Gobierno acata orden de la JEP y pagará renta básica a hijos de ex-Farc asesinados
Después de más de seis meses desde que la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN) se negara por primera vez a cumplir la orden de la Jurisdicción Especial para la Paz de garantizar un ingreso básico a los niños y niñas cuyos padres fueron excombatientes de las Farc que fueron asesinados, la agencia emitió resolución acatando la directriz.
La Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN) emitió la resolución 1273 de 2022 en la que ordena desembolsar el ingreso de renta básica a los hijos e hijas de excombatientes de las Farc que fueron asesinados mientras estaban en proceso de reincorporación a la vida civil. Esta decisión llega después de más de seis meses desde que la entidad del Gobierno se opusiera por primera vez a una orden que le dio la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) en noviembre de 2021 de garantizar esos pagos, así como el seguro de vida por la muerte de los excombatientes y los gastos funerarios.
En el documento emitido por la ARN que deja en firme esta decisión, y firmado por el director general Andrés Stapper, se explica que los hijos e hijas de excombatientes recibirán, de manera temporal, el 90% de un salario mínimo mensual vigente (como lo venían recibiendo sus padres antes de ser asesinados), a través de sus tutores legales o de quien tenga la custodia de los menores de edad que dependían económicamente del firmante de paz. “Su distribución se hará de manera proporcional, teniendo en cuenta el total de hijos o hijas menores de edad de la persona en proceso de reincorporación asesinada”, se lee en la resolución.
(En contexto: Gobierno entutela a la JEP para no pagar renta básica a hijos de ex-Farc asesinados)
La decisión llega después de que la misma ARN se hubiera negado en dos ocasiones a cumplir con la orden que emitió la JEP. La más reciente tutela fue radicada el 24 de mayo y allí la entidad sostenía que “las medidas o garantías de reincorporación son destinadas a quien tiene la calidad de exintegrante de las Farc, es decir, tienen una connotación personalísima”. Esta entidad del gobierno también aseguró que la JEP estaba actuando “por fuera de sus competencias” al cobijar con medidas cautelares a las familias de los excombatientes porque, según la agencia, dichas medidas eran solo para los comparecientes ante la JEP, o testigos o víctimas del conflicto.
Sobre el tema de los recursos para las familias de los ex-Farc, la Agencia había contestado que esas acciones de protección a los menores de edad son competencia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), entidad que informó que, solo en 2020, atendieron a 371 niños y adolescentes familiares de excombatientes.
(Vea: Confirman que ARN debe entregar renta basica a familias de exfarc asesinados)
Como ya había revelado Colombia+20, la Sección de Ausencia de Reconocimiento de la JEP respondió a la ARN que dicha agencia pretendía “negar sin ningún fundamento el carácter de víctimas de las familias de los reincorporados, generando una profunda discriminación por el solo hecho que las personas asesinadas sean excombatientes, lo cual vulnera claramente la Constitución”. En relación con lo afirmado por la Agencia de Reincorporación de no poder transferir el beneficio de la renta básica de los excombatientes asesinados a sus familiares, la JEP sostuvo que el sustento legal para hacerlo está en el Conpes de la Política Nacional de Reincorporación.
Esta justicia también concluyó que “no se observa que se haya diseñado una política específica orientada a la protección especial de los hijos de excombatientes asesinados” y por eso ordenó al gobierno crear un programa de atención para esos menores de edad que quedaron huérfanos y, en algunos casos, en un limbo económico.
La JEP impartió estas órdenes en noviembre del año pasado en el marco del trámite de medidas cautelares que solicitó el Partido Comunes a esta justicia con el fin de hacerle frente al asesinato de sus integrantes firmantes de paz y de ofrecer algunas garantías a las familias de las víctimas mortales. Cuando se publicó ese fallo habían sido asesinados 292 excombatientes. Según la Misión de Verificación de la ONU, la cifra hoy rodea los 330 casos.
La Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN) emitió la resolución 1273 de 2022 en la que ordena desembolsar el ingreso de renta básica a los hijos e hijas de excombatientes de las Farc que fueron asesinados mientras estaban en proceso de reincorporación a la vida civil. Esta decisión llega después de más de seis meses desde que la entidad del Gobierno se opusiera por primera vez a una orden que le dio la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) en noviembre de 2021 de garantizar esos pagos, así como el seguro de vida por la muerte de los excombatientes y los gastos funerarios.
En el documento emitido por la ARN que deja en firme esta decisión, y firmado por el director general Andrés Stapper, se explica que los hijos e hijas de excombatientes recibirán, de manera temporal, el 90% de un salario mínimo mensual vigente (como lo venían recibiendo sus padres antes de ser asesinados), a través de sus tutores legales o de quien tenga la custodia de los menores de edad que dependían económicamente del firmante de paz. “Su distribución se hará de manera proporcional, teniendo en cuenta el total de hijos o hijas menores de edad de la persona en proceso de reincorporación asesinada”, se lee en la resolución.
(En contexto: Gobierno entutela a la JEP para no pagar renta básica a hijos de ex-Farc asesinados)
La decisión llega después de que la misma ARN se hubiera negado en dos ocasiones a cumplir con la orden que emitió la JEP. La más reciente tutela fue radicada el 24 de mayo y allí la entidad sostenía que “las medidas o garantías de reincorporación son destinadas a quien tiene la calidad de exintegrante de las Farc, es decir, tienen una connotación personalísima”. Esta entidad del gobierno también aseguró que la JEP estaba actuando “por fuera de sus competencias” al cobijar con medidas cautelares a las familias de los excombatientes porque, según la agencia, dichas medidas eran solo para los comparecientes ante la JEP, o testigos o víctimas del conflicto.
Sobre el tema de los recursos para las familias de los ex-Farc, la Agencia había contestado que esas acciones de protección a los menores de edad son competencia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), entidad que informó que, solo en 2020, atendieron a 371 niños y adolescentes familiares de excombatientes.
(Vea: Confirman que ARN debe entregar renta basica a familias de exfarc asesinados)
Como ya había revelado Colombia+20, la Sección de Ausencia de Reconocimiento de la JEP respondió a la ARN que dicha agencia pretendía “negar sin ningún fundamento el carácter de víctimas de las familias de los reincorporados, generando una profunda discriminación por el solo hecho que las personas asesinadas sean excombatientes, lo cual vulnera claramente la Constitución”. En relación con lo afirmado por la Agencia de Reincorporación de no poder transferir el beneficio de la renta básica de los excombatientes asesinados a sus familiares, la JEP sostuvo que el sustento legal para hacerlo está en el Conpes de la Política Nacional de Reincorporación.
Esta justicia también concluyó que “no se observa que se haya diseñado una política específica orientada a la protección especial de los hijos de excombatientes asesinados” y por eso ordenó al gobierno crear un programa de atención para esos menores de edad que quedaron huérfanos y, en algunos casos, en un limbo económico.
La JEP impartió estas órdenes en noviembre del año pasado en el marco del trámite de medidas cautelares que solicitó el Partido Comunes a esta justicia con el fin de hacerle frente al asesinato de sus integrantes firmantes de paz y de ofrecer algunas garantías a las familias de las víctimas mortales. Cuando se publicó ese fallo habían sido asesinados 292 excombatientes. Según la Misión de Verificación de la ONU, la cifra hoy rodea los 330 casos.