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                                                                                                                                Gobierno entutela a la JEP para no pagar renta básica a hijos de ex-Farc asesinados

                                                                                                                                La tutela fue interpuesta por la Agencia para la Reincorporación y la Normalización contra esa justicia por dos decisiones que le ordenaron garantizar esos pagos. Argumenta que hacerlo desconoce la ley. JEP responde que la orden puede cumplirse si esa agencia tuviera la voluntad.

                                                                                                                                Sebastián Forero Rueda

                                                                                                                                Periodista político
                                                                                                                                Según la Misión de la ONU, hay 58 personas condenadas por ataques a excombatientes de las Farc.
                                                                                                                                Foto: José Roberto Carrasco
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                “El hecho de que el proceso de reincorporación tenga un carácter integral e involucre a las familias de los exintegrantes de ese extinto grupo guerrillero no significa que estas tengan derecho a gozar de los beneficios económicos en ausencia de los exintegrantes de las Farc-Ep desmovilizados, sino que los hace partícipes y destinatarios de medidas y asistencias de contenido social”, se lee en el documento interpuesto por la ARN y conocido por Colombia+20.

                                                                                                                                El argumento central de la Agencia para oponerse a esa orden de la JEP es que los beneficios económicos de la reincorporación son exclusivamente para los exmiembros de las Farc que hayan dejado las armas y estén acreditados por la Oficina del Alto Comisionado para la Paz (OACP). Por eso, dice la tutela, la ARN no puede entregar el beneficio a quien no cumpla esos requisitos, como los hijos o familiares de los firmantes. Según el documento, la JEP “desconoció el sentido y alcance de las reglas que establecen los beneficios sociales y económicos del proceso de reincorporación”. Y agrega: “Por vía de interpretación se está creando una transmisión de beneficios por causa de muerte, que no existe en norma alguna”.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                La tutela, que está en manos de los magistrados de la Sección de Revisión, insiste en que “la problemática radica fundamentalmente en la ausencia de una autorización legal para que la ARN pueda otorgar un apoyo o beneficio económico a quienes no cumplen con los requisitos previamente establecidos en el marco legal vigente”.

                                                                                                                                La orden de pagarles la renta básica a los hijos de los firmantes asesinados se la dio la JEP a la ARN en un auto de noviembre de 2021, en el que también le ordenó garantizar el pago del seguro de vida por la muerte de los excombatientes a sus beneficiarios y asumir el pago de los gastos funerarios de los firmantes asesinados. La decisión se produjo en medio del trámite de medidas cautelares que lleva esa justicia con los excombatientes de las Farc. La ARN apeló ese falló, pero la Sección de Apelación lo dejó en firme en febrero pasado.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Por ejemplo, el 24 de febrero pasado, hombres armados irrumpieron en una reunión de los miembros de una cooperativa de excombatientes en Puerto Guzmán (Putumayo) y asesinaron a tiros a su presidente, Jorge Santofimio. Su hijo de 13 años, que estaba con él en el momento del ataque, resultó herido. La vida de ese menor es una de las que quiere proteger la justicia transicional y para lo cual podría servir la renta básica que recibió su padre hasta el día en el que lo asesinaron.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Vea también: El 37% del Acuerdo de Paz tiene avances mínimos, dice informe del Instituto Kroc.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Llama la atención que otro de los argumentos de la Agencia contra la JEP es que no probó que en efecto todas las familias de los excombatientes asesinados estén desprotegidas, porque, según la entidad, podría no ser así. “Si bien esta situación (de desprotección) puede tener lugar, bien puede ocurrir también lo contrario, que las y los menores de edad y parejas supérstites tengan redes familiares y de apoyo sólidas que les permitan afrontar las consecuencias de la ausencia del pariente”.

                                                                                                                                La respuesta de la JEP

                                                                                                                                Colombia+20 conoció el oficio de respuesta que la Sección de Ausencia de Reconocimiento, que impartió las órdenes en noviembre, remitió a la Sección de Revisión. “La ARN pretende negar sin ningún fundamento el carácter de víctimas de las familias de los reincorporados, generando una profunda discriminación por el solo hecho que las personas asesinadas sean excombatientes, lo cual vulnera claramente la Constitución”.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                En la dura respuesta, la JEP sostiene que en realidad se trata de falta de voluntad de la ARN para proteger a las familias de los firmantes. “La posibilidad del pago transitorio de la renta básica a los hijos de los excombatientes asesinados tiene un fundamento legal y presupuestal, en virtud del cual podría cumplirse sin ningún inconveniente si la ARN tuviera la verdadera voluntad de proteger a las familias de estas personas y no dejarlas desprotegidas”.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Finalmente, la JEP sostiene que lo que está haciendo la ARN con esta tutela es crear una tercera instancia no autorizada por la ley, pues ya en el auto que resolvió su apelación se le dio respuesta, solo que la Agencia está inconforme con los argumentos.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Según la Misión de la ONU, hay 58 personas condenadas por ataques a excombatientes de las Farc.
                                                                                                                                Foto: José Roberto Carrasco
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                “El hecho de que el proceso de reincorporación tenga un carácter integral e involucre a las familias de los exintegrantes de ese extinto grupo guerrillero no significa que estas tengan derecho a gozar de los beneficios económicos en ausencia de los exintegrantes de las Farc-Ep desmovilizados, sino que los hace partícipes y destinatarios de medidas y asistencias de contenido social”, se lee en el documento interpuesto por la ARN y conocido por Colombia+20.

