Caso UP en la JEP va a paso tortuga, dejan ver informes de la Procuraduría
A pesar de las críticas oficialistas hacia la JEP, el Estado colombiano destacó ante la Corte Interamericana que en dicha justicia especial hay un caso priorizado por el exterminio de los militantes de la Unión Patriótica, pero dos informes internos de la Procuraduría detallan la lentitud del expediente.
En la esperada audiencia pública ante la Corte Interamericana de Derechos humanos (Corte IDH) por el exterminio político de los militantes y simpatizantes de la Unión Patriótica (UP), que se realizó la semana pasada, el Estado le solicitó al organismo internacional que permita a las autoridades internas de justicia (justicia ordinaria, Justicia y Paz y la Jurisdicción Especial para la Paz -JEP-) continuar a cargo del esclarecimiento de las múltiples violaciones de derechos humanos que se perpetraron contra la colectividad. Que sean las autoridades nacionales, con énfasis en la JEP, las que definan si se trató o no de un exterminio y esclarezca responsabilidades. La postura, defendida por la Agencia Jurídica del Estado, fue seriamente cuestionada por las víctimas.
La insistente petición estatal en la diligencia, en la que se reconocieron graves fallas en las investigaciones, busca evitar una condena internacional que afirme que ha existido una obstrucción deliberada de la justicia y que dé pautas sobre el curso de las pesquisas internas. En pocas palabras, el Estado está en desacuerdo con la postura de los familiares de las víctimas y de la propia Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para que se investiguen, juzguen y sancionen todos los hechos y a todos los responsables de crímenes que abordan más de veinte años y quince regiones geográficas, así como múltiples autores. En cambio, abogó por dejar funcionar a la JEP sin condicionamiento alguno.
Según la Agencia Jurídica del Estado, en vocería de la reconocida abogada Juana Acosta, esa postura “hace inviable el modelo de justicia transicional colombiano, fruto de unas históricas negociaciones de paz”, modelo que prioriza casos y busca develar patrones de macrocriminalidad, que busca garantizar los derechos a la verdad también con vías extrajudiciales. Con la exposición de peritos, el Estado enfatizó en la existencia de dos casos priorizados en la JEP: el 006, sobre victimización a integrantes de la UP; y el 004, sobre hechos en la región del Urabá que abarca algunos crímenes relacionados con el exterminio de la UP. Casos que, debe advertirse, en la JEP se encuentran apenas en la fase inicial, mientras las víctimas llevan más de tres décadas buscando justicia. (Lea también: El Estado le pide a la Corte IDH que el caso UP se limite a 219 víctimas)
Acosta se opuso a la pretensión de calificar este caso como un genocidio, insistiendo que desde 1997 la CIDH excluyó esa posibilidad al estimar que los hechos no se ajustan a la definición internacional de ese delito, y aseguró que “la apertura de estos casos (en la JEP) es una clara muestra de la voluntad del Estado”. Incluso, Camilo Gómez, director de la Agencia, solicitó que se “reconozcan y valoren adecuadamente los mecanismos de justicia transicional que se están desarrollando en Colombia. Nos encontramos ante una oportunidad única para esclarecer los hechos, determinar responsabilidades y reparar a las víctimas a través de los mecanismos pactados en el proceso de paz. El Estado le pide a la Corte IDH permitir que los mecanismos avancen con plena independencia”.
Gómez, reconocido político conservador, designado en la Agencia Jurídica por el presidente Iván Duque —quien ha hecho duros cuestionamientos a la JEP—, abogó por dejar que la JEP siga su camino y lideró una defensa que reconoce solo a 219 víctimas. Los representantes de víctimas han expuesto un escenario de por lo menos 6.000, entre 1984 y 2002, consecuencia de más de 9.000 crímenes como asesinatos, desapariciones y secuestros. Sonia Pinzón, de la Corporación Reiniciar, cuestionó que el Estado trate de evitar una condena asegurando que existen mecanismos internos suficientes para esclarecer el exterminio, cuando la impunidad lleva reinando más de treinta años y la JEP, en su criterio, aunque tiene buena voluntad, es por ahora solo una expectativa.
Entre otras, porque la JEP solo puede investigar a agentes del Estado y miembros de la fuerza pública, ya que los terceros que hayan podido participar no pueden ser obligados a comparecer en esta justicia especial. Así, explicó Pinzón, la justicia especial estaría limitada para hacer la identificación de todas las estructuras criminales que estuvieron detrás de este caso, que para las víctimas fue, sin duda, un exterminio. Lo que hay en materia de justicia interna es ínfimo, dijo. El mismo Estado expuso sus cifras en la audiencia. Se investigan en la justicia ordinaria hechos victimizantes relacionados con 1.607 simpatizantes y militantes y hay 41 pesquisas abiertas que involucran a 231 agentes estatales y 55 condenas.
