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                                                                                                                                Sin límite de tiempo para registrar casos de violencia sexual en la Unidad de Víctimas

                                                                                                                                A través de un fallo, el tribunal la exige a esta entidad que incluya en el Registro Único de Víctimas a mujeres que sufrieron violencia sexual durante el conflicto armado, sin importar la fecha en que ocurrió el hecho ni el momento de la declaración.

                                                                                                                                Carolina Ávila Cortés / @lacaroa08

                                                                                                                                Según la Casa de la Mujer, el 73 % de las mujeres de 407 municipios consideran que la presencia de los grupos armados es un obstáculo para denunciar violencia sexual. / Mauricio Alvarado - El Espectador
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                La Corte Constitucional tomó esta decisión a partir del caso de una mujer que presentó una acción de tutela porque la Unidad le negó la inclusión en el RUV por declarar “de manera extemporánea”.

                                                                                                                                Según la Ley 1448, o Ley de Víctimas, que se expidió en 2011, para que una persona sea incluida en el RUV y tenga derecho a la reparación integral tiene cuatro años desde la fecha en la que se promulgó esta ley para presentar su declaración, si el hecho del cual fue víctima ocurrió antes de esta fecha. Si ocurrió después de 2011, tiene un plazo de dos años para presentar su declaración, contados a partir del momento en el que ocurrió la victimización.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                La inscripción en el RUV constituye un derecho fundamental de las víctimas porque les otorga la posibilidad de afiliarse al régimen de salud subsidiado, recibir ayuda humanitaria e indemnización, acceder a programas de empleo y, en el caso de mujeres que sufrieron violencia sexual, recibir atención en salud diferenciada para superar las afectaciones físicas y psicológicas por ocasión del abuso sexual.

                                                                                                                                El origen de la decisión de la Corte

                                                                                                                                Carmen* es víctima del conflicto armado en Colombia porque le tocó huir de manera forzosa de su pueblo en enero de 2005. Así está reconocida por la Unidad de Víctimas. Sin embargo, un año antes sufrió abuso sexual por parte de un grupo de paramilitares de las Autodefensas Campesinas del Magdalena Medio.

                                                                                                                                Aseguró que la Agencia Presidencial para la Acción Social, que ese entonces cumplía las labores de la Unidad de Víctimas, supo de este hecho, aunque todo quedó ahí. El 15 de octubre de 2015, 11 años después, decidió denunciar violencia sexual ante la Personería del municipio donde vivía.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Tras la revisión de la tutela, la Corte Constitucional falló a favor de Carmen. En la sentencia reconoce que la Unidad de Víctimas “desconoció sus derechos fundamentales como víctima y generó con la decisión una revictimización”. Por eso le ordenó a esta entidad incluir a Carmen en el RUV y darle acceso a los programas de atención para víctimas del conflicto armado.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Además, la Corte sostiene que persisten en el país los obstáculos que impiden a las mujeres víctimas de violencia sexual declarar o denunciar ante las autoridades competentes estos hechos, como el temor de nuevas agresiones, el desconocimiento de los mecanismos de denuncia, la estigmatización o la desconfianza de las mujeres en las entidades.

                                                                                                                                 

                                                                                                                                 

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                * El nombre fue cambiado por petición de la mujer víctima.

                                                                                                                                Según la Casa de la Mujer, el 73 % de las mujeres de 407 municipios consideran que la presencia de los grupos armados es un obstáculo para denunciar violencia sexual. / Mauricio Alvarado - El Espectador
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                La Corte Constitucional tomó esta decisión a partir del caso de una mujer que presentó una acción de tutela porque la Unidad le negó la inclusión en el RUV por declarar “de manera extemporánea”.

                                                                                                                                Según la Ley 1448, o Ley de Víctimas, que se expidió en 2011, para que una persona sea incluida en el RUV y tenga derecho a la reparación integral tiene cuatro años desde la fecha en la que se promulgó esta ley para presentar su declaración, si el hecho del cual fue víctima ocurrió antes de esta fecha. Si ocurrió después de 2011, tiene un plazo de dos años para presentar su declaración, contados a partir del momento en el que ocurrió la victimización.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                La inscripción en el RUV constituye un derecho fundamental de las víctimas porque les otorga la posibilidad de afiliarse al régimen de salud subsidiado, recibir ayuda humanitaria e indemnización, acceder a programas de empleo y, en el caso de mujeres que sufrieron violencia sexual, recibir atención en salud diferenciada para superar las afectaciones físicas y psicológicas por ocasión del abuso sexual.

                                                                                                                                El origen de la decisión de la Corte

                                                                                                                                Carmen* es víctima del conflicto armado en Colombia porque le tocó huir de manera forzosa de su pueblo en enero de 2005. Así está reconocida por la Unidad de Víctimas. Sin embargo, un año antes sufrió abuso sexual por parte de un grupo de paramilitares de las Autodefensas Campesinas del Magdalena Medio.

                                                                                                                                Aseguró que la Agencia Presidencial para la Acción Social, que ese entonces cumplía las labores de la Unidad de Víctimas, supo de este hecho, aunque todo quedó ahí. El 15 de octubre de 2015, 11 años después, decidió denunciar violencia sexual ante la Personería del municipio donde vivía.

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Tras la revisión de la tutela, la Corte Constitucional falló a favor de Carmen. En la sentencia reconoce que la Unidad de Víctimas “desconoció sus derechos fundamentales como víctima y generó con la decisión una revictimización”. Por eso le ordenó a esta entidad incluir a Carmen en el RUV y darle acceso a los programas de atención para víctimas del conflicto armado.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Además, la Corte sostiene que persisten en el país los obstáculos que impiden a las mujeres víctimas de violencia sexual declarar o denunciar ante las autoridades competentes estos hechos, como el temor de nuevas agresiones, el desconocimiento de los mecanismos de denuncia, la estigmatización o la desconfianza de las mujeres en las entidades.

                                                                                                                                 

                                                                                                                                 

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                * El nombre fue cambiado por petición de la mujer víctima.

                                                                                                                                Por Carolina Ávila Cortés / @lacaroa08

                                                                                                                                Ver todas las noticias
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