no se convierten, per se, en propietarios”.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                En otras palabras, según la ley, no importa que la familia de Uribe haya usufructuado el lote durante varios años, e incluso pagado sus impuestos, pues por ser un baldío su disponibilidad le corresponde a la Nación (y a la Agencia Nacional de Tierras, para ser más precisos).

                                                                                                                                Foto: Agencia Nacional de Tierras

                                                                                                                                Aunque en el acto administrativo en poder de Colombia+20 queda constancia de todas estas situaciones, hasta hace poco la Agencia Nacional de Tierras no había tomado acciones. De hecho, el pasado 8 de mayo, el periodista Daniel Coronell publicó una columna señalando que la entidad mantenía “engavetado” un informe sobre El Laguito 2, que demostraba que el predio de Uribe y su familia no tiene títulos legítimos.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Sin embargo, en 2020 el defensor de la familia Uribe que lleva el proceso le dijo a Vorágine: “Si dado el caso en un momento determinado llegase a no ser posible el saneamiento, eso no tiene ningún problema, yo mismo acudo a la Agencia Nacional de Tierras y se lo entrego, eso no tiene ningún inconveniente”.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                La respuesta de Álvaro Uribe

                                                                                                                                A través de sus asesores el expresidente Uribe hizo llegar su versión de este asunto a nuestra redacción, que reproducimos de manera íntegra:

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                En su momento, la defensa de la familia Uribe afirmó que el origen del lote del Ubérrimo no era baldío.

                                                                                                                                Le aquí ese documento del 2020:

                                                                                                                                Lea: Baldíos, la inédita solución que discute la Corte

                                                                                                                                Los escenarios posibles sobre el futuro de Laguito 2

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                “Como autoridad administrativa la Agencia Nacional de Tierras no puede controvertir lo que ya han dicho los jueces”, asegura esta fuente, y en ese sentido hay “dos fallos que ya determinaron que ese inmueble es baldío. Por eso la ANT no llevó a cabo la investigación, pues una sentencia judicial funge como prueba de que el terreno le pertenece a la Nación”, explica.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Y agrega que hay dos escenarios posibles para el futuro de Laguito 2: que “el Estado inicie un proceso de recuperación de baldíos indebidamente ocupados, es un proceso mediante el cual la ANT recupera físicamente el inmueble”, en este caso eventualmente “podría conciliar con quién tiene el dominio del inmueble para que lo administre”. Y la segunda es que la “ANT puede vislumbrar que el ocupante está de buena fe y no incumple con la función social de la propiedad. Podría adjudicarle el inmueble, pero depende de los criterios legales, la adjudicación tiene un propósito social”.

                                                                                                                                Otra fuente de alto nivel en la ANT aseguró que “asumiendo la decisión judicial por la Agencia, en el sentido de que el predio es baldío, queda la tarea de proceder a ejercer las labores de administración del mismo”. Esto último significa que no habría que iniciar un proceso formal de recuperación del predio, sino simplemente administrarlo como un baldío.

                                                                                                                                Conozca el auto de la Agencia Nacional de Tierras completo aquí:

                                                                                                                                La hacienda El Ubérrimo en Montería se ha convertido en un símbolo del poderío de Uribe y su familia.
                                                                                                                                Foto: Cortesía
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Justamente Laguito 2 aparece en un auto expedido el pasado 28 de julio por la Agencia Nacional de Tierras (ANT) en el que la entidad concluye que la propiedad tiene “naturaleza jurídica de bien baldío”. La conclusión llama la atención porque los baldíos le pertenecen al Estado y, en caso de ser adjudicados, solo se les pueden entregar a algunas comunidades indígenas, campesinas o afrocolombianas, condiciones con las que no cumple el exmandatario y líder del Centro Democrático ni su familia.

                                                                                                                                Lea: Calzones, el hombre fuerte del uribismo que tuvo negocios con narcos

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                La misma Corte Constitucional estudia una ponencia -cuya decisión debería conocerse este viernes- que propone una serie de reglas para solucionar el problema de los baldíos. Si la Sala Plena la aprueba, se trataría de una decisión inédita. No solo significaría la revisión de miles de sentencias, para acabar con la acumulación de tierras.

                                                                                                                                La ponencia es del magistrado Antonio Lizarazo. En ella, el ponente propuso una serie de reglas para solucionar el caos. En esa ponencia se dice que gran parte del enredo actual —si no todo— radica en que hace unos años, por una interpretación de jueces civiles (que, según la ponencia, estuvo mal), la justicia les entregó baldíos a terceros, bajo una figura jurídica que se llama prescripción de dominio. En palabras muy sencillas, ese recurso les permite a terceros (no propietarios) pedirle a un juez que les otorgue un pedazo de tierra, después de probar que han vivido en ella y la han explotado por determinado tiempo, sin necesidad de aportar títulos ni tener una tradición del dominio. Ese parece ser el caso del predio Laguito 2.