En Justicia y Paz hay 979 casos abiertos y 19 sentencias que reconocen a 77 víctimas. Y en la JEP apenas se abrieron los casos. “Ni la justicia ordinaria ni los mecanismos de justicia transicional en Colombia han sido capaces de esclarecer el genocidio de la UP, ni individualizar y sancionar a los responsables. Este caso no pone a esta Corte en el dilema de evaluar si mecanismos como la priorización de los máximos responsables es tolerable a la luz de la Convención (Americana de Derechos Humanos). Este es un caso de impunidad prácticamente total”, dijo Jael Quiroga, vocera de la Corporación Reiniciar, quien celebró la existencia de la JEP, destacó que hasta la fecha no ha tomado una decisión de fondo y que en el futuro es posible que sea insuficiente para saldar la deuda estatal con la UP. (Le puede interesar: Colombia admite responsabilidad solo sobre 219 víctimas del exterminio de la UP)
“Los argumentos del Estado colombiano han sido que los casos 004 y 006 de la JEP implican el cumplimiento de sus obligaciones internacionales de acceso a la justicia respecto de las víctimas de este caso”, dijo a este diario Luis Felipe Viveros, codirector del Centro Jurídico de Derechos Humanos, quien representa a un grupo de víctimas ante la Corte IDH. Cuestionó que el Estado no haya aportado al organismo internacional copia de dichos expedientes, así como que haya afirmado que las víctimas sí pueden acceder al mismo: no han podido. “Los casos de la JEP se circunscriben a un memorial de apenas doce páginas y por eso la Corte IDH no podrá conocerlo directamente. En este caso hay más de 6.000 víctimas y en la JEP hay apenas más de cien reconocidas”.
Alertas de la Procuraduría
El Espectador tiene en su poder dos informes elaborados por el equipo de trabajo de la Procuraduría Primera Delegada con Funciones de Intervención ante la Jurisdicción Especial para la Paz, fechados el 25 de enero y el 3 de febrero de 2021, que detallan la situación actual del caso 006, que abrió dicha justicia especial en febrero de 2019, sobre la victimización de miembros de la Unión Patriótica (UP). Los documentos exponen que, hasta el momento, solo se han expedido once autos en el que se reconocen en total a 108 víctimas individuales, de las cuales 64 son mujeres y 44 hombres y 25 son víctimas directas y 83 indirectas, así como un sujeto colectivo de derechos. Una cifra bastante lejana de las más de 6.000 víctimas referenciadas ante el sistema interamericano.
El caso 006 se abrió el 26 de febrero de 2019 con base, precisamente, en el informe de fondo que presentó la CIDH en diciembre de 2017, el cual el Estado colombiano criticó y por cuyo contenido decidió irse a juicio ante la Corte IDH. En ese reporte, por demás, la CIDH señaló que el Estado debía “crear un mecanismo para (la) identificación y consecuente reparación” de las víctimas de la UP, lo cual no ocurrió. Otros fundamentos del caso 006 son el informe presentado por la Fiscalía que habla de un universo de 1.620 víctimas registradas; el de la Corporación Reiniciar, que ha liderado el proceso de salvaguarda de derechos y memoria del partido UP y sus militantes, que reconoce 6.613 víctimas; así como un reporte del Centro Nacional de Memoria Histórica que reconoce 6.201 víctimas.
La Procuraduría señaló que, desde la apertura del caso 006, ha tenido que elaborar 23 derechos de petición y memoriales de impulso del caso, en lo que respecta a petición de pruebas y precisiones sobre el proceso de acreditación de las víctimas, asunto que será crucial para el futuro del caso, pues es objeto de controversia internacional por las dificultades históricas que se han presentado para poder identificar debidamente a cada una de ellas. “Ante las múltiples contingencias generadas por el hecho público de la calamidad mundial, precisa señalarse que este, uno de los principales asuntos de la Jurisdicción Especial para la Paz, también se vio afectado al punto que su avance ha sido lento”, dijo la Procuraduría. (Le puede interesar: ¿Por qué no es creíble que Barco ordenara el exterminio de la UP?)