                                                                                                                                El argumento central de la Agencia para oponerse a esa orden de la JEP es que los beneficios económicos de la reincorporación son exclusivamente para los exmiembros de las Farc que hayan dejado las armas y estén acreditados por la Oficina del Alto Comisionado para la Paz (OACP). Por eso, dice la tutela, la ARN no puede entregar el beneficio a quien no cumpla esos requisitos, como los hijos o familiares de los firmantes. Según el documento, la JEP “desconoció el sentido y alcance de las reglas que establecen los beneficios sociales y económicos del proceso de reincorporación”. Y agrega: “Por vía de interpretación se está creando una transmisión de beneficios por causa de muerte, que no existe en norma alguna”.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                La tutela, que está en manos de los magistrados de la Sección de Revisión, insiste en que “la problemática radica fundamentalmente en la ausencia de una autorización legal para que la ARN pueda otorgar un apoyo o beneficio económico a quienes no cumplen con los requisitos previamente establecidos en el marco legal vigente”.

                                                                                                                                La orden de pagarles la renta básica a los hijos de los firmantes asesinados se la dio la JEP a la ARN en un auto de noviembre de 2021, en el que también le ordenó garantizar el pago del seguro de vida por la muerte de los excombatientes a sus beneficiarios y asumir el pago de los gastos funerarios de los firmantes asesinados. La decisión se produjo en medio del trámite de medidas cautelares que lleva esa justicia con los excombatientes de las Farc. La ARN apeló ese falló, pero la Sección de Apelación lo dejó en firme en febrero pasado.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Por ejemplo, el 24 de febrero pasado, hombres armados irrumpieron en una reunión de los miembros de una cooperativa de excombatientes en Puerto Guzmán (Putumayo) y asesinaron a tiros a su presidente, Jorge Santofimio. Su hijo de 13 años, que estaba con él en el momento del ataque, resultó herido. La vida de ese menor es una de las que quiere proteger la justicia transicional y para lo cual podría servir la renta básica que recibió su padre hasta el día en el que lo asesinaron.

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Vea también: El 37% del Acuerdo de Paz tiene avances mínimos, dice informe del Instituto Kroc.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                La respuesta de la JEP

                                                                                                                                Colombia+20 conoció el oficio de respuesta que la Sección de Ausencia de Reconocimiento, que impartió las órdenes en noviembre, remitió a la Sección de Revisión. “La ARN pretende negar sin ningún fundamento el carácter de víctimas de las familias de los reincorporados, generando una profunda discriminación por el solo hecho que las personas asesinadas sean excombatientes, lo cual vulnera claramente la Constitución”.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                En relación con lo afirmado por la agencia de no poder transferir el beneficio de la renta básica de los excombatientes asesinados a sus familiares, la JEP sostiene que el sustento legal para hacerlo está en el Conpes de la Política Nacional de Reincorporación. Allí, de forma explícita, se establece que el objetivo de dicha política es “garantizar una reincorporación integral de exintegrantes de las Farc y sus familias a la vida civil”. Específicamente, una de sus acciones está dirigida a “la generación de condiciones para el acceso a mecanismos y recursos necesarios para la estabilización y proyección económica de exintegrantes de las Farc y sus familias, de acuerdo con sus intereses, necesidades y potencialidades”.

                                                                                                                                En la dura respuesta, la JEP sostiene que en realidad se trata de falta de voluntad de la ARN para proteger a las familias de los firmantes. “La posibilidad del pago transitorio de la renta básica a los hijos de los excombatientes asesinados tiene un fundamento legal y presupuestal, en virtud del cual podría cumplirse sin ningún inconveniente si la ARN tuviera la verdadera voluntad de proteger a las familias de estas personas y no dejarlas desprotegidas”.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Lea: Excombatiente y firmante del Acuerdo de Paz, fue asesinado en el sur de Bogotá.

                                                                                                                                Finalmente, la JEP sostiene que lo que está haciendo la ARN con esta tutela es crear una tercera instancia no autorizada por la ley, pues ya en el auto que resolvió su apelación se le dio respuesta, solo que la Agencia está inconforme con los argumentos.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Mientras que para la agencia la situación de seguridad de los firmantes de la paz y sus familias ha venido mejorando y no se hace urgente la protección a sus familias, otra es la visión que tiene la Misión de Verificación de Naciones Unidas en su más reciente informe trimestral. “Los hijos y las hijas de excombatientes siguen enfrentando importantes obstáculos para acceder a necesidades y cuidados básicos dentro y fuera de los antiguos espacios territoriales de capacitación y reincorporación, como educación, nutrición y guarderías. En enero, un joven de 17 años y su familia se vieron obligados a reubicarse en Antioquia debido a amenazas de reclutamiento, lo cual pone de manifiesto la necesidad de adoptar medidas especiales para los niños afectados por riesgos para la seguridad y reforzar urgentemente los mecanismos de prevención en las zonas afectadas por el conflicto.”

                                                                                                                                Por Sebastián Forero Rueda

                                                                                                                                Periodista y politólogo de la Universidad Javeriana, con experiencia en cubrimiento de temas de paz, conflicto armado, derechos humanos y economía de la coca.@SebastianForerrsforero@elespectador.com
                                                                                                                                Ver todas las noticias
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