                                                                                                                                Foto: Agencia Nacional de Tierras
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                En contexto: El debate sobre baldíos que ronda de nuevo a Álvaro Uribe

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                De hecho, la decisión de la ANT emitida en julio pasado, casi tres años después de ese concepto de la Oficina de Registro, recuerda que, según los “preceptos jurisprudenciales”, existe la “prohibición de adquirir la propiedad de predios de naturaleza jurídica baldía por el lapso del tiempo, y si bien sus ocupantes, adquieren una legítima expectativa y preferencia sobre los mismos (…) no se convierten, per se, en propietarios”.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Foto: Agencia Nacional de Tierras

                                                                                                                                Aunque en el acto administrativo en poder de Colombia+20 queda constancia de todas estas situaciones, hasta hace poco la Agencia Nacional de Tierras no había tomado acciones. De hecho, el pasado 8 de mayo, el periodista Daniel Coronell publicó una columna señalando que la entidad mantenía “engavetado” un informe sobre El Laguito 2, que demostraba que el predio de Uribe y su familia no tiene títulos legítimos.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Sin embargo, en 2020 el defensor de la familia Uribe que lleva el proceso le dijo a Vorágine: “Si dado el caso en un momento determinado llegase a no ser posible el saneamiento, eso no tiene ningún problema, yo mismo acudo a la Agencia Nacional de Tierras y se lo entrego, eso no tiene ningún inconveniente”.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                La respuesta de Álvaro Uribe

                                                                                                                                A través de sus asesores el expresidente Uribe hizo llegar su versión de este asunto a nuestra redacción, que reproducimos de manera íntegra:

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                En su momento, la defensa de la familia Uribe afirmó que el origen del lote del Ubérrimo no era baldío.

                                                                                                                                Le aquí ese documento del 2020:

                                                                                                                                Lea: Baldíos, la inédita solución que discute la Corte

                                                                                                                                Los escenarios posibles sobre el futuro de Laguito 2

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                “El proceso de clarificación de la propiedad tiene como objeto determinar la naturaleza jurídica del inmueble”, dijo a Colombia+20 una persona que ha trabajado antes en dependencias de la ANT y quien pidió reserva de su nombre. “Solamente es privado aquello que salió del dominio del Estado [...] para ello el propietario debe acreditar tradición de dominio y que el inmueble salió de la propiedad del Estado”. En este caso, de acuerdo con esta persona, se logró determinar que Laguito 2 es de naturaleza baldía porque los documentos que supuestamente certificaban la propiedad privada sobre ese inmueble tiene una tradición falsa: “no se pudo determinar a quién pertenecía realmente este predio”.

                                                                                                                                “Como autoridad administrativa la Agencia Nacional de Tierras no puede controvertir lo que ya han dicho los jueces”, asegura esta fuente, y en ese sentido hay “dos fallos que ya determinaron que ese inmueble es baldío. Por eso la ANT no llevó a cabo la investigación, pues una sentencia judicial funge como prueba de que el terreno le pertenece a la Nación”, explica.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Y agrega que hay dos escenarios posibles para el futuro de Laguito 2: que “el Estado inicie un proceso de recuperación de baldíos indebidamente ocupados, es un proceso mediante el cual la ANT recupera físicamente el inmueble”, en este caso eventualmente “podría conciliar con quién tiene el dominio del inmueble para que lo administre”. Y la segunda es que la “ANT puede vislumbrar que el ocupante está de buena fe y no incumple con la función social de la propiedad. Podría adjudicarle el inmueble, pero depende de los criterios legales, la adjudicación tiene un propósito social”.

                                                                                                                                Otra fuente de alto nivel en la ANT aseguró que “asumiendo la decisión judicial por la Agencia, en el sentido de que el predio es baldío, queda la tarea de proceder a ejercer las labores de administración del mismo”. Esto último significa que no habría que iniciar un proceso formal de recuperación del predio, sino simplemente administrarlo como un baldío.

                                                                                                                                Conozca el auto de la Agencia Nacional de Tierras completo aquí:

                                                                                                                                Por Julián Ríos Monroy

                                                                                                                                Periodista y fotógrafo. Es subeditor de Colombia+20 y profesor de cátedra en la Universidad del Rosario.@julianrios_mjrios@elespectador.com

                                                                                                                                Por Camilo Alzate González

                                                                                                                                Licenciado en literatura de la Universidad Tecnológica de Pereira. Cubre temas relacionados con paz, derechos humanos y conflicto armado.@camilagrosocalzate@elespectador.com
                                                                                                                                Ver todas las noticias
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