Los documentos registran, a su vez, un listado de las personas que han sido llamadas a dar versión sobre este caso, entre quienes se encuentran 16 exagentes del Ejército y del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), cuyos nombres no se conocían por el público en su totalidad y que se suman al llamado de Miguel Maza Márquez, exdirector del DAS. Luego de él, en jerarquía le siguen el general en retiro Rito Alejo del Río y el coronel (r) Jorge Eliécer Plazas Acevedo, quienes también fueron citados en el caso 004 sobre la región de Urabá y tienen sendos procesos penales por presuntos nexos con paramilitares, entre otros. Del Río está libre gracias a los mecanismos de la JEP y Plazas Acevedo está procesado, entre otros, por el asesinato del periodista Jaime Garzón.
Les sigue el general en retiro Iván Ramírez Quintero, exjefe del Comando de Inteligencia y Contrainteligencia (COICI) del Ejército en 1985, quien se sometió a la JEP por otro caso: el del holocausto del Palacio de Justicia. En 2011 fue absuelto por la desaparición forzada de once personas, en su mayoría trabajadores de la cafetería del Palacio, pero, aun así, y sin que su fallo esté en firme —falta la segunda instancia— acudió a la justicia especial. En esa misma citación fueron convocados altos directivos del DAS de los años 80 y 90, como José Mansilla García, Emiro Rojas y Manuel Antonio González Henríquez. Del DAS fueron citados, además, John Alirio Rodríguez Parra, Jaime Alexánder Romero Vargas, Giovanny Calderón Salazar, Martín Sierra D’Alemán y Carlos Alfonso Corredor Martínez.
En la lista resaltan los nombres de dos personas que no se sabía fueron llamadas a rendir versión para el caso UP: los exmilitares Héctor Cabrera Peña y Bernardo Garzón, ambos ligados al capítulo de desapariciones de civiles en los años 80. El primero fue condenado en la justicia ordinaria por la desaparición de Amparo Tordecillas, ocurrida el 25 de abril de 1989 en Bogotá. Y el segundo, sargento retirado del Ejército, es considerado testigo clave del holocausto del Palacio de Justicia y está ligado a otras desapariciones que podrían haber cometido la Brigada XX de Inteligencia y el Batallón Charry Solano. Mientras que el Estado celebra la puesta en marcha de la JEP para esclarecer el caso UP, El Espectador conoció que la primera audiencia fijada de este listado tuvo que ser suspendida por presunta falta de garantías. (Noticia relacionada: ‘Barco y yo nos equivocamos al confiar en Maza Márquez’: César Gaviria sobre exterminio de la UP)
En la esperada audiencia pública ante la Corte Interamericana de Derechos humanos (Corte IDH) por el exterminio político de los militantes y simpatizantes de la Unión Patriótica (UP), que se realizó la semana pasada, el Estado le solicitó al organismo internacional que permita a las autoridades internas de justicia (justicia ordinaria, Justicia y Paz y la Jurisdicción Especial para la Paz -JEP-) continuar a cargo del esclarecimiento de las múltiples violaciones de derechos humanos que se perpetraron contra la colectividad. Que sean las autoridades nacionales, con énfasis en la JEP, las que definan si se trató o no de un exterminio y esclarezca responsabilidades. La postura, defendida por la Agencia Jurídica del Estado, fue seriamente cuestionada por las víctimas.
La insistente petición estatal en la diligencia, en la que se reconocieron graves fallas en las investigaciones, busca evitar una condena internacional que afirme que ha existido una obstrucción deliberada de la justicia y que dé pautas sobre el curso de las pesquisas internas. En pocas palabras, el Estado está en desacuerdo con la postura de los familiares de las víctimas y de la propia Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para que se investiguen, juzguen y sancionen todos los hechos y a todos los responsables de crímenes que abordan más de veinte años y quince regiones geográficas, así como múltiples autores. En cambio, abogó por dejar funcionar a la JEP sin condicionamiento alguno.
Según la Agencia Jurídica del Estado, en vocería de la reconocida abogada Juana Acosta, esa postura “hace inviable el modelo de justicia transicional colombiano, fruto de unas históricas negociaciones de paz”, modelo que prioriza casos y busca develar patrones de macrocriminalidad, que busca garantizar los derechos a la verdad también con vías extrajudiciales. Con la exposición de peritos, el Estado enfatizó en la existencia de dos casos priorizados en la JEP: el 006, sobre victimización a integrantes de la UP; y el 004, sobre hechos en la región del Urabá que abarca algunos crímenes relacionados con el exterminio de la UP. Casos que, debe advertirse, en la JEP se encuentran apenas en la fase inicial, mientras las víctimas llevan más de tres décadas buscando justicia. (Lea también: El Estado le pide a la Corte IDH que el caso UP se limite a 219 víctimas)
Acosta se opuso a la pretensión de calificar este caso como un genocidio, insistiendo que desde 1997 la CIDH excluyó esa posibilidad al estimar que los hechos no se ajustan a la definición internacional de ese delito, y aseguró que “la apertura de estos casos (en la JEP) es una clara muestra de la voluntad del Estado”. Incluso, Camilo Gómez, director de la Agencia, solicitó que se “reconozcan y valoren adecuadamente los mecanismos de justicia transicional que se están desarrollando en Colombia. Nos encontramos ante una oportunidad única para esclarecer los hechos, determinar responsabilidades y reparar a las víctimas a través de los mecanismos pactados en el proceso de paz. El Estado le pide a la Corte IDH permitir que los mecanismos avancen con plena independencia”.
Gómez, reconocido político conservador, designado en la Agencia Jurídica por el presidente Iván Duque —quien ha hecho duros cuestionamientos a la JEP—, abogó por dejar que la JEP siga su camino y lideró una defensa que reconoce solo a 219 víctimas. Los representantes de víctimas han expuesto un escenario de por lo menos 6.000, entre 1984 y 2002, consecuencia de más de 9.000 crímenes como asesinatos, desapariciones y secuestros. Sonia Pinzón, de la Corporación Reiniciar, cuestionó que el Estado trate de evitar una condena asegurando que existen mecanismos internos suficientes para esclarecer el exterminio, cuando la impunidad lleva reinando más de treinta años y la JEP, en su criterio, aunque tiene buena voluntad, es por ahora solo una expectativa.
Entre otras, porque la JEP solo puede investigar a agentes del Estado y miembros de la fuerza pública, ya que los terceros que hayan podido participar no pueden ser obligados a comparecer en esta justicia especial. Así, explicó Pinzón, la justicia especial estaría limitada para hacer la identificación de todas las estructuras criminales que estuvieron detrás de este caso, que para las víctimas fue, sin duda, un exterminio. Lo que hay en materia de justicia interna es ínfimo, dijo. El mismo Estado expuso sus cifras en la audiencia. Se investigan en la justicia ordinaria hechos victimizantes relacionados con 1.607 simpatizantes y militantes y hay 41 pesquisas abiertas que involucran a 231 agentes estatales y 55 condenas.
En Justicia y Paz hay 979 casos abiertos y 19 sentencias que reconocen a 77 víctimas. Y en la JEP apenas se abrieron los casos. “Ni la justicia ordinaria ni los mecanismos de justicia transicional en Colombia han sido capaces de esclarecer el genocidio de la UP, ni individualizar y sancionar a los responsables. Este caso no pone a esta Corte en el dilema de evaluar si mecanismos como la priorización de los máximos responsables es tolerable a la luz de la Convención (Americana de Derechos Humanos). Este es un caso de impunidad prácticamente total”, dijo Jael Quiroga, vocera de la Corporación Reiniciar, quien celebró la existencia de la JEP, destacó que hasta la fecha no ha tomado una decisión de fondo y que en el futuro es posible que sea insuficiente para saldar la deuda estatal con la UP. (Le puede interesar: Colombia admite responsabilidad solo sobre 219 víctimas del exterminio de la UP)
“Los argumentos del Estado colombiano han sido que los casos 004 y 006 de la JEP implican el cumplimiento de sus obligaciones internacionales de acceso a la justicia respecto de las víctimas de este caso”, dijo a este diario Luis Felipe Viveros, codirector del Centro Jurídico de Derechos Humanos, quien representa a un grupo de víctimas ante la Corte IDH. Cuestionó que el Estado no haya aportado al organismo internacional copia de dichos expedientes, así como que haya afirmado que las víctimas sí pueden acceder al mismo: no han podido. “Los casos de la JEP se circunscriben a un memorial de apenas doce páginas y por eso la Corte IDH no podrá conocerlo directamente. En este caso hay más de 6.000 víctimas y en la JEP hay apenas más de cien reconocidas”.
Alertas de la Procuraduría
El Espectador tiene en su poder dos informes elaborados por el equipo de trabajo de la Procuraduría Primera Delegada con Funciones de Intervención ante la Jurisdicción Especial para la Paz, fechados el 25 de enero y el 3 de febrero de 2021, que detallan la situación actual del caso 006, que abrió dicha justicia especial en febrero de 2019, sobre la victimización de miembros de la Unión Patriótica (UP). Los documentos exponen que, hasta el momento, solo se han expedido once autos en el que se reconocen en total a 108 víctimas individuales, de las cuales 64 son mujeres y 44 hombres y 25 son víctimas directas y 83 indirectas, así como un sujeto colectivo de derechos. Una cifra bastante lejana de las más de 6.000 víctimas referenciadas ante el sistema interamericano.
El caso 006 se abrió el 26 de febrero de 2019 con base, precisamente, en el informe de fondo que presentó la CIDH en diciembre de 2017, el cual el Estado colombiano criticó y por cuyo contenido decidió irse a juicio ante la Corte IDH. En ese reporte, por demás, la CIDH señaló que el Estado debía “crear un mecanismo para (la) identificación y consecuente reparación” de las víctimas de la UP, lo cual no ocurrió. Otros fundamentos del caso 006 son el informe presentado por la Fiscalía que habla de un universo de 1.620 víctimas registradas; el de la Corporación Reiniciar, que ha liderado el proceso de salvaguarda de derechos y memoria del partido UP y sus militantes, que reconoce 6.613 víctimas; así como un reporte del Centro Nacional de Memoria Histórica que reconoce 6.201 víctimas.
La Procuraduría señaló que, desde la apertura del caso 006, ha tenido que elaborar 23 derechos de petición y memoriales de impulso del caso, en lo que respecta a petición de pruebas y precisiones sobre el proceso de acreditación de las víctimas, asunto que será crucial para el futuro del caso, pues es objeto de controversia internacional por las dificultades históricas que se han presentado para poder identificar debidamente a cada una de ellas. “Ante las múltiples contingencias generadas por el hecho público de la calamidad mundial, precisa señalarse que este, uno de los principales asuntos de la Jurisdicción Especial para la Paz, también se vio afectado al punto que su avance ha sido lento”, dijo la Procuraduría. (Le puede interesar: ¿Por qué no es creíble que Barco ordenara el exterminio de la UP?)
Los documentos registran, a su vez, un listado de las personas que han sido llamadas a dar versión sobre este caso, entre quienes se encuentran 16 exagentes del Ejército y del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), cuyos nombres no se conocían por el público en su totalidad y que se suman al llamado de Miguel Maza Márquez, exdirector del DAS. Luego de él, en jerarquía le siguen el general en retiro Rito Alejo del Río y el coronel (r) Jorge Eliécer Plazas Acevedo, quienes también fueron citados en el caso 004 sobre la región de Urabá y tienen sendos procesos penales por presuntos nexos con paramilitares, entre otros. Del Río está libre gracias a los mecanismos de la JEP y Plazas Acevedo está procesado, entre otros, por el asesinato del periodista Jaime Garzón.
Les sigue el general en retiro Iván Ramírez Quintero, exjefe del Comando de Inteligencia y Contrainteligencia (COICI) del Ejército en 1985, quien se sometió a la JEP por otro caso: el del holocausto del Palacio de Justicia. En 2011 fue absuelto por la desaparición forzada de once personas, en su mayoría trabajadores de la cafetería del Palacio, pero, aun así, y sin que su fallo esté en firme —falta la segunda instancia— acudió a la justicia especial. En esa misma citación fueron convocados altos directivos del DAS de los años 80 y 90, como José Mansilla García, Emiro Rojas y Manuel Antonio González Henríquez. Del DAS fueron citados, además, John Alirio Rodríguez Parra, Jaime Alexánder Romero Vargas, Giovanny Calderón Salazar, Martín Sierra D’Alemán y Carlos Alfonso Corredor Martínez.
En la lista resaltan los nombres de dos personas que no se sabía fueron llamadas a rendir versión para el caso UP: los exmilitares Héctor Cabrera Peña y Bernardo Garzón, ambos ligados al capítulo de desapariciones de civiles en los años 80. El primero fue condenado en la justicia ordinaria por la desaparición de Amparo Tordecillas, ocurrida el 25 de abril de 1989 en Bogotá. Y el segundo, sargento retirado del Ejército, es considerado testigo clave del holocausto del Palacio de Justicia y está ligado a otras desapariciones que podrían haber cometido la Brigada XX de Inteligencia y el Batallón Charry Solano. Mientras que el Estado celebra la puesta en marcha de la JEP para esclarecer el caso UP, El Espectador conoció que la primera audiencia fijada de este listado tuvo que ser suspendida por presunta falta de garantías. (Noticia relacionada: ‘Barco y yo nos equivocamos al confiar en Maza Márquez’: César Gaviria sobre exterminio de la UP)